Etiqueta: ISLAM

EL ODIO A MUERTE A OCCIDENTE, A TODOS LOS QUE NO SON MUSULMANES…

 

EL ODIO A MUERTE A OCCIDENTE, A TODOS LOS QUE NO SON MUSULMANES….<<PINCHAR PARA VER COMPLETO<<

 

Aisha y Mahoma (La dramática vida una niña casada con el profeta del Islam)

30870_108232439224966_100001146306583_66552_179935_n

“Imran Firasat” lanza su nueva película sobre la vida de Mahoma

 

“Aisha y Mahoma”

(La dramática vida una niña casada con el profeta del Islam)

 

Por hacer una película sobre el Islam:

  • El gobierno me revoco mi estatuto de refugiados
  • Los Jueces me juzgaron por delito de incitar el odio contra los musulmanes
  • La policía me retiro mi tarjeta de residencia
  • Audiencia nacional me declaro un peligro por la seguridad nacional
  • Tribunal Supremo tan poco se respeto mi derecho a la libertad de expresión
  • La policía expidió el orden de expulsión
  • Y el Gobierno ha iniciado el procedimiento de mi deportación/extradición.

Todo por culpa de expresar mi opinión sobre el Islam, el cual no es un delito según la ley Española y es por eso que jamás he tenido los antecedentes penales ni los tendré. Ahora estoy bajo una amenaza grave de ser deportado a un país donde los musulmanes me mataran por la blasfemia. La policía ya me está buscando y cualquier día me puede poner en un avión hacia un país Islámico.

¡Entonces que! ¿Debo cerrar mi boca y no hablar a pesar de que sé que el Islam es un peligro para la sociedad occidental y especialmente para España?  ¿Debo cerrar mis ojos a pesar de que veo el crecimiento de la islamización de nuestro país y de lo que el Islam está produciendo los yihadistas en la tierra hermosa de España?

Pues no señor. Haga lo que haga la policía y haga lo que haga el gobierno corrupto de Rajoy, yo no voy a someterse al Islam como ha sometido el gobierno. Seguiré luchando para demostrar que el Islam es una religión violenta que tiene una ideología peligrosa de dominar el mundo. Y más que todo el fundador de esa religión fue un señor bastante delincuente ¿Y cuando el fundador es delincuente pues como se puede fiar a la religión astutamente creada por él?

Con el objetivo de revelar la suciedad del carácter sagrada de Mahoma, les he traído una nueva película que se llama “Aisha y Mahoma”. Esta película les ayudara sentir el sufrimiento de una niña menor de edad quien fue casada con el profeta del Islam y abusada sexualmente cuando el tenia 50 y ella solo 6. A parte del sufrimiento de esa niña la película también les hará entender que como trataba ese señor profeta a las mujeres en general.

El tráiler de la película se ha estrenado hoy y la buena noticia es que esta doblado con las voces en Español. Y le película completa se estrenara al 4 de Julio de 2014 (El día de independencia de los Estados Unidos).

Aquí les dejo el enlace del tráiler y no olviden ver la película completa al 4 de julio para despejar todas sus dudas sobre el carácter y la vida de Mahoma. En caso que si no les escriba más, eso será porque el gobierno ya me habrá deportado de España.

 

Aisha y Mahoma – Tráiler Versión Español

 

coollogo_com-285206145

muslim-child-bride

mahomaasesino1

coollogo_com-169491871

coranardiendo

¿Para cuando aquí? ¡¡¡ BIEN, POR EL ALCALDE DE ANTIBES (FRANCIA)!!

untitledggg

 

Es muy interesante y a este sr.,  a este Alcalde francés habría que concederle una medalla y hasta quizás una pensión vitalicia de esas que nuestros políticos no se merecen en absoluto pues, además de corruptos e incapaces, ninguno  tendría huevos de hacer esto, es más, lo mismo si les preguntas por esto, te dicen que es un acto de xenofóbia y racismo.

El hecho es que en Antibes, como están haciendo en muchos otros sitios (y desgraciadamente siendo escuchados cuando lo mínimo que tendrían que llevarse como respuesta es una como esta y aun me parece poco) los padres musulmanes ¡EXIGEN! (si, si, así, con mayúsculas, no sugieren, no piden, no, EXIGEN) la abolición de la carne de cerdo en todos los centros de enseñanza de Antibes.

El Alcalde se ha negado en redondo y les ha enviado una carta explicativa a todos estos zarrapast…. padres que transcribo traducida a continuación.

Lo he tomado del blog «LO QUE PASA EN ALICANTE», propiedad de Antonio Gt, porque la traducción es magnífica y en su conjunto el post queda como sigue:

Os paso esté correo que me envía mi tio Joaquin. No añadiré nada más, queda todo dicho!!

  

En España no hay un solo político que tenga la capacidad moral e intelectual suficiente para responder así. 
En Francia, son primero y ante todo franceses. ¡Qué envidia!
 Leedlo, porque merece la pena.

Ha aparecido en Francia un artículo en la revista «Francia, Sociedad», en apoyo al alcalde de Antibes (en la Costa Azul francesa, al lado de Niza y Cannes) que ha rehusado suprimir la carne de cerdo en las cantinas escolares. Los padres musulmanes piden la supresión de la carne de cerdo en las cantinas escolares y el alcalde ha rehusado categóricamente, enviando una nota a todos los padres para explicarles el porqué:

– Para que los musulmanes comprendan que deben adaptarse a Francia, a sus costumbres, a sus tradiciones, a su modo de vida, ya que son ellos los que han elegido emigrar.

 – Para que comprendan que deben integrarse y aprender a vivir bien en Francia.

– Para que comprendan que son ellos los que deben modificar su modo de vida y no los franceses, que los han acogido generosamente.

– Para que comprendan que los franceses no son xenófobos ni racistas, puesto que han aceptado a numerosos emigrantes musulmanes (al contrario que los musulmanes, que no aceptan a los extranjeros no musulmanes en sus países).

– Que los franceses, como otros muchos países, no piensan renunciar a su identidad, a su identidad, a su cultura, a pesar de los golpes de los internacionalistas.

– Que si Francia es una tierra de acogida, no es la ministra Filippeti y el gobierno de izquierda quien acoge a los extranjeros, sino el pueblo francés en su conjunto.

– Que comprendan, al fin, que en Francia, con, y no a pesar de, sus raíces judeo-cristianas, sus árboles de Navidad, sus iglesias, y sus fiestas religiosas, la religión debe quedarse en el estricto dominio privado, y la alcaldía tiene razón cuando rehúsa todo compromiso al islam y a su religión (la sharia).

– A los musulmanes, a los que molesta la laicidad y que no se encuentran bien en Francia, les recuerdo que existen 57 magníficos países musulmanes en el mundo, la mayoría de ellos medio poblados y dispuestos a recibirlos con los brazos abiertos para respetar la ley de la sharia.

 – Si habéis dejado vuestros países para venir a Francia y no para ir a otros países musulmanes, con vuestras mismas costumbres, es porque habéis considerado que la vida en Francia es mejor que en otros lugares.

 
 – Preguntaos sólo una vez: ¿POR QUÉ SE ESTÁ MEJOR EN FRANCIA QUE EN EL LUGAR DE DONDE VENÍS? PUES, EN EFECTO, LA CANTINA CON CARNE DE CERDO FORMA PARTE DE LA RESPUESTA»
Jean Leonetti, alcalde de Antibes
A continuación y por si alguien lo prefiere, una captura de pantalla con la carta original publicada en francés:
noname-2_3
ASÍ es como hay que tratar a esta gente. Esto no es ni xenofobia ni racismo, esto es que estos sujetos, que solo representan el 24% de la población mundial y que están aquí de inmigrantes, es decir, que esta no es su tierra, no solo vienen, muchas veces entrando de forma ilegal y se les trata como a un ciudadano más, de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos sino que, en lugar de agradecerlo, lo que quieren es imponer sus bárbaras y obsoletas costumbres y la ley que les marca su absurdo Corán, nacido de la enfermiza mente de un autoproclamado profeta que no era otra cosa que un resentido envidioso debido a sus origines humildes, henchido de poder y que, como no  ha hecho ningún otro profeta que yo sepa, predicaba armado hasta las cachas, liderando una banda de forajidos, también fuertemente armados y que terminaron formando todo un ejercito, entrando en las distintas poblaciones árabes de la época a fuerza de espada, cortando cabezas y violando todo lo violable (incluyendo animales) y obligando a todo el mundo a convertirse a su bárbara doctrina si o si. Un sujeto que, además, medró lo suyo, casandose primero con una viuda rica mucho mayor que el y casandose posteriormente con una pobre niña de 6 años a la que desvirgó a los 9.
Como bien dice la carta, SON ELLOS QUIENES TIENEN QUE INTEGRARSE Y SEGUIR EL MODO DE VIDA DE FRANCIA Y NO AL REVÉS, si su bárbara religión choca con ese modo de vida, que se la dejen en sus países de origen y, desde luego, que no vengan exigiendo nada porque no tienen el menor derecho y aun menos autoridad para exigir. Se les trata como a cualquier otro ciudadano y ya está, ese es el único derecho que pueden pedir, el resto que se lo metan por donde les quepa.
Y efectivamente ¿para cuando aquí?, la verdad es que está difícil porque por una parte nuestra «casta» política se postra ante ellos de forma canallescamente cobarde, pero es que viendo los que vienen, gente como el tan de moda en estos momentos, Pablo Iglesiasy sus perroflautas, que en su propio programa llevan practicamente la supresión de las fronteras y la permisión para que entre cualquiera, incluyendo esta panda de bárbaros ignorantes depravados sexuales que solo piensan en esto, en imponer sus retrogradas costumbres a todo el mundo porque, según ellos, «todos somos musulmanes aunque los occidentales no lo sepamos, todo es de Allah (hasta el nombre es pedorrescamente ridículo), el glorioso, el omnipotente y ¿¿¿misericordioso??? (mucho, muuuuy misericordioso el tío, ordena lapidaciones, ahorcamientos, cortes de cabeza…., muuuuy, muuuy misecordioso el diosillo de marras)» y que harían todo lo contrario que este Monsieur Jean Leonetti o el ínclito Cayo Lara de I.U. que ha dicho claramente que celebrar la reconquista de Granada es un acto fascista y que se les debería devolver a los musulmanes, la cosa pinta mal.
Pinta mal salvo que ACTUEMOS NOSOTROS, LOS CIUDADANOS.
A ver si nos enteramos, ESTÁ EN NUESTRAS MANOS, ¿jamón ibérico o comida Halal, igualdad de derechos entre hombre y mujer o ellas tapaditas, caminando un paso por detrás del marido y con obediencia ciega, libre albedrío o solo Islam y nada más que Islam?
 Y TU ¿QUE DECIDES?.
Yo lo tengo muy claro: STOP ISLAM.
10405268_670547719666499_1167732773577763225_nISLAMINCOMPATIBLE

Los símbolos del terrorismo musulmán más conocidos: cuáles son y qué significan.

22738_105186052836664_100000358088697_127865_2381778_n

Escudos y banderas de Al Qaeda, Hezbollah y Hamas revelan el uso que hacen de la religión para justificar los atentados y otros métodos violentos

Organizaciones islamistas que apelen al terrorismo hay muchas. Algunas tienen más de 100 años de historia, como la Hermandad Musulmana. Pero desde los últimos 30 años ha habido un resurgimiento. Las más importantes son Hamas, en Palestina; Hezbollah, en el Líbano, e indudablemente hay que hablar de Al Qaeda, que es una red de organizaciones.

A diferencia de otras agrupaciones armadas, tienen un elemento distintivo, que es la prosecución de objetivos políticos y religiosos al mismo tiempo. Su ideología está construida a partir de una interpretación muy estricta, en algunos casos literal, del Corán,  explica Mariano Bartolomé, docente e investigador universitario especializado en terrorismo.

En Branding terror (“El marketing del terror”), Artur Beifuss y Francesco Trivini Bellini desmenuzan los objetivos que se esconden detrás de la iconografía utilizada por las principales organizaciones terroristas.

A continuación, el análisis de organizaciones islamicas más representativas.

AL QAEDA

 

al-qaeda

AL QAEDA

 

— AL QAEDA, Fue fundada en Afganistán en 1988 como una red de militantes islamistas que habían llegado al país para resistir la invasión soviética y continuar la “guerra santa” más allá de sus fronteras. Su atentado más importante fue el derribo de las Torres Gemelas el 11 de septiembre de 2001, donde 2985 personas murieron. Lo hicieron bajo el liderazgo de Osama Bin Laden, que años más tarde fue abatido.

“Al Qaeda no es una organización. Se transformó en una red de organizaciones”

Su objetivo último es la restauración del Califato, el sistema de gobierno establecido en el siglo VII tras la muerte de Mahoma, el profeta del Islam. Significó la unidad de la comunidad musulmana.

“No es en sentido estricto una organización. Rápidamente se transformó en una red de organizaciones, como un racimo. Comparten una serie de ideas comunes, pero tienen elementos que las diferencian”, cuenta Bartolomé.

La red se identifica con una bandera negra, conocida en árabe como Al-Raya. Es considerada un símbolo de la Yihad (la guerra contra los infieles).

Se dice que Mahoma llevaba una bandera negra en sus batallas. Además, en el Islam este color simboliza un cumplimiento estricto de la religión.

Las letras en blanco expresan la Shahada, profesión de fe islámicaEn árabe, significa “No hay Dios más que Allah, y Mahoma es su mensajero”.

 

HEZBOLLAH

 

hezbollah

HEZBOLLAH o HISBOLA

 

— HISBOLA, El origen de esta organización armada se remonta a 1982, cuando un grupo de clérigos iraníes fundaron en el sur del Líbano una red de milicianos chiitas. Su función era cumplir con los objetivos de la Revolución Islámica iraní de 1979.

Pasaron tres años hasta que el grupo adoptó el nombre Hezbollah, que significa “partido de Allah”, en árabe.

En una carta de presentación ante al mundo expresaron que sus objetivos eran la creación de un estado islámico global, la destrucción de Israel y la lucha contra Estados Unidos.

“Hezbollah es un partido político que actúa en el parlamento del Líbano, e incluso tiene ministros. Por supuesto que también recurrieron a actos terroristas. Es una organización armada que argumenta que busca con las armas la defensa del territorio libanés”, dice Der Ghougassian.

Actualmente, según Beifuss y Trivini Bellini, cuenta con 200.000 adherentes. Entre los hechos más importantes de su historia se destaca su acto fundacional. En octubre de 1983 un doble atentado con carros bomba mató a 299 personas en las bases militares de Estados Unidos y Francia en Beirut.

En el escudo se puede ver que los dibujos están en verde, color que representa a Mahoma. Las letras son rojas, en honor al imán Hussein, un mártir del siglo VII, hijo de Fátima, heredera de Mahoma.

Debajo del dibujo del mundo se puede leer la palabra “Hezbollah” en caligrafía cúfica, la forma de escritura árabe más antigua, utilizada en los primeros ejemplares del Corán. El puño con el rifle, que simboliza la resistencia armada, se desprende de la letra conocida como “alef”, la primera de la palabra Allah.

La rama de siete hojas representa el crecimiento y la prosperidad. El libro es el Corán, con lo que se pretende dar una legitimidad religiosa a los actos del grupo. A través del globo terráqueo se expresan las ambiciones globales de la revolución chiita.

 

HAMAS

 

hamas-obl

HAMAS

 

— HAMAS, Es un movimiento sunita que pretende establecer un estado islámico basado en la Sharia (ley islámica) en Palestina. Hamas es la sigla de “Movimiento de Resistencia Islámico” y, al mismo tiempo, una palabra que significa fervor religioso en árabe.

