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300 ATENTADOS DE ETA SIN JUZGAR

Cerca de 300 asesinatos de ETA no habrían sido juzgados aun desde el año 1978, según un estudio realizado a instancias de la Fundación Víctimas del Terrorismo (FVT) que se basa en informaciones aportadas por las propias víctimas, en documentación no oficial y se centra en informaciones publicadas en los medios de comunicación y recogidas en libros como ‘Vidas Rotas’ (Espasa), editado recientemente.

Este estudio, que se publicará en el próximo número de la revista ‘Fundación’, se ha realizado en el seno de una ‘Comisión de Justicia’ creada en la última reunión de todas las Asociaciones, Colectivos y Fundaciones de Víctimas del Terrorismo, celebrada el pasado 8 de marzo en Madrid.

Según indica la Fundación, uno de los principales motivos por los que se creó la ‘Comisión de Justicia’ de las víctimas del terrorismo fue la falta de sistematización de la información existente en la Audiencia Nacional en torno a la situación procesal de todos y cada uno de los más de 800 asesinatos cometidos por ETA desde su nacimiento.

La información disponible se encuentra dispersa entre los Juzgados de Instrucción, las secciones de la Sala de lo Penal, Fiscalía y el archivo de Alcalá de Henares.

Para la realización del estudio se ha tenido en cuenta la Ley de Amnistía de 1977, que hizo «borrón y cuenta nueva» con los asesinatos cometidos por los terroristas hasta ese año. Por lo tanto, se han omitido los 72 atentados mortales de ETA contabilizados en las estadísticas del Ministerio del Interior desde el año 1968.

La revista recuerda en su reportaje que oficialmente no existen datos, pero añade que desde el año 1978 se ha podido encontrar información que de modo no oficial indica que unos 330 asesinatos de ETA no tienen sentencia, ya que no se ha podido determinar la autoría de los mismos por desconocerse quiénes son o porque no han sido localizados y detenidos por las Fuerzas de Seguridad, lo que ha provocado el archivo de las correspondientes actuaciones judiciales.

El estudio realizado por la citada Comisión de Justicia también realiza una aproximación sobre los casos que han podido prescribir o que están a punto de ello. En este sentido, hay que tener en cuenta que desde el año 1978 -tras la Ley de Amnistía- hasta el año 1990 -fecha límite de la prescripción legal establecida en 20 años- ETA cometió la mayor parte de sus crímenes, un total de 562 muertos, según datos extraídos de las estadísticas del Ministerio del Interior.

Y de esos, más de 500 asesinatos, según lo recogido por el estudio, algo más de 200 asesinatos cometidos en las citadas fechas no tienen sentencia. De ellos, un centenar podrían haber prescrito o estar a punto de prescribir.

Precisamente, con el fin de poder obtener información fehaciente sobre la situación procesal de todos y cada uno de los asesinatos de ETA, la ‘Comisión de Justicia’ creada por la Fundación solicitó un encuentro con el presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, solicitud que fue atendida con prontitud y que permitió la celebración de la reunión a finales del pasado mes de mayo.

Integraban la Comisión de Justicia Maite Pagazaurtundúa, presidenta de la Fundación Víctimas del Terrorismo, Cristina Cuesta, en representación de COVITE y de la Fundación Miguel Ángel Blanco, y Carmen Ladrón de Guevara, la vicepresidenta de la Asociación Dignidad y Justicia.

El presidente de la Audiencia Nacional se mostró totalmente receptivo a la demanda de información que le plantearon las víctimas del terrorismo asistentes a la reunión, celebrada en la propia Audiencia Nacional. Ángel Juanes manifestó su compromiso de poner los medios disponibles a su alcance para comprobar la veracidad de los datos apuntados en el estudio.

No obstante, Juanes matizó que el trabajo de comprobación iba a ser muy complejo, dado que la digitalización de los sumarios es muy reciente y, por tanto, la Audiencia Nacional se iba a encontrar con el problema de tener que rastrear sumario a sumario en formato de papel. Por este motivo, no se fijó plazo alguno para estas comprobaciones.

EL DOGMA DE LAS AUTONOMIAS

 

A pesar del carácter modélico con el que la propaganda oficial ha venido presentando el proceso autonómico español, algunos de sus aspectos no dejan de resultar, cuando menos, sorprendentes. Se ha acometido un intenso proceso de traspaso de competencias del Estado a las Autonomías sin analizar previamente qué servicios pueden prestarse más eficientemente en al ámbito nacional y cuales en el ámbito autonómico. Se han identificado, con frecuencia, los traspasos de competencias con derechos o logros para los habitantes de una región, olvidando que lo que realmente importa a los ciudadanos es la prestación eficaz del servicio, con independencia de cual sea la administración que lo proporcione. La descentralización nunca acaba de cumplir sus objetivos puescuantas más competencias van asumiendo las Autonomías, mayor insatisfacción se genera en éstas y más reivindicaciones de otras nuevas aparecen.