Fue fundado en 1987 durante la primera intifada, el levantamiento palestino contra la presencia de Israel en la región. Ha cometido numerosos atentados, asesinatos y secuestros contra blancos israelíes civiles y militares. Tiene una importante participación político partidaria que le permitió obtener una fuerte victoria en las elecciones parlamentarias de 2006.

“Hamas es una mezcla entre el nacionalismo palestino y la ideología islamista. Nació por la convicción de que Al Fatah y la OLP (Organización para la Liberación Palestina) no podían avanzar en la causa islámica”, explica Der Ghougassian.

En el escudo está el contorno de Palestina, lo que muestra que el objetivo del grupo es reclamar para sí la totalidad de la región, hoy ocupada mayormente por Israel. Al estar en color verde se expresa la convicción de que Palestina pertenece al Islam.

La Cúpula de la Roca, la mezquita que está en el centro, es para los musulmanes el lugar desde el cual Mahoma ascendió al cielo para reunirse con Dios. Es considerado el tercer sitio más sagrado para el Islam. Además sirve como símbolo nacional palestino.

Los sables cruzados son una apelación a la violencia como medio para cumplir los objetivos. El uso de armas antiguas evoca la nobleza y la pureza asociada a la primera generación de musulmanes.

Tiene como Artículo 7: «No vendrá el Día del Juicio hasta que los musulmanes combatan a los judíos, hasta que los judíos se escondan tras las montañas y los árboles, los cuales gritarán: ‘¡Oh, musulmán! Un judío se esconde detrás mío, ¡ven y mátalo!».

Articulo 7 de HAMAS, se encuentra en el »Sagrado Hadiz» ►http://bit.ly/1galxdS

TALIBÁN

 

talibán

TALIBÁN

 

— TALIBÁN, Es un grupo islamico que surgió para resistir la ocupación soviética en Afganistán. Predica el Wahhabismo, una forma ortodoxa del islam sunita. Al final de la guerra civil afgana, en 1996, pasó a controlar el gobierno. Su objetivo es instaurar en el país el Estado islámico más puro del mundo, a partir de una estricta interpretación de la Sharia.

Salieron del poder en 2001, tras la llegada de Estados Unidos. Desde entonces realizaron sangrientos atentados. En el más grave, asesinaron a 91 personas con un auto bomba en Pakistán, a cuyo gobierno consideran enemigo.

En la bandera aparece nuevamente la Shahada. El blanco es utilizado en el Islam para banderas de administración, ya que así era la del Califato.

 

AL SHABAAB

 

Al Shabbaab

AL SHABAAB

 

— AL SHABAAB, Nació como una agrupación de resistencia a la invasión etíope a Somalía en 2006, pero rápidamente viró hacia el extremismo islamista. Predican el salafismo, un movimiento radical al interior del sunismo, y su objetivo es la liberación de los tres santuarios sagrados del Islam: la Meca y Medina en Arabia Saudita, y »Jerusalén» en Israel.

Su peor ataque lo perpetraron durante 2011 en Uganda, cuando lanzaron una serie de bombas suicidas que mataron a más de 80 personas.

El planisferio en verde representa sus aspiraciones globales, mientras que el Cuerno de África muestra su ubicación geográfica. La presencia del Corán se debe a la influencia que tiene el Islam sobre la ideología del grupo y a que su objetivo es instaurar un Estado islámico en Somalía. El Ejército de la Adversidad es una referencia al que luchó en la batalla de Badr contra los impíos en la Meca, en tiempos de Mahoma. El sol expresa un nuevo comienzo.

BOKO HARAM

— BOKO HARAM, Grupo islamico cuyo nombre significa: ‘la educación no islámica es pecado’, fue fundado en 2002 por el clérigo musulmán Mohamed Yusuf.

Yusuf creó en Maiduguri, la capital del estado de Borno (noreste), un complejo religioso que incluía una mezquita y una escuela islámica, donde muchas familias musulmanas de bajos recursos inscribieron a sus hijos. El objetivo era establecer un campo de reclutamiento de jóvenes que posteriormente lucharían contra el Gobierno Nigeriano para instaurar un Estado regido por la sharia o ley islámica.

 

29072_1356692715963_1190844085_30911618_5311336_n

Derecho de Familia y de la Mujer en la Sharia

muslim-women-8

La amenaza a la seguridad y la igualdad de las mujeres y los niños

por,  Anne Marie Waters | Sharia Watch UK

 

Ley de la sharia islámica representa una amenaza grave y creciente para la seguridad y la igualdad de las mujeres, y de hecho los niños. La evidencia de esta afirmación se puede ver tanto en la doctrina islámica, y en la práctica de la familia islámica legal en estados gobernados por la ley sharia. Hay cuatro áreas principales de la ley sharia que discriminan explícitamente contra las mujeres en el derecho de familia. Al igual que con las leyes de Gran Bretaña, el derecho de familia y derecho penal interactúan reciprocamente,  cuando las  sanciones penales de la Sharia se aplican a los asuntos relacionados con el matrimonio, por ejemplo, las mujeres corren el riesgo de castigos terribles y letales – incluyendo ser lapidada hasta la muerte.

Sharia Watch UK está profundamente preocupada por el aumento de la utilización de la sharia o ley islámica en asuntos de la familia en el Reino Unido, y las creencias y los objetivos de las personas y organizaciones que facilitan este sistema normativo cada vez más utilizados.

Las principales áreas de preocupación son el matrimonio de menores, la violencia doméstica, el divorcio y la custodia de los hijos, y el valor del testimonio de la mujer durante las audiencias de derecho de familia.

El matrimonio de menores de edad

Khadija murió tres años antes de que el Profeta fuera a Medina. Se quedó allí durante dos años más o menos y luego se casó con Aisha cuando ella era una niña de seis años de edad, y se consume el matrimonio cuando ella tenía nueve años de edad. Sahih Bukhari 5:58:236.

Aisha (Allah esté complacido con ella) informó: Apóstol de Alá (la paz sea con él) se casó conmigo cuando yo tenía seis años, y fui  admitida en su casa cuando tenía nueve años de edad. Sahih Muslim 8:3310

Las citas anteriores se extraen de un sector de la doctrina islámica conocida como hadiz.Se trata esencialmente de un registro de las acciones y dichos del profeta islámico Mahoma durante su vida. El hadiz primaria son Sahih Bujari, Sahih Muslim, Abu Dawud y Al-Muwatta. Junto con el Corán y la jurisprudencia islámica, los hadices son la base de la ley sharia y son ampliamente implementados – con poca variación – en los estados islámicos de todo el mundo.

Aisha es quizás la más venerada, y seguramente la mas conocida de las muchas esposas de Mahoma. Si bien hay un pequeño número de musulmanes que se disputa la edad de Aisha cuando ella estaba casada con Mahoma, la edad registrada en el anterior hadiz es más ampliamente aceptada para ser exactos. Es sobre la base de estos hadices que el matrimonio de las niñas se practica en muchos países islámicos.

En Arabia Saudita, por ejemplo, un país que se rige por la sharia (de acuerdo con su propia constitución) en 2009, un juez, jeque Habib Abdallah al-Habib, se negó a anular el matrimonio de una niña de 8 años y un hombre de 47 años (un matrimonio supuestamente arreglado por su padre en la liquidación de una deuda) y declaró «Debemos saber que la ley islámica no ha traído la injusticia a las mujeres.» 1   Agregó que «No es correcto decir que no está permitido casar a las niñas que son de 15 y más jovenes «.

El Dr. Salih bin Fawzan – un miembro del más alto consejo religioso de Arabia Saudita –  emitió una fatwa (edicto religioso) en 2011 en el  que las niñas pudieran casarse «. Incluso si están en la cuna». Según el autor Raymond Ibrahim, el clérigo llegó a la conclusión «Corresponde a los que piden el establecimiento de una edad mínima para contraer matrimonio,  temer a Allah y no contradecir su Sharia, o tratar de legislar cosas que Allah no permite. Las leyes son propiedad de  de Allah; y la legislación es su derecho exclusivo, no puede ser compartido por ningún otro. Y entre estas son las reglas que rigen el matrimonio. » 2

Es cierto que existe un cierto debate en torno a un matrimonio en la infancia y su justificación en el Islam. Este debate, sin duda, seguirá funcionando, sin embargo, por el momento, la práctica del matrimonio infantil sigue siendo un fenómeno generalizado y es defendido por numerosos clérigos en nombre de la sharia. En Yemen, por ejemplo, los intentos de aumentar la edad de matrimonio de las muchachas fue despedido como «onu-islámicas»3 por parte de clérigos en ese país y, como consecuencia, el matrimonio infantil sigue siendo un fenómeno generalizado.

La cuestión del matrimonio infantil y la sharia también ha causado mucha controversia en el Reino Unido. Una investigación encubierta en el 2013 reveló que varias de las mezquitas más importantes de todo el país se habían mostrado dispuestas a casar niñas menores de edad 4 . En la central de Jamia Mezquita Ghamkol Sharif en Birmingham, un clérigo accedió a casarse con una niña de 14 años de edad, y dijo: «En la ley islámica  es buena idea casarse porque ella llegará a la edad de la madurez». Los representantes respondieron a la grabación secreta que dice «aunque la ley sharia islámica permite los matrimonios en circunstancias especiales en el mundo musulmán cuando las niñas llegan a la pubertad, con el consentimiento de las niñas y los padres preocupados, no vivimos en un país musulmán, por lo que no lo practican «. Después de la emisión de ITV, el jeque Ibrahim Mogra, del Consejo Musulmán de Gran Bretaña, condenó los matrimonios de niñas menores de edad y dijo que «la legislación británica no permite el matrimonio de niñas menores de edad y eso es todo lo que nos importa aquí. En este país, es ilegal, está prohibido y el  imam no debe permitir llevar a cabo el matrimonio de un hijo menor de edad. » 5    Es muy importante prestar mucha atención a las palabras exactas utilizadas por ambos Mogra en la central Jamia Mezquita Ghamkol y la mezquita Sharif. Ninguna de estas afirmaciones indica que el matrimonio de menores de edad no es permisible bajo la ley sharia, ni lo condena por considerar que se trata de un crimen atroz contra las jóvenes. Sajid Hussain Zafar, el clérigo que accedió a casarse con la joven, fue suspendido inicialmente por la mezquita, pero fue recibido de nuevo a su trabajo poco después. 6

La Organización de Derechos de la Mujer iraní y kurda (IKWRO) afirmó en 2012 que un gran número de niñas tan jóvenes como de 9 años de edad, estaban siendo forzadas al matrimonio en Londres. Un informe de la Islington Tribune dijo que 30 niñas, solo en esa ciudad, habían sido casadas ​​por clérigos islámicos en un año. La Unidad de Matrimonios Forzados del Gobierno (FMU) reveló que una niña de 5 años de edad se encontraba entre las 400 que habían obligado ese mismo año. 7   La UMF, dijo que el 29% de los casos se ven involucradas niñas menores de edad.

 

Violencia doméstica.

Los hombres tienen autoridad sobre las mujeres porque Dios hizo al uno superior al otro, y porque ellos gastan su hacienda para su mantenimiento. Las buenas mujeres son obedientes. Guardan sus partes invisibles porque Dios los ha guardado. En cuanto a los que temes a la desobediencia, amonestarlos y enviarlos a camas separadas y ganarles. Entonces, si os obedecen, no adoptar nuevas medidas en contra de ellos.Corán 4:34

El versículo anterior es tomado del libro sagrado del Islam, el Corán. Es uno de los versículos más importantes en materia de derechos y la igualdad de las mujeres y claramente representa retos importantes en la lucha por los derechos de las mujeres musulmanas.

La violencia doméstica contra las mujeres es un problema importante en todo el mundo controlado por la  sharia . Según el Pakistan Tribune en 2011, un asombroso 90% de las mujeres en ese país sufren abuso doméstico. 8   En 2013, Human Rights Watch informó que » las víctimas de la violencia doméstica,  no tienen ninguna protección por parte del gobierno. » 9   Otros países , como Arabia Saudita e Irán, también tienen registros preocupantes sobre los derechos y protecciones de las mujeres.

La violencia doméstica contra las mujeres musulmanas aquí en Gran Bretaña es también un motivo de preocupación urgente. En 2013, la BBC realizó una investigación encubierta en las prácticas del Consejo de la Sharia islámica – la red más grande del consejo sharia en Gran Bretaña – y su acercamiento a los casos de violencia doméstica. Un periodista encubierto se acercó al consejo y se reunió con el clérigo Suhaib Hasan. Cuando protestamos de que había sido víctima de violencia doméstica, Hasan respondió: Después de quejarse que había sido objeto de violencia en el hogar, Hasan le contestó: «creo que debe ser lo suficientemente valiente como para hacer esta pregunta a él: Que me digan por qué usted se molesta ¿eh? Es la causa de mi cocina? Es porque veo a mis amigos? Para que yo pueda corregirme».10   El reportero se refirió entonces a la esposa de Hasan para «consejería», donde se le preguntó «¿Usted, antes de que él venga, ¿trató de disfrazarse y tener un maquillaje y conseguir listo o no?» También pregunta si «la comida está lista, la casa está limpia y ya está listo también? Tú no ignoras a ti mismo? «

Las actitudes hacia las mujeres expresadas por los miembros de alto rango del Consejo Sharia islámica son profundamente alarmantes. Las citas anteriores demuestran que el ISC reparte culpas cuando una mujer es víctima de violencia doméstica; la culpa a la mujer misma.

Haitham al-Haddad es otro alto miembro de la CAI , escucha y resuelve soberanamente sobre los casos de violencia doméstica. En la conferencia titulada ‘¿Por qué los matrimonios fracasan’, Haddad fue grabado diciendo lo siguiente: «Un hombre no debería cuestionarse por qué golpeó a su mujer porque esto es algo entre ellos. Déjalos en paz. Ellos pueden resolver sus asuntos entre ellos. Incluso el padre de la hija, que está casada con el hombre, no debe pedirle a su hija por qué usted ha sido golpeada o atropellado por su marido. » 11   Afirmó estas fueron las palabras de Mahoma y por lo tanto deben ser obedecidas.

En una entrevista con la BBC, el portavoz de otro gran cuerpo de los tribunales de la sharia – Tribunal Arbitral musulman – hizo la siguiente declaración: «Nosotros no nos involucramos en los casos penales, pero la única especie de competencia que estamos viendo en este momento, y estamos discutiendo con las autoridades como el CPS y la policía en el momento, es que deseamos dar – en el caso de la violencia doméstica – la oportunidad de mirar a una forma alternativa de resolución. » 12    El grupo Campaign una ley para todos 13  contactó con los CPS que negaron que  cualquier tipo de estos debates se habían llevado a cabo.

Sobre la violación marital, Maulana Abu Sayeed, Presidente del Consejo de la Sharia Islámica, dijo a los periodistas: «Es evidente que no puede haber ninguna violación dentro del matrimonio. Tal vez la agresión, la actividad tal vez indecente … Porque cuando se casaron, el entendimiento era que la relación sexual era parte del matrimonio, por lo que no puede ser cualquier cosa en contra del sexo en el matrimonio «. 14

Está claro que el Consejo de la Sharia islámica y el Tribunal de Arbitraje musulmana (y otras organizaciones que aplican la sharia) son una grave amenaza para la seguridad de las mujeres. Lo que es menos  reconocido, sin embargo es el peligro que se presenta, por este tipo de actitudes, a los niños.

Las Leyes británicas han determinado que ser testigo de la violencia contra de padres constituye un daño y, como tal, trae a los niños bajo la protección de las autoridades locales. En la mayoría de ocasiones, las autoridades locales tomen conciencia de la violencia a través de arrestos policiales o audiencias judiciales en el sistema general. La creciente expansión de los tribunales de la sharia significa que, inevitablemente, será que menos niños estarán bajo el radar de las autoridades locales como de riesgo de la violencia doméstica, si estos casos se oyen en las cerradas ‘cortes’ de la sharia. Otra área de preocupación sin embargo, es la cuestión de la custodia de los hijos, y las posibles normas de la sharia, peligro en este sentido  para los niños pequeños en las familias musulmanas.