 

Se han presentado los traspasos de competencias como una manera de prestar los servicios de manera más eficiente y barata pero, dado que el gasto de las Autonomías ha crecido por encima de la asunción de funciones, podría sospecharse justamente lo contrario. Se ha argumentado, como justificación de la descentralización, que ésta acerca la administración al ciudadano pero, en contradicción con este argumento, no ha existido una segunda descentralización hacia otros entes menores y, teóricamente, más cercanos al ciudadano, como las diputaciones o los ayuntamientos (descentralización en España, pero centralismo en cada Autonomía). Y se ha identificado frecuentemente la descentralización con una profundización de la democracia y de la libertad de los individuos pero la creciente imposición de regulaciones, control de la vida ciudadana y establecimiento de barreras a la movilidad y a la competencia en muchas Autonomías, son hechos que invitan a poner en duda este planteamiento.

Desde su inicio, los análisis críticos rigurosos del Estado de las Autonomías español han constituido una rara excepción. En su lugar, hemos escuchado durante muchos años un discurso plagado de lugares comunes, frases hechas, declaraciones altisonantes, supuestos agravios regionales o apasionados llamamientos a defender la dignidad mancillada de un territorio. En definitiva, mucha carga ideológica y política, muchos elementos emocionales y frases huecas pero poco debate racional, como si de un dogma cuasi religioso se tratase. Y la controversia acerca del nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña tiene visos de desarrollarse con la misma pobreza argumental. Por ello, se echa en falta un nuevo enfoque que, lejos de tabúes y autocensuras, proponga una visión crítica serena y objetiva, que ponga de manifiesto los elementos que hay detrás de este proceso autonómico, señale sus ventajas e inconvenientes, explique los fallos y aciertos cometidos e inicie el debate sobre el mejor camino que debe seguirse en el futuro.

La descentralización de un país puede aportar ciertas ventajas si se realiza de forma adecuada pero, si el proceso no está bien diseñado, como ocurre en el caso español, esta descentralización puede acarrear muchos más problemas que ventajas, favoreciendo los intereses de ciertos grupos locales a costa del resto de los ciudadanos. En los años en que se establece el Estado de las Autonomías en España, la literatura económica y política era claramente favorable a la descentralización pero los malos resultados en muchos países y la investigación posterior han llevado a un serio replanteamiento: ahora los estudiosos son mucho más críticos y cautos con estos procesos.

Las primeras teorías sobre la descentralización

Los líderes de la independencia los Estados Unidos de América consideraron que el esquema de un país unido pero descentralizado (en este caso federal) permitía combinar las ventajas de un país grande (comercio a mayor escala, mejores posibilidades de defensa ante una agresión exterior, facilidad de recaudación de impuestos) con los de un país pequeño (mayor cercanía al ciudadano, que puede controlar mejor a sus representantes) y evitaba la concentración del poder en un solo gobierno, repartiendo éste entre diversos entes territoriales.

Ya en el siglo XX, la literatura económica comenzó a formalizar lo que hoy se conoce como “primera generación de federalismo fiscal” o una teoría sobre las ventajas de la descentralización. Con este esquema, la prestación de ciertos servicios en el ámbito regional lograría adaptar mejor las características de estos servicios a las particularidades locales y, debido a una mayor cercanía, los votantes podrían ejercer un mejor control sobre los gobiernos regionales. Se generaría una sana competencia entre las administraciones regionales por realizar una buena política y gestionar los recursos eficientemente con el fin de atraer ciudadanos de otras regiones que contasen con peores servicios y mayores impuestos. Como corolario, los gobiernos regionales tenderían a reducir su tamaño, contribuyendo así a la consecución de un estado pequeño y eficaz.

Todo este consenso científico, junto con el buen funcionamiento de sistemas federales como los Estados Unidos o la República Federal de Alemania, llevó a la puesta en marcha de procesos de descentralización territorial en algunos países. Sin embargo, ya en los años 90 del siglo XX, los estudios observan que, al contrario de lo que predecía la teoría, los resultados habían sido, en general, bastante decepcionantes. La descentralización parecía generar más corrupción, una gran ineficiencia, una administración hipertrofiada y crecientemente intervencionista, enorme inestabilidad presupuestaria con tendencia a déficits abusivos, mayor inflación y, en ciertas condiciones, menor crecimiento ¿En que había fallado la teoría? ¿Cómo podía explicarse que la descentralización funcionase bien en algunos países pero generase nefastos efectos en otros?

La teoría del federalismo fiscal había fallado por sus erróneos supuestos acerca del comportamiento de la administración y del sistema político: a) los gobernantes no son meros entes altruistas que buscan el bienestar de los ciudadanos, sino agentes que tienen sus propios intereses y b) el mecanismo del voto no constituye un control directo sobre los gobiernos sino un control muy indirecto e imperfecto. Por ello, el tipo de instituciones que se crean en la descentralización van modelando los incentivos de los dirigentes regionales para desarrollar unas políticas u otras, en busca de sus propios beneficios. Se hacía necesario, a la luz de estas nuevas consideraciones, explicar los problemas que crea la descentralización, describir los intereses particulares que pueden impulsarla y definir las condiciones óptimas que debe cumplir. Todo esto se expondrá en la segunda parte del artículo, comparando las condiciones recomendadas con las que han caracterizado el caso español.

Artículo de Juan Manuel Blanco en elconfidencial.com

FUENTE: http://www.movimientodemocratico.es/articulo-del-dia/252-el-dogma-de-las-autonomias-i.html