Custodia de los hijos.

El Consejo de la Sharia islámica controla la mayor red de consejos de la sharia en Gran Bretaña. Se ocupa principalmente de cuestiones de derecho de familia y se describe como «un organismo con autoridad, que consiste en un grupo de estudiosos, que representan muchas instituciones establecidas en el Reino Unido» 15 . En 2002, el Consejo afirmó haber «tratado casi cuatro mil quinientos casos» 16 – la mayoría de las cuales se trate asuntos de derecho de familia.

 El 25 de octubre de 2011, en una emisión titulada «What Would Do Sharia, Aina Khan – un abogado de derecho de familia que trabaja con clientes de la ley Sharia – declaró lo siguiente:

«Tradicionalmente, los consejos de la sharia fueron solamente de divorcios islámicos solicitados por las mujeres, con el tiempo, se les ha pedido hacer soluciones mediadas por ejemplo, con los asuntos y las finanzas de los niños, porque la ley es muy cara y muy lenta por lo que estas alternativas han sido establecidas » 17 .

En principio para asesorar sobre cuestiones de derecho de familia, el Consejo de la Sharia islámica establece lo siguiente: «Cuando los cónyuges se separan por divorcio o nulidad, estas responsabilidades sociales también se desglosarán conforme a las mejores capacidades de cada padre» 18 . Esta declaración plantea inmediatamente algunas de las alarmas, ya que no establece, como con el Derecho Inglés, que los intereses de los niños son de suma importancia, sino que pone el énfasis en los padres.Se llega a decir «Mientras los padres están investidos de la carga financiera y las funciones de tutela legal, a las madres se les da el papel de cuidadoras físicas y guardiánas emotivaa del niño (s)» 18 . Este principio implica una función relacionada con el sexo para las mujeres y los hombres y no toma en cuenta a los atributos del padre individual (independientemente del sexo) ni tampoco colocan los derechos o necesidades del niño como primera prioridad.

El Consejo continúa diciendo que cree que las mujeres estan en mejores condiciones para criar a los hijos pequeños y «dar preferencia a la reclamación de una madre a la custodia física de su hijo pequeño» 18 . Sin embargo, esto sólo se aplica durante el tiempo que la madre no se vuelva a casar.

«Una mujer se acercó al Profeta y le dijo: De cierto mi vientre sirve como un contenedor para mi hijo aquí, y mi mama se desempeñó como una piel de la bolsa para él (para beber fuera de) y mi pecho sirvió de refugio para él; y ahora su padre me ha divorciado, y él (también) los deseos que lo llevara lejos de mí. ‘ El Profeta salalahu Alaihe wasallam dijo: «Usted tiene un mejor derecho a contar con él, siempre y cuando no te casas de nuevo»18 .

Bajo la ley de la sharia, según el Consejo, el período por el cual los niños viven con su madre se le conoce como el «período de detención femenina». Este período termina, y la custodia de los niños otorgados a los padres, a una edad preestablecida. La edad dependerá de la interpretación o de la escuela de la ley islámica aplicada. El Consejo declara:

«» Hasta los siete años la madre tiene el derecho exclusivo de tener la custodia del niño; si se casa con alguien que no esté relacionado con el niño, ella pierde su derecho a la custodia. Si el niño todavía es menor de siete años, se le daría la custodia a una mujer (de preferencia entre los familiares de la madre como su tía materna o abuela).Pero si él está por encima de siete años, no necesita mas la atención de una mujer y él debe estar en custodia del padre « 18 .

Además, establece:

«En la Escuela Hanafi,  la custodia femenina de un niño termina cuando él es capaz de alimentar, vestir y limpiarse. La mayoría de los juristas Hanafi establecen esta época de la independencia a los siete años, aunque algunos la pusieron a las nueve. Juristas Hanafi difieren sobre si la custodia de la madre de su hija termina. La mayoría sostienen que la custodia de la madre termina cuando la niña llega a la pubertad, puesta a cualquiera de los nueve u once años de edad « 18 .

Las declaraciones anteriores sobre la posición de la ley islámica con respecto a la crianza de los hijos son demostrativas del conflicto entre la ley islámica y los principios de la Ley de la infancia. Es justo entonces a la pregunta que iba a pasar, por ejemplo, si un padre fuera abusivo o violento hacia sus hijos, y si la práctica de la ley sharia en estos casos pone a los niños dentro de una familia musulmana en clara desventaja y los somete a un mayor riesgo de daño. El Consejo de la Sharia islámica no aborda esta cuestión.

Divorcio.

Las mujeres no tienen derechos unilaterales de divorcio bajo la ley islámica; ella debe obtener el permiso de su marido o de (masculinos) clérigos islámicos. Este es el caso incluso cuando ella es víctima de abuso o violada físicamente.

En el Islam, hay reglas distintas en el divorcio para los hombres y mujeres bajo los términos de la ley islámica. Cuando un hombre se inicia el divorcio, el procedimiento se llama Talaq. Cuando una mujer hace lo mismo, se le conoce como khula. Talaq es fácil de obtener (un hombre se divorcia simplemente repitiendo talaq en tres ocasiones), mientras que la obtención khula suele ser muy difícil.

De acuerdo con la ley islámica, hay dos razones para  que una mujer puede obtener el divorcio: cuando se pueda demostrar que el marido no tuvo relaciones sexuales con ella durante más de dos meses, o si el marido no le presta con lo que ella necesita para vivir como alimento y refugio.

Cuando se busca el divorcio, las mujeres se enfrentan a enormes obstáculos legales y financieros. En muchos casos, la mujer debe pagar los gastos de su dote y el matrimonio.Ella también tiene que renunciar a la custodia del niño (como antes) si el niño tiene más de siete años. Si el niño tiene menos de siete años de edad en el momento del divorcio, ella tendrá que entregar al niño cuando él / ella llega a esa edad. Ella perderá entonces los derechos de acceso y los derechos para tomar decisiones con respecto a la vida del niño.

Una mujer debe pagar para obtener el divorcio, mientras que los hombres no deben. Por otra parte, cuando se trata de convencer a un tribunal de la sharia a concederle el divorcio, la palabra de una mujer a la corte debe ser presenciado. Esto se debe a la exigencia de la sharia que el testimonio de una mujer debe ser corroborado.

En un informe de Igualdad y Libertad, publicado en 2012, las mujeres que habían pasado por el proceso de divorcio de la sharia en el Reino Unido declararon en cuanto a sus experiencias. Estas incluyen:

«El Consejo de la Sharia insistió después en que trajera a  dos testigos musulmanes a que asistieran al Consejo de la Sharia conmigo para confirmar que estaba diciendo la verdad. Sin embargo, Janaid no requería ningún testigo, porque él es un hombre. Yo no conozco a ninguna mujer musulmana que pudiera ser testigo y no  quiero meter a nadie de mi comunidad involucrandola «.

Bajo la sharia, es también el caso de que las mujeres no pueden casarse por su propia voluntad; deben tener el permiso de un familiar varón. En el informe de Igualdad y Libertad fue dado el  siguiente testimonio:

«Un líder de mi comunidad me visitó y me dijo que quería que me casara con Khaled. Sentí una enorme presión para aceptar su propuesta. El Imam dijo a Khaled y a mí que requiere el permiso de un tutor varón de mi familia antes de que nos pudiera casar. Le dije que estoy en mis 40 años de edad, he viajado por todo el mundo, enfrentado a la muerte en numerosas ocasiones, siempre por mis hijos y apoyado miembros masculinos de la familia. «Tengo el pelo gris – ¿qué tipo de mentalidad es esa» le dije. El Imam insistió en que estaba aplicando el Islam. Khaled viajó a Jordania para obtener el permiso por escrito de mi hijo de 11 años de edad, hijo, que representó a mi tutor de acuerdo con el Imam. El permiso escrito de mi hijo decía  que yo podría casarme con Khaled. He recibido una copia de la carta de mi hijo y todavía tengo una copia del mismo. Estuve de acuerdo en  el matrimonio en la casa del Imam «.

En resumen, los dictados de la ley islámica sharia reducen a las mujeres a la condición de la propiedad. En algunas formas de la sharia, como la que se practica en Arabia Saudí, toda la vida de una mujer está determinada por los miembros masculinos de la familia – incluyendo su matrimonio o divorcio, si puede tener el tratamiento médico, e incluso si puede trabajar o salir de la casa.

En el derecho penal de la sharia, las mujeres están sometidas a la pena de muerte si se les acusa de adulterio. A menudo, esto puede tomar la forma (como en Irán) de la muerte por lapidación; una mujer es enterrada hasta el pecho en el suelo y lanzan piedrascontra su cabeza hasta que ella muere. La autoridad para la lapidación se deriva generalmente de la siguiente hadiz:

Un beduino vino al Apóstol de Alá y dijo: «O Apóstol de Alá! Les pido por Dios para juzgar mi caso, de acuerdo a las leyes de Alá «. Su oponente, que fue más sabio que él, dijo: «Sí, juzgue entre nosotros de acuerdo a las leyes de Alá, y me permitió hablar». El Apóstol de Alá dijo: «Habla». Él (i. E. Los beduinos o el otro hombre) dijo: «Mi hijo estaba trabajando como peón para este (el hombre) y cometió relaciones sexuales ilegales con su esposa. Las personas me dijeron que era obligatorio que mi hijo debia ser lapidado hasta la muerte, por lo que en lugar de ello rescaté a mi hijo pagando cien ovejas y una esclava. Entonces le pregunté a los estudiosos de la religión al respecto, y me informaron de que mi hijo deberá ser condenado a cien latigazos y ser desterrado por un año, y la esposa de este (hombre) debe ser lapidada hasta la muerte. » Apóstol de Alá dijo: «Por Aquel en cuyas manos está mi alma, yo juzgaré entre vosotros según las leyes de Allah. La esclava y las ovejas deben ser devueltos a usted, su hijo va a recibir cien latigazos y ser exiliado por un año. Usted, Unais, vaya a la esposa de este (hombre) y si ella confiesa su culpabilidad, piedra hasta la muerte «. Unais fue a esa mujer mañana siguiente y ella confesó. Apóstol de Alá ordenó que fuera apedreada hasta la muerte.

Sahih Bukhari 3:50:885

Las Ordenanzas Hudood, introducidas en Pakistán en el 1979, disponen que si una mujer alega haber sido violada, ella debe proporcionar cuatro testigos musulmanes varones del hecho. Si ella no puede hacer esto, puede ser acusada de adulterio – un delito que conlleva la pena de muerte por lapidación. En 2002, por ejemplo, una mujer joven en Pakistán acusó a su cuñado de violación. 19   El juez establezca que, al hacer su acusación, ella estaba confesando al adulterio – fue condenada a muerte por lapidación. El encarcelamiento de las víctimas de violación es más común, sin embargo, y en Pakistán, según un informe publicado en 2003, alrededor del 80% de las mujeres en prisión en Pakistán estaban allí por «crímenes morales» – incluyendo falta de cuatro testigos musulmanes varones de su violación . En Afganistán, cerca de la mitad de las mujeres en la cárcel están allí por haber sido víctimas de violación. 20

Bajo las reglas de la familia de la sharia, el testimonio de una mujer es también válido  la mitad que el de un hombre. Ella no tiene ningún derecho de divorcio unilateral – incluso cuando se somete a la violencia, no hay derechos de custodia de los hijos (cuando el niño llega a cierta edad), y el matrimonio infantil y la violación en el matrimonio son ampliamente tolerada – incluyendo organizaciones de Gran Bretaña.

Las normas de derecho de familia de la sharia se están aplicando en un sistema legal paralelo de facto en todo el Reino Unido, con el pleno conocimiento de los gobiernos de turno y el pleno apoyo de figuras públicas de alto perfil.

__________________________________________________________________

FUENTE (ARTÍCULO ORIGINAL EN INGLÉS):  http://www.shariawatch.org.uk/articles/sharia-family-law-and-women A TRAVES DE: sharia unveiled

sharia1 (1)24100_1330909156972_1358304901_31192396_5569431_ndescrpción

p

ISLAM: La Mujer Debe de someterse a los deseos sexuales del marido.

30870_108232439224966_100001146306583_66552_179935_n

Lo puede REBUZNAR más alto pero no más claro.

Y este cavernícola con chilaba no es musulmán cualquiera de los de a pie, este es un lider que sale en televisión soltando su veneno a millones y millones de personas y no solo musulmanes ya que, en la actualidad, los canales musulmanes se ven en cualquier parte.

Está bien claro y no se trata de «islamistas radicales», Mahoma dejó escrito que el sitio de la mujer está como esclava del hombre.

A ver si nos enteramos de una vez y nos quitamos las gafas de madera. Mahoma era un señor de la guerra déspota, genocida, asesino, torturador, homocida, violador y pedófilo. El Islam no es una religión, sino un sistema político despótico que se impone por la fuerza e ideado por Mahoma para la conquista del mundo. Debe ser prohibido como el nazismo.

Difundir estos vídeos. La libertad y la democracia están en peligro.

Sin ir más lejos, un país como Suecia, otrora admirado por su avanzada sociedad, su bienestar y su libertad ya ha caído bajo las botas de estos bárbaros totalitarios del medioevo: http://eloccidental.es/index.php/internacional/europa/item/3791-nueva-ley-penalizara-la-critica-y-oposicion-a-la-inmigracion-en-suecia 

Esto es una clara violación del legítimo derecho (que tantos siglos ha costado conseguir) a la libertad de expresión y todo ello por presiones musulmanas.

¿Hasta cuando vamos a consertirlo?.

33710

11185_234630153367826_1945799343_n

El Islam en España: 800% de aumento de la población en cuestión de 13 años.

939249315

Escrito por Fernando Bravo

Demografía e inmigración.

Es difícil estimar el tamaño de la población musulmana que vive en España. Las estadísticas disponibles no distinguen la población de acuerdo a la fe, lo que significa que sólo podemos estimar la cantidad empleando el origen nacional o la identidad nacional como signo de adhesión religiosa. Esto implica un cierto margen de error y, de manera indirecta, una cierta «etnificación» de la identidad islámica que se determina por la ascendencia o el origen nacional, sobre la base de este método, en lugar de por la fe religiosa.

Esto debe tenerse en cuenta antes de sacar conclusiones a partir de las estadísticas de que vamos a ir a presentar. Propiamente hablando, vamos a hablar de los marroquíes, argelinos, senegaleses, paquistaníes, etc, y no acerca de los musulmanes.

Si tomamos las estadísticas de la población española y extranjera viene, ni serán nacionales de los países con una población de mayoría musulmana (donde la población musulmana se estima en más del 50% de la población total según el Foro Pew sobre Religión y Vida Pública 1 ), obtenemos las siguientes cifras:

País de origen Extranjeros Español Total % De la población total «musulmán» en España
Marruecos 710401 109561 819962 71.28
Senegal 56048 1896 57944 5.04
Argelia 55624 6110 61734 5.37
Pakistán 53691 1941 55632 4.84
Nigeria 41750 675 42425 3.69
Malí 22860 132 22992 2
Gambia 21288 1303 22591 1.96
Guinea 11802 1945 13747 1.2
Mauritania 11343 526 11869 1.03
Bangladesh 9396 190 9586 0.83
Egipto 2945 957 3902 0.34
Irán 2518 1608 4126 0.36
Siria 2380 2528 4908 0.43
Turquía 2357 463 2820 0.25
Túnez 1858 476 2334 0.2
Albania 1695 157 1852 0.16
Líbano 1400 1497 2897 0.25
Indonesia 1302 208 1510 0.13
Jordania 1113 1225 2338 0.2
Irak 1011 520 1531 0.13
Burkina Faso 990 66 1056 0.09
Sierra Leona 974 115 1089 0.09
Kazajstán 748 222 970 0.08
Arabia Saudita 279 194 473 0.04
Total 1015.773 134515 1150.288  

* Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE: http://www.ine.es ). Padrón Municipal, 1 de enero de 2009. Compilado por Fernando Bravo.

Como se observa en la tabla, hablando de «los musulmanes» en España significa hablar sobre todo acerca de los marroquíes.

Además de esa cifra, el número de conversos es incierto porque no hay una fuente confiable. 2 pero ciertamente son una minoría en comparación con los marroquíes, argelinos, senegaleses, o pakistaníes.

Podríamos concluir que la población total «musulmán» en España podría estar acercándose a 1.200.000, lo que representa el 2,5% de la población total en España (46.661.950 el 1 de enero 2009, según el Padrón Municipal INE). Pero debemos recordar que esta forma de proceder tiene muchos problemas. Por ejemplo, si bien existe una importante cantidad de nigerianos y aunque los hemos incluido en la tabla, se debe tener en cuenta que la población musulmana en Nigeria se estima en el 50,4% de la población total, por lo que existe una alta probabilidad de que el población nigeriana en España podría ser cristiano. Por lo tanto, podríamos decir que millón sería una estimación muy generosa del número de musulmanes en España.

Casi el 90% de la población total «musulmán» se compone de ciudadanos extranjeros. De éstos, los marroquíes, argelinos, senegaleses y pakistaníes juntos constituyen el 86% del total. Por esta razón, sólo hablaremos de los marroquíes, senegaleses, argelinos y paquistaníes a fin de hacer una aproximación al perfil demográfico de la población «musulmán».

Todos estos cuatro comunidades muestran una tendencia similar en su evolución cuantitativa. Aunque la comunidad marroquí es mucho más grande que el resto, todos ellos han estado creciendo rápidamente desde mediados de la década de 1990.

spain1

spain2

Las cifras que hemos mostrado hasta ahora provienen del Padrón Municipal, que recoge los datos, que incluye a todos los residentes en cada municipio, independientemente de su estatus legal (inmigrantes regulares e irregulares por igual). Pero, al contrario de lo que comúnmente se piensa, la inmigración «musulmána» en España muestra un alto porcentaje de la legalidad. Desde el año 1996 el porcentaje de la legalidad entre los inmigrantes marroquíes siempre ha sido superior a 74% y es actualmente el más alto entre las diferentes comunidades de inmigrantes, cualquiera que sea su origen. En el siguiente gráfico se comparan las cifras de los marroquíes en España que ofrece el Padrón Municipal con los de los inmigrantes marroquíes con permiso de residencia:

spain3

Para el resto de las cuatro comunidades principales, el porcentaje de la legalidad a veces ha sido menor, pero nunca menos de 50%.

La distribución espacial de los «musulmanes» en España no es homogénea. Las cuatro provincias de Cataluña, especialmente en Barcelona (ver mapa de referencia), y las provincias de Madrid, Almería, Murcia, y las tres provincias de la Comunidad Autónoma de Valencia se concentran la mayoría de la población. Pero todas las provincias de España tienen una población «musulmána», nunca inferior a 500 «musulmanes».

Los marroquíes viven principalmente en Cataluña, específicamente en la provincia de Barcelona-donde más del 30% de la población total del marroquí en directo; sino también en Andalucía, principalmente en la provincia de Almería-Madrid, en la Comunidad Autónoma de Valencia-sobre todo en la provincia de Alicante y en Murcia.

spain4

Más del 30% de los argelinos viven en la Región Autónoma de Valencia – en las provincias de Alicante y Valencia, especialmente. Cataluña, Andalucía y Aragón tienen también una alta cantidad de argelinos, pero mucho menos de Valencia.

Cataluña también es el principal destino para la liquidación pakistaní (mucho más que en cualquier otro lugar), con más del 60% de la población total de Pakistán que residen allí.

Y, finalmente, Cataluña también tiene la mayor población de Senegal (33% de la población total), seguida de Andalucía, Comunidad Valenciana y Madrid. 

Cataluña, por tanto, es el centro principal de la solución de «musulmán» en España, especialmente la provincia de Barcelona con una población conjunta de los marroquíes, argelinos, senegaleses y paquistaní de 178.476 personas, que representan el 15% de la población total «musulmán» en España.

En las grandes ciudades la población «musulmána» representa un porcentaje relativamente pequeño de la población total. En Barcelona, ​​la ciudad con la mayor población residente «musulmána» (marroquíes, argelinos, senegaleses y pakistaníes número 30.814), que representan un 1,9% de la población total. Sin embargo, en la pequeña localidad de Manlleu (también en la provincia de Barcelona), que representan un 16,8% de la población total (20.505). Esta tendencia se puede observar en el resto de España. Tenemos Madrid con 0,9% de la población «musulmán», pero también tenemos Humanes de Madrid (un pequeño pueblo cerca de Madrid), con el 5,04% de la población «musulmán». Siempre encontramos la mayor concentración de población «musulmána» en aldeas agrarias como Talayuela (en la provincia de Cáceres, con 9.282 habitantes), con el 25,8% de la población «musulmána», o pequeñas ciudades como El Ejido (con una economía eminentemente agraria, en la provincia de Almería) con una población de 80.987 habitantes en la que la población «musulmán» representa el 19,5% de la población total. 3

En las grandes ciudades como Barcelona o Madrid, la concentración en determinados barrios es más alto, pero nunca tan alto. En Madrid, por ejemplo, nos encontramos con la mayor concentración en el barrio de Embajadores (en el centro de la ciudad, con una población total de 49.754 habitantes), con 9.61% de la población «musulmán» (y, por cierto, una comunidad muy importante de los bengalíes) . 4 La población «musulmán» en las grandes ciudades tiende a concentrarse en los barrios desfavorecidos, con una larga historia de la inmigración (nacional e internacional por igual). En este caso, la concentración de población inmigrante (de cualquier origen) suele ser muy alta, lo que supone un fuerte carácter multicultural.

Marroquíes, argelinos, senegaleses y pakistaníes, todos muestran muy diferente distribución por edad y sexo, debido a su diferente historia de la inmigración. La comunidad marroquí es la comunidad más tradicional de los inmigrantes en España como consecuencia de las cuales tiene un carácter más femenino que las otras:

spain5

El resto, senegaleses, argelinos y paquistaníes, muestran las pirámides típicas de las comunidades de inmigrantes recientes: principalmente los hombres en edad de trabajar. La pirámide de Marruecos todavía tiene ese perfil, pero también tiene un alto número de mujeres y niños. También muestra la existencia de una pequeña cantidad de ancianos, totalmente ausentes en las otras tres comunidades. En el caso de Marruecos, lo que refleja la formación de la familia y la estabilización de la comunidad.

Mercado de trabajo

Es la comunidad marroquí que cuenta con mayor número de trabajadores afiliados a la Seguridad Social [que viven de la asistencia social] que cualquier otra comunidad de inmigrantes: 238.048 (más de los 227.690 rumanos). Eso significa que el 33,5% de la población total de Marruecos está afiliado a la Seguridad Social, una tasa ligeramente inferior a la tasa media de la población total (38% afiliado).

Argelinos y senegaleses muestran una tasa aún más baja de la afiliación (29% y 28% respectivamente), pero los paquistaníes muestran una tasa similar a la de los marroquíes (33,8%).

La gran mayoría de los trabajadores «musulmanes» afiliados a la Seguridad Social son empleados. Sólo una pequeña minoría de los afiliados son trabajadores por cuenta propia (5,9% de los senegaleses, el 6,3% de los argelinos y el 6,9% de los marroquíes). Sólo paquistaníes muestran una imagen diferente, porque el 15,3% de ellos son trabajadores por cuenta propia. 5

El principal sector de empleo es el de servicios. El sector de la construcción ha sido tradicionalmente una fuente importante de empleo para los inmigrantes, y todavía lo es, pero su importancia ha disminuido en gran medida debido a la actual crisis del mercado de vivienda. Esta crisis ha afectado en gran medida los inmigrantes, de todos los orígenes. En el caso de los marroquíes, argelinos, paquistaníes y senegaleses, su tasa de afiliación a la Seguridad Social se ha reducido desde 2007, como podemos ver en las siguientes tablas:

«musulmanes» afiliados a la Seguridad Social por sectores de empleo

2007 Agricultura Construcción Industria Servicios Total
Argelinos 182 3640 2495 6888 13205
Los marroquíes 3251 66894 22413 77720 170278
Senegalés 244 4523 3147 6526 14440
Paquistaníes 91 4601 1683 9106 15481

2008 Agricultura Construcción Industria Servicios Total
Argelinos 202 1752 2050 6012 10016
Los marroquíes 3348 38434 18894 76422 137098
Senegalés 268 2145 2528 5827 10768
Paquistaníes 63 2694 1335 8689 12781

Fuente: Anuario Estadístico de Inmigración, 2007 y 2008, Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, Ministerio de Trabajo e Inmigración. Compilado por Fernando Bravo.

 

De hecho, la actual crisis financiera ha afectado a los «musulmanes» de trabajo en todos los sectores. Su presencia en los servicios, la industria y la construcción ha disminuido en los últimos dos años. Pero, al mismo tiempo, la presencia de marroquíes, argelinos y senegaleses en la agricultura ha aumentado un poco, posiblemente a causa de haber transferido de otros sectores.

Dentro del sector servicios, los marroquíes se emplean preferentemente en el sub-sector del comercio (22.498), y el subsector de la industria de la hospitalidad (22.127). Por otra parte, en el sector de la industria que están especialmente concentradas en el subsector de la industria manufacturera (18.528).

En el caso de los argelinos, también están especialmente concentradas en el sector servicios y, dentro de ella, en el subsector de mercado de bienes raíces (1840) y el sub-sector del comercio (1509). Pero entre los subsectores, el donde se emplean la mayoría de los argelinos es la industria manufacturera (2017).

Senegal también se concentran en el subsector de la industria manufacturera (2502). Dentro del sector servicios, de Senegal están empleados en el subsector de estado real del mercado (1631) y el sub-sector del comercio (1531).

Por último, los paquistaníes se emplean especialmente en la industria de la hospitalidad (3752) y el comercio (1920) subsectores.

Además de estas cifras, también tenemos que tener en cuenta que puede haber una proporción relativamente alta de los inmigrantes que trabajan en el «sector informal», pero no tenemos ninguna base sobre la cual basar las especulaciones al respecto.

Viviendas

No hay datos relativos a la vivienda de la población «musulmán» específicamente. Sólo podemos inferir su situación desde la situación general de la población inmigrante, según una encuesta publicada.

Según el Colectivo Ioé, el 87% de la población inmigrante de Europa del Este, África y América del Sur vive en una vivienda alquilada. En otras palabras, el 13% restante son dueños de casa. De este 87%, el 30% alquila una casa entera, mientras que el 47% vive en casas subarrendados, en el que sólo se alquilan una habitación o compartir el alquiler con otras personas. Este es el caso especialmente para los recién llegados. 6

Es interesante notar que, de acuerdo con la encuesta anterior, una mayoría de los encuestados piensa que la casa que dejaron en sus países de origen es más grande (84%), más cómodo (81%), y más tranquila (72%), que la casa en la que viven ahora. 7

La concentración de población inmigrante por barrio depende de la situación económica del barrio. En los barrios más ricos inmigrantes son poco presentes. Sin embargo, en los barrios más pobres de su concentración es muy alta. 8

Educación

La presencia de «musulmanes» en el sistema educativo es alto. El marroquí es la comunidad más grande de inmigrantes en el sistema educativo, sobre todo en la enseñanza preescolar y primaria, donde los marroquíes representan el 22% y el 16,4% de la población total de inmigrantes en ambos niveles educativos. Sin embargo, la situación es diferente en cuanto a la educación secundaria, donde los marroquíes representan la segunda mayor comunidad de inmigrantes (12,6%) después de los ecuatorianos (17,2% de la población total de inmigrantes en la educación secundaria). La situación es aún más alarmante en el nivel de Bachillerato, donde los marroquíes sólo representará a la Comunidad en el cuarto más grande con el 5,4% de la población total de inmigrantes, después de los ecuatorianos (15,4%), los colombianos (9,5%), los rumanos (8,8%) y argentinos ( 6%). En el ámbito de la formación profesional, la situación es un poco mejor: Los marroquíes son la tercera comunidad más grande (11,3%), después de los ecuatorianos (15,6%) y los colombianos (11,4%). En el Programa de Garantía Social (un programa de formación profesional diseñado para las personas que han completado su educación secundaria sin lograr los objetivos académicos correspondientes a ese nivel), los marroquíes tienen el mayor porcentaje (29,5%), lejos del 16,8% de los ecuatorianos. Por lo tanto, mientras que los marroquíes y los ecuatorianos tienen una población similar en el sistema educativo, los marroquíes están en peores condiciones una vez que pasan el nivel de educación primaria.

«musulmanes» en el sistema educativo 
(no universitaria. En comparación con otras comunidades)

TOTALES Infancia Primario Especial Secundario Bachillerato FP * Prog.GS ** Artístico Idiomas Deporte
Total 702392 119980 295477 2838 199548 28294 27683 7535 3562 17432 43
Argelia 5401 1492 2050 24 1292 161 182 82 10 108 0
Marruecos 108731 26440 48568 684 25247 1547 3142 2229 58 814 2
Senegal 3019 904 1056 14 724 34 103 159 0 25 0
Pakistán 3646 692 1600 41 1086 91 93 21 2 20 0
Rumania 76256 16345 35238 191 18909 2503 1686 571 293 519 1
Argentina 31788 3965 14205 104 8669 1740 1496 108 348 1141 12
Bolivia 34589 6399 16742 149 8871 853 997 324 28 226 0
Colombia 54915 4064 21093 189 21321 2689 3168 763 304 1320 4
Ecuador 101940 11595 44718 478 34332 4294 4318 1270 274 657 4
China 17942 3443 6534 34 5957 681 231 39 50 973 0

Fuente: Estadísticas Enseñanzas no Universitarias – Resultados Detallados – Curso 2007-2008, Ministerio de Educación, http://www.educacion.es/ . Compilado por Fernando Bravo.

NOTA: Me es imposible reducir este cuadro para que entre bien en el post, para verlo bien, ir al post original (en idioma inglés).

* FP: Formación Profesional (formación profesional). 
** Prog. GS: Programa de Garantía Social.

El resto de las comunidades «musulmanes» están escasamente representados en el sistema educativo, ya que, como hemos visto antes, la población de menores de 16 años de edad es muy pequeña. Los senegaleses, a pesar de tener una población más pequeña dentro del sistema educativo que el de los argelinos, argentinos, chinos y paquistaníes, representan un mayor porcentaje de la población inmigrante en el Programa de Garantía Social.

Además de las cifras que se muestran, se puede decir que la gran mayoría de la población inmigrante (incluyendo, por supuesto, los «musulmanes») asisten a escuelas públicas (82,7%), las escuelas públicas que representa el 73% del número total de escuelas en España . 9

Estado e Iglesia

Legalmente hablando, España es neutral vis-à-vis las confesiones religiosas. Su Constitución de 1978 establece que «ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones «(art. 16.3).

También se afirma que «la libertad ideológica, religiosa y de culto está garantizada, a los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley» (art. 16.1). Así que España es constitucionalmente un Estado laico en el que la libertad de religión y de pensamiento es a la vez reconocido y protegido.

Además de lo que estipula la constitución, en 1980 se aprobó una Ley de Libertad Religiosa.La Ley de Libertad Religiosa se desarrolla lo que la Constitución ya lo dice. En ella se estipula, por ejemplo, la necesidad de que las comunidades religiosas se registren en el Ministerio de Registro de Entidades Religiosas de Justicia con el fin de ser reconocidos por el Estado como entidades con «personalidad jurídica». Entre otras cosas, siguiendo el mandato constitucional de «mantener una cooperación adecuada» con las confesiones religiosas, también se estableció que el Estado «debe establecer, según proceda, los acuerdos de cooperación apropiados o convenios con las Iglesias, Confesiones o Comunidades religiosas inscritas en el Registro cuando se justifique por su influencia notoria en la sociedad española, debido a su dominio o número de seguidores «(artículo 7.1).

Esta «influencia notoria» es lo que en el texto original se llama «notorio arraigo». «Notorio arraigo» es un estatuto otorgado por el Estado a una confesión religiosa que reconoce que está muy arraigada en España. Se trata de un artificio legal que, en la práctica, discrimina algunas religiones en su relación con el Estado. Su falta de reconocimiento por parte del Estado les impide disfrutar de los «mismos beneficios y privilegios que los otros grupos con» notorio arraigo ‘». 10

En otras palabras, es solamente las confesiones con «notorio arraigo» que puede firmar un acuerdo de cooperación con el Estado. En la práctica sólo cuatro confesiones han hecho: la Iglesia Católica, la Comisión Islámica de España (CIE), la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE), y la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE). La Iglesia Católica firmó el acuerdo en 1979, otros en 1992. 11

No existe un convenio de cooperación para las otras confesiones, aunque algunos de ellos han sido reconocidos por el Estado como las religiones con «notorio arraigo». Por ejemplo, la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (en 2003), los Testigos de Jehová y los budistas (en 2007), han ganado el reconocimiento como confesiones con «notorio arraigo», pero no han firmado un acuerdo de cooperación con el Estado similar a la de los musulmanes, Judios y evangélicos. Eso convierte su reconocimiento como confesión de «notorio arraigo» en letra muerta. Además, las confesiones que no han ganado el reconocimiento como confesiones con «notorio arraigo» se encuentran en una situación aún peor de desventaja.

Sin embargo, ni el reconocimiento de «notorio arraigo», ni el establecimiento de un acuerdo de cooperación con el Estado garantiza la cooperación real, ni siquiera el reconocimiento práctico de los derechos que los acuerdos estipulan. No fue sino hasta recientemente que los principales artículos de los acuerdos de cooperación se pusieron en práctica y la verdadera cooperación entre el Estado y la musulmana, evangélica y judía comenzaron.

En todo caso, la Iglesia Católica siempre ha recibido un trato preferencial a manos del Estado. En el ámbito simbólico, en particular, el catolicismo tiene una fuerte presencia.Instituciones como la Corona, algunos ayuntamientos, algunas escuelas públicas, o de algunos hospitales públicos, a pesar de que son las instituciones del Estado ya pesar de la neutralidad que manda la Constitución, se identifican públicamente con el catolicismo y sus símbolos. La presencia de clérigos católicos (y los clérigos católicos solamente) en actos institucionales, así como la presencia de representantes de las instituciones del Estado en las ceremonias católicas (y en las ceremonias católicas solamente) es un lugar común.

Musulmanes en Política

La presencia de los musulmanes en la política es muy pequeña. Hay un miembro del Parlamento de Cataluña, miembro del Partido Socialista, Mohammed Chaib. Hay concejales de la ciudad en la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Ceuta, tanto en el Partido Socialista y el Partido Popular, 12 y también en la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla. 13También hay un concejal de la ciudad musulmana (miembro de la popular Parte) en un pequeño pueblo de Sevilla:. Gines 14

En octubre 2099 el primer partido islámico de España fue creado en Granada: 
el Partido del Renacimiento y Unión de España (PRUNE). Después de su creación, 
el partido se abrió delegaciones en otros puntos de España, pero tiene muy 
pocos partidarios. Su importancia dentro de la comunidad islámica en España es 
insignificante. 15

Organizaciones musulmanas

Las primeras organizaciones musulmanas fueron creados en las ciudades de Ceuta y Melilla (las ciudades autónomas españolas en el norte de África). 16 El primero que se registró en el Ministerio del Registro de Entidades Religiosas de Justicia fue la Asociación Musulmana de Melilla en 1968 (a la derecha después de la promulgación de la Ley de Libertad Religiosa franquista de 1967). Poco después, en 1971, el Mohamadia-musulmán Mahoma Zawiya de Ceuta también registró.

Por otro lado, un poco antes, el Jamaat Ahmadia del Islam en España fue creado en Pedro Abad, en la provincia de Córdoba (Andalucía), seguido por la creación de un año después, en Madrid de la Asociación Musulmana de España (AME). Ambas asociaciones fueron fundadas por los estudiantes que habían llegado a España en los años 1960 y 1970 de Líbano, Siria, Palestina, Jordania y Egipto, como consecuencia de la política de acercamiento entre el franquismo y los países de Oriente Medio durante ese período.

Más tarde, tras la muerte de Franco y la instauración de la democracia, pero un año antes de la promulgación de la Ley de Libertad Religiosa de 1980, la comunidad musulmana de España fue registrada en el Ministerio del Registro de Justicia. Esta asociación fue creada en Madrid y fue dirigido por Álvaro Machordom Comins.

Justo después de la promulgación de la Ley de Libertad Religiosa, nuevas asociaciones musulmanas llegaron a existir. Un buen número de ellos fueron guiados y compuesta por los conversos que han jugado un papel importante durante los primeros años del proceso de institucionalización del Islam en España. Sin embargo, ya en la década de 1980 algunas asociaciones formadas por las comunidades de inmigrantes comenzó a ser organizado. Es el caso, entre otros, de la Asociación Musulmana Autónoma de Jaén y provincia, inscrita en el Registro del Ministerio en 1983, con sede en la ciudad de Linares y creada por inmigrantes paquistaníes que trabajan en la industria minera.

Después de la promulgación de la Ley de Libertad Religiosa, los primeros pasos con vistas a la firma de acuerdos de cooperación entre el Estado español y las confesiones judías, evangélicas y musulmanas.

La primera condición requerida por la ley con el fin de firmar este tipo de acuerdos es que esas confesiones tenían el reconocimiento de «notorio arraigo». En el caso del Islam, la Comisión Asesora de Libertad Religiosa aprobó el reconocimiento del Islam como una confesión muy arraigado el 14 de julio de 1989. Para entonces, los protestantes y los Judios ya habían logrado este estatus.

Pero la firma de los acuerdos era sujeto a la existencia de un único representante del islam en España, un requisito exigido por el gobierno español. Con este fin, días antes de que el reconocimiento del Islam como una confesión de «notorio arraigo» en España, se creó la Federación Española de Entidades Religiosas Islámica (FEERI). Fue compuesto originalmente por nueve asociaciones religiosas islámicas con sede en Madrid, Granada, Sevilla, Almería, Ceuta y Melilla.

Unos meses después, la Asociación Musulmana de España (la misma asociación que en abril de 1989 se había presentado una solicitud oficial al Gobierno para el reconocimiento del Islam como una confesión de «notorio arraigo») creó la Unión de Comunidades Islámicas de España (UCIDE ).

La insistencia del Estado en la presencia de un único interlocutor junto con la falta de armonía entre las dos federaciones (FEERI y UCIDE)-algo que continúa en la actualidad-, se tradujo en la necesidad de crear una Comisión Islámica de España (CIE) como interlocutor con el Estado. Las dos federaciones se mantuvieron como entidades independientes dentro de la CIE y los principales puestos de la Comisión se distribuyeron por igual entre ellos. Hay, pues, dos secretarios generales, uno para cada federación, y cuatro altavoces, dos de cada una de las Federaciones. De hecho, las dos federaciones funcionan de forma independiente y el CIE se reúne sólo cuando se necesita el diálogo con el Estado.

En abril de 1992, se firmó el acuerdo de cooperación entre el Estado Español y la Comisión Islámica de España, pero hasta hace poco no se ha puesto en práctica. Islam no era un problema para preocuparse. Los atentados del 11 de marzo 2004 fue, paradójicamente, el incentivo para que el Estado tenga un mayor grado de cooperación con la comunidad islámica en España. La convicción de que los atentados fueron inspirados por algún imán radical incontrolado de alguna mezquita «clandestina» empujó al Gobierno que inicie una nueva política en relación con la comunidad islámica. 17

Pronto quedó claro que el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia era ineficiente en términos de proporcionar una imagen clara de la cantidad de mezquitas en España y su ubicación (porque el registro no es obligatorio, ni en la actualización de datos).Así, con el fin de fomentar la inscripción de mezquitas y asociaciones religiosas en el Registro, el Gobierno inició una política de financiación de los proyectos realizados por las comunidades religiosas (no sólo islámicos, pero ninguna comunidad religiosa afiliada a ninguna de las Federaciones que han firmado un acuerdo de cooperación con el Estado).Con el fin de alcanzar ese objetivo, el Gobierno creó la Fundación Pluralismo y Convivencia [Fundación Pluralismo y Convivencia]. Ahora los proyectos de los fondos estatales aplicados por las comunidades religiosas individuales, lo que en cierta medida remediar su situación de desventaja con respecto a la situación de privilegio de la Iglesia Católica, que recibe fondos del estado directamente (no vinculado a la ejecución de cualquier proyecto específico).

El resultado de todo lo que ha habido un aumento importante en el número de «entidades» islámicas registradas en la Secretaría del Ministerio (ver mapas). Así que, si bien ha habido un cambio importante en los últimos años, se ha producido principalmente como consecuencia de los problemas de seguridad, y sólo secundariamente para reparar la discriminación que las minorías han sufrido en España.

Durante estos años en los que el Estado ha buscado un diálogo más frecuente con los representantes de la comunidad musulmana en España, la falta de representatividad de la Comisión Islámica de España (CIE) ha quedado claro. 18 Las comunidades que se sienten insatisfechos con la gestión de el CIE, o no se sienten representados por él, han empezado a crear sus propias federaciones, algunas de ellas con un marcado carácter regional. En diciembre de 2009, un total de 23 Entidades Federativas islámica fueron registrados en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia. Además FEERI, UCIDE, y la propia CIE, así como las 10 federaciones regionales que UCIDE ha creado en los últimos años (en Ceuta, Aragón, Valencia, Madrid, País Vasco, Extremadura, Murcia, Cataluña, Castilla y León y en Castilla -La Mancha), las siguientes federaciones están registrados: Comisión Islámica de Melilla, Consejo Islámico de Valencia, Federación Islámica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la Federación Musulmana de España (FEME), Federación Islámica de Murcia, Consejo Superior Islámico de la Comunidad Autónoma de Valencia (CISCOVA), Federación de Comunidades musulmanas de Castilla-La Mancha, Español Federación Islámica de Cataluña (FICDE), y la Federación de más reciente creación de subsaharianos comunidades musulmanas para el Diálogo, Cultura y Derechos (FEDICD), y el Centro Islámico de Cataluña.

Con la excepción de la Comisión Islámica de Melilla, creado en 1989 y compuesto por cuatro comunidades (Asociación musulmana religiosa, del Consejo Religioso Musulmán, Comunidad Musulmana de Melilla y la Asociación Badr), todas estas asociaciones fueron hechas después de 2005 (sobre todo en 2008 y 2009 ). La creación de estas federaciones se explica principalmente por la falta de representatividad de FEERI y UCIDE y su inoperancia en busca de un mejor diálogo con las administraciones regionales. Entre las razones que han llevado a la creación de estas nuevas federaciones de la existencia de diferentes posiciones ideológicas no pueden ser ignorados.

A finales de 2006 se creó la Plataforma de Federaciones Islámicas de España, como el producto de la unión de cinco de las federaciones mencionadas. La Plataforma pretende acabar con el dominio que FEERI y UCIDE ejercen sobre el CIE. Con el fin de alcanzar ese objetivo, la Plataforma ha propuesto el cambio de los estatutos de la CIE, con el fin de permitir que nuevos actores se unan. Ese factor ha hecho que el funcionamiento de la CIE cada vez más difícil, más aún desde FEERI está inmerso en una crisis interna desde 2000. Las cinco federaciones que integran la Plataforma son la Federación Islámica de Murcia, Federación Española Islámica de Cataluña, el Consejo Superior Islámico de la Comunidad Autónoma de Valencia, la Federación Musulmana de España, y de la Federación Islámica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Como FEERI y UCIDE no pudieron llegar a un acuerdo para permitir que otras comunidades islámicas a unirse a la Comisión Islámica de España (CIE), en abril de 2011 representantes de 870 asociaciones musulmanas decidieron crear el Consejo Islámico de España, que incluyó aquellas comunidades sin representación en la CIE. El nuevo Consejo Islámico incluyó casi el 93% de las 916 entidades religiosas islámicas registradas en el Ministerio de Justicia.

El nuevo Consejo Islámico incluía un consejo de administración formado por el Presidente de la UCIDE, Riay Tatary; 3 miembros de la Federación Musulmana de España (FEME); el Vicepresidente de la Federación Islámica de Murcia, Benjelloun Munir; y el jefe del Centro Cultural Islámico de Valencia, Amparo Sánchez. 20

Educación Islámica

El Acuerdo de Cooperación entre el Estado Español y la Comisión Islámica de España estados (al igual que los acuerdos con los Judios y evangélicos) que, como la Ley de Educación incluye el derecho de tener acceso a la educación religiosa en las escuelas públicas y concertadas-privada, 21 islámica la religión debe ser enseñada en que los padres lo piden (artículo 10).

El Acuerdo también establece que la religión islámica será impartida por profesores designados por las comunidades pertenecientes a la Comisión Islámica. Los contenidos de la materia, así como los libros de texto serán también elegidos por las comunidades pertenecientes a la Comisión Islámica.

También se afirma que la Comisión Islámica podría crear sus propias escuelas, así como universidades y centros de formación islámicos.

Sin embargo, el acuerdo no se ha aplicado en un grado significativo. Islam se enseña en algunas escuelas. Por ejemplo, en Cataluña y en Madrid, donde la mayoría de la población musulmana vive, no hay un solo profesor de Islam. 22

Como podemos ver en la siguiente tabla, la enseñanza de las lecciones islámicas religión en las escuelas españolas es prácticamente inexistente.

Región Primario Secundario
ANDALUCÍA 16 No Data
ARAGON 3 0
ASTURIAS 0 0
BALEARES 0 0
PAÍS VASCO 1 0
ISLAS CANARIAS 1 0
CANTABRIA 0 0
CASTILLA-LA MANCHA 0 0
CASTILLA Y LEÓN No Data No Data
CATALUÑA No Data No Data
EXTREMADURA 0 0
GALICIA 0 0
MADRID 0 0
MURCIA 0 0
NAVARRA No Data 0
LA RIOJA 0 0
VALENCIA 0 0
CEUTA 13 0
MELILLA 11 0

Fuente: Ministerio de Educación y las distintas comunidades autónomas con competencias en materia de educación. Deseo agradecer a la Fundación Pluralismo y Convivencia por darme esta tabla.

El Ministerio de Justicia, a través de la Fundación Pluralismo y Convivencia, ha tratado de facilitar el desarrollo de este derecho mediante la estimulación de la publicación de dos libros de texto de religión islámica para primaria:. Descubrir el islam 1 y 2 Ambos libros han sido escritos bajo la supervisión de la Comisión Islámica.

Seguridad y Anti-Terrorismo Cuestiones

A pesar de los terribles atentados del 11 de marzo de 2004 (11-M), España no ha introducido una nueva legislación anti-terrorista. Sin embargo, un gran número de presuntos terroristas han sido arrestados y encarcelados.

El ensayo más importante de yihadistas targetted los implicados en los atentados del 11-M.

El juicio de los 28 acusados ​​duró 4 meses. 23 Finalmente, el juez condenó a 3 de los 8 acusados ​​principales a penas de prisión de entre 35.000 y 40.000 años. El resto recibió penas mucho más bajas. 24

También ha habido un juicio contra una célula terrorista vinculado a Al Qaeda con los atentados del 9/11. En este juicio, el acusado «Abu Dahdah», fue sentenciado a 27 años de prisión. 25

Otros ensayos se han realizado contra las células terroristas o células terroristas supuestos. En 2007 la Audiencia Nacional española (Audiencia Nacional) condenado a 5 miembros del llamado «comando Dixan» a 13 años de prisión. 26 Recientemente, 10 paquistaníes y un indio fueron condenados a penas de prisión de hasta 14 años después de haber sido encontrado culpable de la planificación bombardear el metro de Barcelona. 27

Según una estimación, casi el 50% de los acusados ​​de pertenecer a células yihadistas en España se han encontrado no culpable. 89 personas han sido juzgadas desde 2005 por la Audiencia Nacional española, de los cuales 42 fueron absueltos. Del mismo modo, las sentencias definitivas impuestas siempre han sido menos graves que las penas solicitadas por el fiscal. 28

Como vimos anteriormente, la preocupación por el terrorismo y la seguridad también ha guiado a la aplicación de medidas para mejorar las relaciones entre las comunidades estatales y musulmanes. Esta política ha allanado el camino para un diálogo más fluido entre los representantes del Estado y los de las comunidades musulmanas. También dio lugar a la aplicación de los Acuerdos de Cooperación.

Práctica islámica 
[Volver al principio]

Mezquitas

En mayo de 2004 había 235 entidades religiosas musulmanas 29 registradas en el Ministerio de Registro de Entidades Religiosas de Justicia. 30 A finales de 2008 había 641. Esto no quiere decir que eran todos fueron creados en esos cuatro años. Muchos eran, pero muchos otros se habían creado antes. La nueva política de cooperación entre el Estado y las comunidades musulmanas a través de la Fundación Pluralismo y Convivencia ha generado un mayor interés en registrarse en el Registro del Ministerio.

Según los Acuerdos de Cooperación entre el Estado Español y la Comisión Islámica de España, 31 mezquitas son espacios inviolables (artículo 2.2) y no pueden ser expropiadas por la fuerza sin que la Comisión Islámica de ser escuchada. Además, no podrán ser demolidos sin su carácter santo está quitando previamente, y sus archivos y documentos están protegidos por la ley.

Las Mezquitas en España son espacios predominantemente pequeños. Por lo general, se encuentran en garajes o almacenes en las afueras de las ciudades, porque las comunidades no encuentran fácilmente lugares mejores o porque las autoridades y / o locales y los vecinos se oponen a que las mezquitas están abiertas en los centros urbanos.

Hay muy pocas grandes mezquitas de nueva construcción en España, sólo cuatro: dos en Madrid (Mezquita de Abu Bakr y el Centro Cultural Islámico de Madrid), uno en Valencia (Centro Cultural Islámico de Valencia) y otro en Granada.

Hay proyectos para la construcción de nuevos grandes mezquitas en Sevilla y Barcelona, ​​pero todavía están en la etapa de trabajo en progreso. El proyecto de Sevilla se ha encontrado con la oposición seria a los vecinos. 32 La oposición a la construcción y apertura de mezquitas es común en España. Ha habido casos importantes, sobre todo en Cataluña.33

Recientemente (15 de julio de 2009) el Parlamento de Cataluña ha aprobado una ley que regula los lugares de culto, en un intento de resolver los problemas que las minorías religiosas (no sólo los musulmanes) se enfrentan cuando intentan abrir un nuevo lugar de culto. 34

spain6spain7

Cementerios

Hay 24 lugares de enterramiento islámico en España. La mayoría (14) son espacios especiales dentro de cementerios públicos. También hay una importante proporción de los cementerios islámicos Guerra Civil, creada durante la Guerra Civil Española para enterrar a los soldados marroquíes que lucharon en el bando franquista. De los cementerios de la Guerra Civil, algunos no están en uso ya, pero otros todavía están siendo utilizados por las comunidades musulmanas en España. El cementerio de Griñón (cerca de Madrid) es uno de esos.

También hay dos cementerios islámicos privadas, obras de dos comunidades musulmanas y utilizado sólo por ellos.

spain8

* El cementerio islámico de la guerra civil en Griñón (Madrid) Fuente:http://www.iesoa.pangea.org/IMG/jpg/clip_image001.jpg .

El Acuerdo de Cooperación establece que los cementerios islámicos gozarán de los mismos derechos legales que las mezquitas. Comunidades musulmanas tienen derecho a un lugar especial en los cementerios públicos, así como para tener sus propios cementerios. También tienen el derecho de ser enterrados de acuerdo a los ritos funerarios islámicos (artículo 2.5).

spain9

Masacre Halal

De acuerdo con el Acuerdo de Cooperación de la Comisión Islámica de España tiene derecho a tener comida sacrificada según el rito islámico y etiquetado como «halal», pero masacre islámica debe respetar las leyes de salud pública. También se afirma que las instituciones públicas como hospitales, escuelas y el ejército deben hacer su mejor esfuerzo para proporcionar a los musulmanes con alimentos halal cuando sea necesario (artículo 14).

Aparte de lo que afirma el Acuerdo y antes de su firma, la Junta Islámica, una organización islámica se unió principalmente por conversos, crearon el Instituto Halal en 1986 para proporcionar a los musulmanes con los alimentos etiquetados como halal.

Vacaciones

El Acuerdo de Cooperación de los Estados (artículo 12) de que los miembros de las comunidades pertenecientes a la Comisión Islámica tienen el derecho de pedir a dejar de trabajar los viernes con el fin de asistir a la mezquita (13:00-18:30). También tienen el derecho de terminar el trabajo una hora antes de la puesta del sol durante el mes de Ramadán. Sin embargo, tendrán que recuperar las horas perdidas.

Si se llega a un acuerdo entre los empleados y los empleadores, los musulmanes podían sustituir las fiestas comunes entre la población no musulmana con los siguientes días festivos islámicos: Al-Hiyra (1a. Muharram), Ashura (10 de Muharram), Idu al-Maulid (12 Rabiu al-Awwal), Al-Isra wa al-Mi’ray (27 Rayab), Idu al-Fitr (primero, segundo, tercero Shawwal), Idu al-Adha (10 º, 11 º, 12 º Du Al Hyyah)

Lo mismo es cierto para los estudiantes en las escuelas públicas.

Ceuta y Melilla, las ciudades autónomas españolas en el norte de África, fueron las primeras ciudades españolas para reconocer oficialmente una celebración islámica:. El Eid al-Kabir 35

Como una importante comunidad chií vive en Barcelona, ​​el Ayuntamiento también ha permitido la celebración de la Ashura con una procesión por algunas calles. 36

Matrimonio

Matrimonio islámico es reconocida por el Estado como legal si la novia y el novio cumplen los requisitos legales establecidos por la legislación española (Acuerdo, artículo 7).

No existen estadísticas sobre los matrimonios islámicos que tienen lugar en España, pero podemos hacer una aproximación a la cuestión al mostrar las estadísticas de matrimonios que han tenido lugar entre los españoles y los nacionales de países identificados con el Islam, y entre los nacionales de los países identificados con el Islam.

Año 2008 Esposa: Marroquí Esposa: Español Esposa: Senegal Esposa: Argelia Esposa: Pakistán
Marido: Marroquí 196 1557 0 4 0
Marido: Español 1012 x 0 25 0
Esposo: Senegal 1 161 0 0 0
Marido: Argelia 23 160 0 12 0
Marido: Pakistán 8 197 0 0 0

Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE: http://www.ine.es ). Compilado por Fernando Bravo.

Como podemos ver, hay más matrimonios entre españoles y marroquíes que los matrimonios entre los marroquíes. Esto es una indicación de que los matrimonios de residentes marroquíes en España, probablemente, y preferiblemente se llevan a cabo en Marruecos, no en España. Probablemente lo mismo puede decirse de senegaleses, argelinos y paquistaníes.

Hijab

A diferencia de Francia, no existe una prohibición legal sobre el uso del hijab en España. Las controversias, sin embargo se han ventilado en los medios de comunicación cuando ciertas escuelas trataron de evitar que las niñas musulmanas lleven el pañuelo en la cabeza. Estos pocos casos han sido pocos y distantes entre sí. 37

En todo caso, el discurso de los medios en España en relación con el hiyab ha sido fuertemente influenciada por la polémica en Francia, más que por los problemas reales en España.

Recientemente polémica se desató en los medios de comunicación sobre el caso de un juez que se negó a permitir que un testigo musulmana llevar el niqab y un abogado para llevar el hijab. El caso del abogado ha sido especialmente polémica ya que ella ha apelado ante el Tribunal Superior de Justicia español con el fin de tener el derecho de usarlo durante el procedimiento. 38

Cobertura de los medios, intelectual y Discurso Político 
[Volver al principio]

No existe un estudio exhaustivo de la cobertura de los medios de comunicación españoles del Islam y de los musulmanes, aunque existen estudios parciales que nos permite hacer una estimación de esta cobertura en los últimos años.

Si utilizamos el siguiente gráfico como una muestra de esta cobertura, podríamos concluir que el interés por el Islam y los musulmanes es relativamente reciente.

El País y ABC son dos de los principales periódicos de España. Ambos se dirigen a una amplia gama de lectores, aunque en distintos lados del espectro ideológico: liberal en el caso de El País, conservador en el caso de ABC. Diferentes como son ideológicamente, muestran una tendencia muy similar en el grado de atención que han prestado al Islam.

Las frecuencias de aparición de la palabra «Islam» en dos de los principales diarios españoles

spain10

Como podemos ver, que siempre han prestado atención al Islam, principalmente durante la crisis internacional como la revolución iraní, la guerra en la ex Yugoslavia, la guerra civil argelina, y sobre todo después del 9/11. Podemos identificar fácilmente cada crisis por los picos en la gráfica. Así que podemos llegar a las siguientes conclusiones: El Islam se asocia principalmente con la violencia, las guerras y los conflictos internacionales.

No podemos discernir cuántas noticias tratan el tema de la inmigración o de los musulmanes en España debido a la preocupación por estas cuestiones sólo se hizo realmente evidente después del 9/11. En el gráfico que se confunden fácilmente con noticias sobre, por ejemplo, el terrorismo, la guerra en Irak, etc

Antes del 9/11 los medios de comunicación prestaron poca atención al Islam. El País, como podemos ver, pagó un poco más de atención a la misma durante la guerra civil en Yugoslavia y Argelia, pero nada comparado con lo que sucedió después del 9/11. Antes de eso, el tema de «los musulmanes en España» fue tratado en el contexto de una preocupación más amplia con el tema «Inmigración». Islam todavía no era un asunto principal. La principal preocupación era la inmigración irregular y la integración de los inmigrantes. Y cuando los medios de comunicación, los políticos y los intelectuales hablaban acerca de la integración de los inmigrantes musulmanes, que casi invariablemente hablaron en términos generales acerca de su «cultura de origen», no específicamente sobre el Islam.Los objetos de preocupación eran magrebíes, y no musulmanes. Pocas personas pensaban de magrebíes como los musulmanes, sino como «moros» o moros (una categoría étnica que religiosa). Durante esos años el discurso negativo sobre la presencia de los inmigrantes magrebíes en España era parte de una reacción más amplia contra el multiculturalismo. 39

Sin embargo, esta actitud contra el multiculturalismo muy pronto dio lugar a una actitud negativa contra el Islam y los musulmanes, aún más después del 9/11. Pero fue sobre todo después de la publicación de La sociedad multiétnica [La Sociedad Multiétnica] a principios de 2001 por el politólogo italiano Giovanni Sartori, cuando se inició un debate nacional sobre el multiculturalismo y la integración de los musulmanes en España. Sartori argumentó en contra de la multiculturalidad y la identificó como una amenaza a la democracia. También consideró que los Estados europeos deben discriminar a los inmigrantes sobre la base de su «cultura de origen» y dar preferencia a la llegada de los inmigrantes con una cultura similar a la del país de acogida. Según Sartori, la entrada de inmigrantes musulmanes se debe evitar porque era tan difícil integrarlos. 40

El libro fue discutido ampliamente en los periódicos y fuertemente influenciado políticos, especialmente-pero no sólo-en el Partido Popular, entonces en el poder. Por ejemplo, Enrique Fernández Miranda, que en aquellos días era la secretaria de Estado de Inmigración, manifestó públicamente que estaba de acuerdo con Sartori sobre el tema de la multiculturalidad. 41 También inspiró Federico Trillo, el Ministerio de Defensa en 2002, cuando argumentó a favor de la la inclusión de los inmigrantes sudamericanos en el Ejército «, ya que son de nuestra cultura», y en contra de la inclusión de los inmigrantes de otras «culturas» (aunque los soldados musulmanes que ya son parte del ejército español). 42

Como hemos dicho antes, después del 9/11, el debate nacional sobre la inmigración, la integración y el multiculturalismo, rápidamente llegó a centrarse en el Islam y los musulmanes. El debate osciló entre los que equipara el Islam con el terrorismo y, por tanto, era una amenaza para el «oeste», y los que trataron de evitar este tipo de identificaciones.

La situación se agravó después de los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid. A pesar del dolor, la gente se mantuvo en calma y no eran pocos ataques racistas o islamófobos. Sin embargo, en los medios de comunicación, la situación era diferente. No pasó mucho tiempo antes de artículos de opinión de carácter islamófobo comenzaron a aparecer. En los siguientes meses, se produjo un debate en curso sobre la naturaleza del Islam, su carácter violento e intolerante , y la necesidad del Estado para controlar las mezquitas y lo imanes dijeron que no. 43

spain11

* Cubierta D7 ABC 2 de diciembre 2007 Fuente:.http://hemeroteca.abc.es/nav/Navigate.exe/hemeroteca/madrid/d7/2007/12/02/001.html.

En los últimos dos años la situación de los medios de comunicación parece haberse calmado. Como se observa en el gráfico anterior, la atención que se presta al Islam por dos de los principales periódicos de España ha vuelto a los niveles pre-9/11. Sin embargo, dada la actual crisis económica, la inmigración se ha convertido una vez más una preocupación importante, en los medios de comunicación, así como entre los políticos.

Por ejemplo, las autoridades municipales en una pequeña ciudad en la provincia de Barcelona, ​​Vic, recientemente decidieron impedir el registro de los inmigrantes irregulares en el Registro Municipal. Después de cierta controversia, el ayuntamiento dio marcha atrás y decidió obedecer las leyes en vigor. La controversia ha sido utilizado por el Partido Popular para pedir una reforma en la legislación en materia de inmigración y un «contrato de integración» para los inmigrantes. 44 Este «contrato de integración» fue propuesto por el Partido Popular en su campaña electoral de 2008 (que provocó una gran cantidad de la controversia). Se argumentó que el contrato era necesario hacer los inmigrantes obedecen las leyes, aprender la lengua y respetar las costumbres españolas. 45

Percepción pública del Islam, prejuicios y la discriminación 
[Volver al principio]

En septiembre de 2007, el Centro Español de Investigaciones Sociológicas (CIS) publicó los resultados de una encuesta nacional sobre actitudes hacia la discriminación por motivos de origen racial y étnico. 46 Los encuestados se les preguntó si pensaban que había grupos  étnicos, religiosos o culturales  que » No se mezclan con el resto de la sociedad «, y  los grupos que surgieron a la mente. 15,7% de los encuestados dijo que los «marroquíes, magrebíes, argelinos», 18,2% «musulmanes, mahometanos», 11,1% «árabes» y 7,9% «moros» o moros. Si juntamos todos estos diferentes identificaciones bajo la etiqueta de «musulmanes», entonces el resultado es que el 52,9% de los encuestados cree que los musulmanes no «se integran con el resto de la sociedad», muy lejos de los 18,3% que dijo que «los rumanos «, y el 17,2% que dijo» gitanos «.

La situación no ha cambiado mucho en la última década. Ya a principios de 2001, el «barómetro» del CIS mostró datos similares: Para los encuestados, los magrebíes (no hubo preguntas acerca de «musulmanes») fueron las comunidades menos agradables entre los inmigrantes. 47

De nuevo, en 2007, el Real Instituto Elcano (un grupo de expertos que declara ser independiente, pero que tiene fuertes vínculos con el Ministerio de Asuntos Exteriores español) publicó una encuesta en la que los resultados mostraron que el 96% de los encuestados cree que los musulmanes eran sexistas, el 90% pensaba que que eran autoritarios, el 68% que eran violentos, y el 37% de ellos tenían una «opinión negativa de la religión musulmana.» 48

Esto probablemente ha provocado incidencias de la discriminación contra la población musulmana, pero no tenemos ningún dato al respecto. Como la Constitución, nadie en España puede ser obligado a declarar sobre sus creencias religiosas, y las estadísticas de las quejas de discriminación no recogen la afiliación religiosa de las víctimas, ni su origen nacional o étnico. Además, es difícil determinar si un acto de discriminación o una agresión ha sido motivada por la identidad religiosa, étnica o nacional de la víctima. Se necesita una confesión explícita de su autor con el fin de aclarar este punto.

También podemos llegar a una conclusión acerca de la motivación del agresor si su acción tiene un componente simbólico. En ese sentido, las corrientes de la oposición a la apertura de mezquitas, a la que aludimos antes, bien podrían tener un componente islamófobo. Pero, incluso en esos casos, no siempre podemos concluir que esto es necesariamente el caso, ya que también encontramos situaciones similares cuando las iglesias evangélicas o templos testigos de Jehová van a ser abierto. También podemos identificar acciones simbólicas de carácter anti-islámico cuando nos encontramos, por ejemplo, esvásticas pintadas en las paredes de un cementerio islámico o una mezquita.

spain12

* Una Salida cruzado Esvástica en las paredes del cementerio islámico en Griñón (Madrid). Diciembre de 2009. Foto por Fernando Bravo.

Pero también podemos identificar acciones islamófobas perpetrados contra las instituciones y las personas que no tienen relación con el Islam. Por ejemplo, en mayo de 2008 el Frente Nacional español (un partido de extrema derecha) organizó una manifestación frente a Casa Árabe [Árabe House, una institución cultural dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores], porque ellos lo identificaron como un centro cultural islámico . 49

spain13

* Poster Frente Nacional en la manifestación en Casa Árabe con el alcalde de Madrid, Alberto Ruiz Gallardón, que llevaba un fez y diciendo: «¡Un Centro Cultural Islámico es exactamente lo que este barrio necesidades y eso es todo» Source:http://estaticos03.cache.el-mundo.net/elmundo/imagenes/2008/05/13/1210696499_extras_ladillos_1_0.jpg .

En todo caso, como se muestra en un estudio reciente realizado por el Instituto de Estudios Sociales Avanzados (IESA-CSIC), 50  hay mucha ignorancia sobre el Islam en España. La mayoría de gente no sabe nada sobre el Islam, y que ni siquiera pueden elaborar un discurso negativo sobre él. Las actitudes negativas hacia los musulmanes solían ser sobre la base de la tradicional aversión hacia los «moros», basadas en estereotipos racistas tradicionales: «el moro es sucio», «el moro es un mentiroso», «el moro es un ladrón», «el moro es perezoso «, etc

Bibliografía 
[Volver al principio]

ADR (2004): «Radiografía del islam», El País, 17 de mayo.

ABELLA, CARLOS MANUEL (2005): Los Discursos mediáticos about de la Inmigración y el multiculturalismo en España: análisis de los Editoriales de ABC, El Mundo y El País, 1994-2002, Tesis Doctoral, Departamento de Teoría y Metodología Para El Análisis Social , Facultad de Sociología, Universidad de la Coruña, La Coruña.

ABUMALHAM, MONTSERRAT (1995): Comunidades islámicas en España, Madrid, Trotta.

ABU-fez, JOSE (2001): «La presencia del Islam en Canarias: Una visión histórica», Diario de Asuntos de las Minorías Musulmanes, vol 21, n º 1, pp 79-92.

ABU-fez, JOSÉ (2002): El Islam y comunidad islamica en Canarias: prejuicios y Realidades,La Laguna (Santa Cruz de Tenerife), Universidad de La Laguna.

Aixelà, YOLANDA (2001): «¿Que nep ofende De Los» moros «? Discursos Sobre los Musulmanes y Sus Prácticas Sociales «, Scripta Nova: Revista Electrónica de Geografía y Ciencias Sociales, vol. 94, n º 59.

ÁLVAREZ DE MIRANDA, BERTA (2005): «La religiosidad de Los Inmigrantes Musulmanes: Marroquíes en Madrid, turcos en Berlín y bengalíes en Londres», Panorama sociales, n º 2, pp 129-143.

– (2007): «Aquí y allí realizada: Vínculos Transnacionales Y Comunitarios de Los Inmigrantes Musulmanes ES Europa», Real Instituto Elcano. Documento de Trabajo, n º 9, 14 de marzo.

Anuario estadístico de extranjería / Anuario Estadístico de Inmigración, años 1996-2008, Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, Ministerio de Trabajo e Inmigración,http://extranjeros.mtin.es/es/InformacionEstadistica/Anuarios/ .

ARAMBURU OTAZU, MIKEL (2002): Los Otros y Nosotros. Imágenes del inmigrante en Ciutat Vella de Barcelona, ​​Madrid, Ministerio de Educación.

ARIGITA, ELENA (2006): «En representación del Islam en España: Identidades musulmanas y la Impugnación de Liderazgo», el mundo musulmán, vol 96, n º 4, pp 563-584.

– (2007): «Autoridad religiosa y Representación del islam en la España Contemporánea», en PUENTE, CRISTINA DE LA y SERRANO, DELFINA (eds.): Activismo Político y Religioso en el Mundo Islámico Contemporáneo, Madrid, Siglo XXI, pp 27-44.

BRAVO LÓPEZ, FERNANDO (2002): Los Partidos Políticos Parlamentarios españoles ante la Inmigración (1999-2002), Tesis DEA, Departamento de Estudios Árabes e Islámicos, Universidad Autónoma de Madrid.

– (2004): «El Musulmán de como alter-ego irreductible: la expansión del Discurso culturalista», en LÓPEZ GARCÍA, BERNABÉ y Berriane, MOHAMED (eds.): Atlas de la Inmigración marroquí en España, Madrid, UAM-Observatorio Permanente de La Inmigración, pp 433-437.

– (2005): «culturalismo e inmigración musulmana en Europa», en PLANET CONTRERAS, ANA I. y RAMOS, FERNANDO (eds.): Medición Measurement hispano-Marroquíes: Una vecindad en construcción, Guadarrama, Madrid, Ediciones del Oriente y del Mediterráneo , pp 305-351.

– (2009): Islamofobia y antisemitismo: la construcción discursiva de las Amenazas Islamica y judía, Tesis Doctoral, Departamento de Estudios Árabes e Islámicos y Estudios Orientales de la Universidad Autónoma de Madrid, Madrid.

– (2009): «Islamofobia y antimusulmanismo en España: el Caso de César Vidal», Revista de Estudios Internacionales Mediterráneos, n º 8, pp 47-71.

CONTRERAS, JOSÉ MARÍA (2009): «Anexo 1: Marco Jurídico Que regula el campo Religioso en España», en GARCÍA ORTIZ, PUERTO y Hernando de Larramendi MARTÍNEZ, MIGUEL (eds.): Religion.es: Minorias Religiosas baño Castilla-La Mancha , Madrid y Barcelona, ​​Icaria-Fundación Pluralismo y Convivencia, pp 315-335.

DEL OLMO PINTADO, MARGARITA (2000): «Los conversos españoles al Islam: de Mayoría un Minoria porción La Llamada de Dios», Anales del Museo Nacional de Antropología, n º 7, pp 13-40.

DESRUES, THIERRY y PÉREZ Yruela, MANUEL (eds.) (2007): Opinión de los españoles en materia de Racismo y xenofobia. 2007, Madrid, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

ESCOBAR STEMMANN, JUAN J. (2008): «Activismo Islámico en España», Política Exterior, n º 124, pp 67-81.

ESCUDERO, Mansur (2006): «El islam, Hoy en España», en La realidad nueva religiosa española: 25 Jahr de la Ley Orgánica de libertad religiosa, Madrid, Ministerio de Justicia, pp 159-196.

ETXEBERRIA MAULEON, XABIER; RUIZ Vieytez, EDUARDO JAVIER VICENTE TORRADO y, TRINIDAD LOURDES (2007): Identidad Islamica y Espacio Público en el País Vasco , Gipuzkoa, Diputación Foral de Gipuzkoa. 
GARCÍA ORTIZ, PUERTO, et al. (2009): «esas Comunidades islámicas», en GARCÍA ORTIZ, PUERTO y Hernando de Larramendi MARTÍNEZ, MIGUEL (eds.): Religión.es: Minorias Religiosas baño Castilla-La Mancha, Madrid y Barcelona, ​​Icaria-Fundación Pluralismo y Convivencia, pp . 245-278.

GARRETA BOCHACA, JORDI (2000): Els musulmans de Catalunya, Lleida, Pagès Editors.

– (2000): «Inmigrantes Musulmanes en Cataluña», Revista Internacional de Sociología, n º 25, pp 151-176.

– (2002): «Inmigrantes Musulmanes En Una sociedad ‘laica’: Procesos de Creación, Consolidación Y RETOS de Futuro De Las Mezquitas», Papers: Revista de Sociologia, n º 66, pp 249-268.

HERNANDO DE LARRAMENDI MARTÍNEZ, MIGUEL (2001): «Imágenes del Islam en la España de hoy», en CATALÁ RUBIO, SANTIAGO y MARTÍ SÁNCHEZ, JOSÉ MARÍA (eds.):El Islam en España: Historia, Pensamiento, Religión y Derecho ( Actas del Primer Encuentro Sobre Minorias Religiosas, Cuenca, 21-22 de marzo de 2000), Cuenca, Universidad de Castilla-La Mancha, pp 63-73.

JABARDO, Mercedes (2006): Senegaleses en España. Conexiones Entre origen y Destino,Madrid, Observatorio Permanente de la Inmigración, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

JIMÉNEZ-Aybar, IVÁN (2004): Aspectos Institucionales Jurídico de do Estatuto,: El Islam en España Pamplona, ​​Gráfica Ediciones Instituto Martín de Azpilcueta de la Universidad de Navarra.

– (2005): «La Alimentación halal de los Musulmanes en España Aspectos Jurídicos Económicos y Sociales», Ius Canonicum, vol 45, n º 90, pp 631-666.

– (2005): «La Estructura Orgánica del Islam en España y la Aplicación del Acuerdo de Cooperación de 1992: Situación actual y Propuestas de futuro», en IZQUIERDO Brichs, Ferran y DESRUES, THIERRY (eds.): Actas del Primer Congreso del Foro de Investigadores Sobre el Mundo Árabe y Musulmán (FIMAM) (Bellaterra-Barcelona 17-19 de marzo de 2005) , Barcelona, ​​FIMAM.

– (2006): «Tras el 11-M: presente y futuro del Proceso de institucionalización del Islam en España», Derecho y Religión, n º 1, pp 67-86.

LACOMBA, JOAN (2000): «La institucionalizado musulmana Inmigración y el islam. La Figura de los imames inmigrados «, Migraciones, n º 7, pp 155-193.

– (2001): El islam inmigrado. Transformaciones y Adaptaciones de las Prácticas Culturales y Religiosas, Madrid, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

– (2001): «Inmigrantes senegaleses, islam Y cofradías», Revista Internacional de Sociología,n º 29, pp 163-187.

LACOMBA, JOAN y OLMO, NURIA DEL (1996): La Inmigración musulmana y do Inserción: Musulmanes en valencia , Valencia, Patronat Sud-Nord «Solidaritat i Cultura».

LÓPEZ GARCÍA, BERNABÉ (1994): «El regreso de los Musulmanes: la Inmigración marroquí en España o la Inversión de la ONU Ciclo migratorio; Marroquíes y argelinos en el Proceso de regularización en Murcia «, Carthaginensia: Revista de Estudios e Investigación, vol 10, n º 17, pp 113-134.

– (2002): «El islam y la Integración de la Inmigración social», Cuadernos de Trabajo Social, n º 15, pp 129-143.

LÓPEZ GARCÍA, BERNABÉ y Berriane, MOHAMED (eds.) (2004): Atlas de la Inmigración marroquí en España, Madrid, UAM – Observatorio Permanente de la Inmigración.

LÓPEZ GARCÍA, BERNABÉ y PLANET CONTRERAS, ANA I. (2002): «El Islam en España», en Hunter, SHIREEN T. (ed.): Islam, segunda religión de Europa. El nuevo panorama social, cultural y política, Westport (Connecticut), Praeger, pp 157-174.

LÓPEZ GARCÍA, BERNABÉ, et al. (2007): Arraigados. Minorias Religiosas en la Comunidad de Madrid, Madrid, Icaria.

LORENZO VÁZQUEZ, PALOMA (2004): La Enseñanza Islámica en la Comunidad de Madrid,Madrid, Universidad Complutense.

LOSADA, TERESA (2003): «El islam en España: pertenencias y Dinámicas Comunitarias.Del islam en Cataluña al islam de Cataluña «, en ROQUE, MARÍA ÀNGELS (ed.): El islam plural, Barcelona, ​​Icaria-IEMed, pp 353-360

LUCAS, JAVIER DE (2002): «La Inmigración ISLAMICA: de nuevo religión y Política en las Sociedades multiculturales EUROPEAS», laicidad y Libertades: Escritos Jurídicos, n º 2, pp 221-235

MARTÍN CORRALES, ELOY (2004): «Maurofobia / islamofobia y maurofilia / islamofilia en la España del Siglo XXI», Revista CIDOB d’Afers Internacionals, n º 66-67, pp 39-51.

MARTÍN MUÑOZ, GEMA (1994): «El islam en España hoy», en MARTÍN ROJO, LUISA (ed.):Hablar y DEJAR Hablar (Racismo y xenofobia Sobre) , Madrid, Universidad Autónoma de Madrid, pp 219-230.

– (Ed.) (2009): Musulmanes en Espana. Guía de Referencia, Madrid, Casa Árabe.

Metroscopia (2009): «La comunidad musulmana de origen inmigrante en España. Encuesta de Opinión 2008 «, Ministerio del Interior, 11 de Febrero.

MIJARES MOLINA, LAURA RAMÍREZ y FERNÁNDEZ, Francisco (2005): «Gestión del islam y de la Inmigración en Europa: tres Estudios de caso», Migraciones, n º 18, pp 77-104.

MIJARES, LAURA y RAMÍREZ, Angeles (2008): «Mujeres, pañuelo e islamofobia en España: un Estado de la Cuestión», Anales de Historia Contemporánea, n º 24, pp 121-135.

MOLINA, MARTA (2007): «Nuevos Musulmanes», El País, 31 de julio.

MORENO ÁLVAREZ, LUIS F. (2001): «El islam Positivo: la religión de los Jóvenes Musulmanes en España», Migraciones, n º 10, pp 249-295.

MORERAS, JORDI (1999): Musulmanes en barcelona: Espacios y Dinámicas Comunitarias, Barcelona, ​​CIDOB. 
– (2002): «Límites y contradicciones en el reconocimiento legal de los musulmanes en España», en Shadid, WAR y Koningsveld, PS VAN (eds .): La libertad religiosa y la neutralidad del Estado: La posición del Islam en la Unión Europea, Leiden, Peeters.

– (2002): «Los musulmanes en España: entre el patrimonio histórico y la construcción minoría», el mundo musulmán, vol 92, n º 1-2, pp 129-142.

– (2003): «¿Un islam en Cataluña o sin islam catalán» en ROQUE, MARÍA ÀNGELS (ed.): El islam plural, Barcelona, ​​Icaria-IEMed, pp 335-351

– (2004): «PREDICAR en tierra ajena: los papeles asumidos Por los imames En El Contexto migratorio», ponencia presentada en el 4 º Congreso sobre la Inmigración en España,Girona, 10-13 de noviembre.

– (2005): «Acuerdos et Désaccords. La régulation publique de l’islam en Espagne et en Catalogne dans sa dimensión locale «, en IZQUIERDO Brichs, Ferran y DESRUES, THIERRY (eds.): Actas del Primer Congreso del Foro de Investigadores Sobre el Mundo Árabe y Musulmán (FIMAM) ( Bellaterra-Barcelona 17-19 de marzo de 2005), Barcelona, ​​FIMAM.

– (2005): «¿Ravalistán? Islam y configuracion comunitaria Entre los pakistaníes en Barcelona «, Revista CIDOB d’Afers Internacionals, n º 68, pp 119-132.

– (2007): Els imanes de Catalunya , Barcelona, ​​Editorial Empúries.

– (2007): Els imanes de Catalunya: rols, expectativas i propostes de Formació, Barcelona, ​​Fundació Jaume Bofill.

– (2008): «¿Conflictos Por El Reconocimiento? Las polémicas en Torno a Los oratorios Musulmanes baño Cataluña «, en PLANET CONTRERAS, ANA I. y MORERAS, JORDI (eds.): Islam e inmigración, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, pp 53-79.

– (2008): Musulmans una Cataluña. Radiografia d’un islam implantat, Barcelona, ​​IEMed. 
MOTILLA DE LA CALLE, AGUSTÍN (2003): «El islam en España: marco legal», en ROQUE, MARÍA ÀNGELS (ed.): El islam plural , Barcelona, ​​Icaria-IEMed , pp 313-334.

– (Ed.) (2004): Los Musulmanes en Espana. Libertad religiosa e Identidad cultural de Madrid, Editorial Trota. 
NAVARRO, LAURA (2008): Contra el islam. La visión deformada del Mundo Árabe en Occidente, Córdoba, Almuzara.

– (2009): «Racismo y Medios de Comunicación: Representaciones del inmigrante magrebí en el cine español», Información y Comunicación. Revista Científica, n º 6, pp 337-362.

NOYA, JAVIER (2007): «Los españoles y el islam», . Real Instituto Elcano ARI, n º 47, pp 13-17.

PÉREZ-DÍAZ, Víctor; ÁLVAREZ-MIRANDA, Berta y CHULIÁ, ELISA (2004): La Inmigración musulmana en Europa. Turcos en Alemania, argelinos en Francia y Marroquíes en España,Barcelona, ​​Fundación «la Caixa». 
PLANET CONTRERAS, ANA I. (1997): «Asociacionismo e Islam: el acuerdo de Cooperación del Estado Español Con La Comision Islamica de España y Sus repercusiones en MELILLA y Ceuta «, Awraq, n º 18, pp 171-194.

– (1998): Ceuta y Melilla. Espacios-frontera hispano-Marroquíes, Melilla y Ceuta, Ciudad Autónoma de Melilla, Ciudad Autónoma de Ceuta, UNED-Melilla.

– (2001): «Un colectivo Islámico en la España de Hoy. Del sucursalismo a la desobediencia: Musulmanes y comportamientos Políticos en Melilla «, Anales de Historia Contemporánea, n º 17, pp 485-500.

– (2003): «El islam en Melilla y Ceuta», en ROQUE, MARÍA ÀNGELS (ed.): El islam plural,Barcelona, ​​Icaria-IEMed, pp 369-378.

– (2004): «El Islam y escuela», en LÓPEZ GARCÍA, BERNABÉ y Berriane, MOHAMED (eds.):Atlas de la Inmigración marroquí en España: Atlas 2004, Madrid, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la UAM, pp 420 .

– (2008): «Islam e inmigración: ELEMENTOS PARA UN Análisis y Propuestas de Gestión», en PLANET CONTRERAS, ANA I. y MORERAS, JORDI (eds.): Islam e inmigración, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, pp . 9-52.

PROESCHEL, CLAUDE: «Presentación general: España», Eurel. Datos sociológicos y jurídicos sobre las religiones en Europa.

RAMÍREZ FERNÁNDEZ, Francisco (1998): Migraciones, Género e Islam: Mujeres Marroquíes En España, Madrid, Agencia Española de Cooperación Internacional.

TARRÉS CHAMORRO, SOL (1999): «islamización de la vida cotidiana ‘: el Tablig en Sevilla», en CHECA, FRANCISCO y SORIANO, Encarna (eds.): Inmigrantes Entre Nosotros: trabajo, cultura y Educación intercultural, Barcelona, ​​Icaria, pp . 131-156.

– (1999): «Movimientos pietistas Musulmanes en España: el Caso del Tablig sevillano»,Transfretana: Revista del Instituto de Estudios ceutíes, n º 5, pp 149-164.

– (1999): «religiosidad musulmana en España: el Ramadán COMO Tiempo Festivo», Zainak.Cuadernos de Antropología-Etnografía, n º 18, pp 267-282.

– (2006): «Ritos funerarios en el islam: la praxis Entre los Musulmanes de Sevilla», Zainak.Cuadernos de Antropología-Etnografía, n º 28, pp 429-446.

Tatary bakry, Riay (2006): «El islam en España, hoy», La nueva Realidad religiosa española: 25 Jahr de la Ley Orgánica de libertad religiosa, Madrid, Ministerio de Justicia, pp 131-158.

Taules, SILVIA (2004): La Nueva España musulmana , Barcelona, ​​Debolsillo.

VALENCIA, RAFAEL (2003): «Los Nuevos Musulmanes», en ROQUE, MARIA ANGELS (ed.):El islam plural , Barcelona, ​​Icaria, pp 361-368.

VICENTE, ÁNGELES (ed.) (2004): Musulmanes En El Aragón del Siglo XXI , Zaragoza, Instituto de Estudios Islámicos y del Oriente Próximo.

ZAPATA-BARRERO, RICARD; GONZÁLEZ, ELISABET Y SANCHEZ MONTIJANO, ELENA (2008): El Discurso Político en Torno a la Inmigración en España y en la Unión Europea , Madrid, Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Observatorio Permanente de la Inmigración.

  1. (2009): «Cartografía de la población musulmana mundial. Un informe sobre el tamaño y la distribución de la población musulmana del mundo «, el Foro Pew sobre Religión y Vida Pública, octubre, http://pewforum.org/docs/?DocID=451 [última vista: 22 de diciembre de 2009].  ]
  2. Ha habido algunas estimaciones. Un informe del periódico, dijo que la población musulmán converso fue del 2,5% de la población musulmana total de España (1 millón); ver MOLINA, MARTA (2007): «Nuevos Musulmanes», cuarto de El País, 31 de julio. Juan José Escobar Stemmann dijo que era un 2%, sin proporcionar ninguna fuente; ver ESCOBAR STEMMANN, JUAN J. (2008): «Activismo Islámico en España», Política Exterior, n º 124, pp 67-81.  ]
  3. Todas las cifras del INE, Padrón Municipal, 1 de enero de 2008. [  ]
  4. Todas las cifras del Ayuntamiento de Madrid [Ayuntamiento de Madrid], Padrón Municipal, 1 de enero de 2008, http://www.munimadrid.es/estadistica/ .  ]
  5. Todas las cifras del Anuario Estadístico de Inmigración [Anuario de Estadísticas de Inmigración], 2008, Madrid, Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, 2009,http://extranjeros.mtas.es/es/InformacionEstadistica/Anuarios/Anuario2008.html .  ]
  6. Colectivo IOE (Carlos Pereda, Walter Actis y Miguel Ángel de Prada) (2005): Inmigración y Vivienda en España, Madrid, Observatorio Permanente de la Inmigración, pp 200-201.  ]
  7. Ibid., P. 203. [  ]
  8. Ibid.  ]
  9. http://www.educacion.es/mecd/estadisticas/educativas/dcce/Datos_Cifras_web.pdf . ]
  10. Véase el «Informe Internacional de Libertad Religiosa de 2009»,http://www.state.gov/g/drl/rls/irf/2009/127338.htm .  ]
  11. Vea los acuerdos (en español) en la página web del Ministerio de Justicia .  ]
  12. Ver una lista de los miembros de la  ]
  13. See http://www.melilla.es/melillaPortal/fdes_d4_v2.jsp?contenido=51&tipo=6&nivel=1400&pagina=home&language=es&codMenu=234&codMenuPN=231. [  ]
  14. http://www.webislam.com/?idt=10096 .  ]
  15. Ver http://www.partidoprune.org/ [  ]
  16. En la historia contemporánea del Islam en España ver PLANET CONTRERAS, ANA I. (1998): Ceuta y Melilla. Espacios-frontera hispano-Marroquíes, Melilla y Ceuta, Ciudad Autónoma de Melilla, Ciudad Autónoma de Ceuta, UNED-Melilla, pp 107-114; PLANET CONTRERAS, ANA I. (2001): «Un colectivo Islámico en la España de Hoy. Del sucursalismo a la desobediencia: Musulmanes y comportamientos Políticos en Melilla «, Anales de Historia Contemporánea, n º 17, pp 485-500; LÓPEZ GARCÍA, BERNABÉ y PLANET CONTRERAS, ANA I. (2002): «El Islam en España», en Hunter, SHIREEN T. (ed.): El Islam, la segunda religión de Europa. El nuevo panorama social, cultural y político, Westport (Connecticut), Praeger, pp 157-174; PLANET CONTRERAS, ANA I. (2008): «Islam e inmigración: ELEMENTOS PARA UN Análisis y Propuestas de Gestión», en PLANET CONTRERAS, ANA I. y MORERAS, JORDI (eds.): Islam e inmigración, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, pp 9-52;ARIGITA, ELENA (2006): «En representación del Islam en España: Identidades musulmanas y la Impugnación de Liderazgo», el mundo musulmán, vol 96, n º 4, pp 563-584; MORERAS, JORDI (2002): «Los musulmanes en España: entre el patrimonio histórico y la construcción minoría», el mundo musulmán, vol 92, n º 1-2, pp 129-142.  ]
  17. Durante varios meses después de los atentados, el Gobierno se encontraba bajo una fuerte presión para controlar las mezquitas y lo que se dijo allí. Véase, por ejemplo, (2004): «José Antonio Alonso, Ministro del Interior:« Es Necesaria Una ley Poder párr Controlar a los imames De Las Pequenas Mezquitas »», El País, 2 de mayo; (2004): «La Comision Islamica califica de dispar el Control de Los imames», El País, 03 de mayo; (2004): «El Gobierno QUIERE Llevar la ley de control de imames de Radicales al Pacto Antiterrorista», El País, 04 de mayo; (2004): «El Government Carece De Un Registro de imames y De Mezquitas párr ControlAR Locales A los islamistas», El País, 05 de mayo; (2004): «El Gobierno Estudia Una reforma paralegal el Control de Mezquitas e imames», El País, 8 de mayo; Ver también los 06 de mayo 2004 artículo de opinión «Interior De Las Mezquitas», también en El País.  ]
  18. Sobre la situación de la Comisión Islámica de España ver ARIGITA: «En representación del Islam en España». Sobre el fundamento de nuevas federaciones regionales véase el caso de Madrid y Castilla-La Mancha en LÓPEZ GARCÍA, BERNABÉ, et al. (2007): Arraigados. Minorias Religiosas en la Comunidad de Madrid, Madrid, Icaria; GARCÍA ORTIZ, PUERTO, et al. (2009): «esas Comunidades islámicas», en GARCÍA ORTIZ, PUERTO Y HERNANDO DE LARRAMENDI MARTÍNEZ, MIGUEL (eds.): Religion.es: Minorias Religiosas baño Castilla-La Mancha, Barcelona y Madrid, Icaria y la Fundación Pluralismo y Convivencia, pp . 245-278. ]
  19. CONSULTE :/ / http://www.publico.es/espana/369439/las-entidades-musulmanas-apuestan-por-la-unidad ]
  20. Ver CEMBRERO, IGNACIO (2008): «Marruecos convocación un mas de CIEN IMANES afincados en España», El País, 07 de noviembre; PAGOLA, JON (2009): «Fieles un control de Mohamed VI e islamistas pugnan Por El de los Musulmanes en España», ABC, 01 de noviembre.  ]
  21. Escuelas concertadas privado son escuelas privadas que reciben financiación pública.  ]
  22. Ver Ayllón, DANIEL (2009): «El islam Tiene 46 maestros párrafo 150.000 Alumnos», Público.es, 6 de septiembre.  ]
  23. «El Juicio Por los atentados del 11 de marzo en Madrid Qaeda de Visto párr Sentencia», Europa  ]
  24. (2007): «España: POR judicial Fallo el 11-M», BBCMundo.com, 31 de octubre;Romero, MANUEL y YOLDI, JOSÉ (2007): «El tribunal culpa a Una célula islamista del 11-M, descarta una ETA y desmonta los bulos amparados porción el PP», El País, 31 de octubre.  ]
  25. (2005): «La Audiencia Nacional Condena a 27 Años de Cárcel a« Abu Dahdah »POR Dirigir la célula española de Al Qaeda», ABC, 26 de septiembre.  ]
  26. (2007): «La Audiencia Nacional Condena a 13 Años de Cárcel a Cinco Miembros del ‘comando Dixan'», El País, 9 de Febrero.  ]
  27. (2009): «Condenados a Peñas de HASTA 14 Jahr los 11 islamistas Que planearon volar el metro de Barcelona», El País, 14 de diciembre.  ]
  28. (2009): «Absueltos Casi el 50% de los Acusados ​​porción Terrorismo islamista desde 2005 en España», LaVanguardia.es, 11 de abril.  ]
  29. En el derecho español una «entidad religiosa» es una organización religiosa con personalidad jurídica reconocida por el Ministerio de Justicia. Esa designación incluye a las comunidades religiosas, las asociaciones y federaciones. Por lo tanto, no se debe confundir con el número de mezquitas. Todas las mezquitas en el Registro de la Secretaría son las entidades religiosas, pero no todas las entidades religiosas son las mezquitas.  ]
  30. http://dgraj.mju.es/EntidadesReligiosas/ .  ]
  31. Acuerdo de Cooperación del Estado Español Con La Comision Islamica de España (Aprobado Por La Ley 26/1992 de 10 de noviembre, BOE de 12 de noviembre).  ]
  32. RINCÓN, REYES (2008): «La mezquita de Sevilla en sí Queda otra vez el pecado Consuelo error ONU porción municipal», El País, 17 de octubre.  ]
  33. Ver MORERAS, JORDI (2008): «¿Conflictos Por El Reconocimiento? Las polémicas en Torno a Los oratorios Musulmanes baño Cataluña «, en PLANET CONTRERAS, ANA I. y MORERAS, JORDI (eds.): Islam e inmigración, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, pp 53-79.  ]
  34. See http://www20.gencat.cat/portal/site/Departament-de-la-Vicepresidencia/menuitem.231745376b0b41e13a81e810b0c0e1a0/?vgnextoid=8360d49a17e72210VgnVCM1000008d0c1e0aRCRD&vgnextchannel=8360d49a17e72210VgnVCM1000008d0c1e0aRCRD&vgnextfmt=default. [  ]
  35. Ver (2008): «El Aid El Kebir de 2010 also Sera Día Festivo en Ceuta», Sur.es;Cembrero, Ignacio: «La fiesta del Cordero Sera oficial», El País, 30 de noviembre.  ]
  36. Ver (2009): «Los chiíes de Barcelona celebran la Ashura estafa Permiso del Ayuntamiento», ABC, 9 de Enero.  ]
  37. Sobre la cuestión del hiyab en España ver MIJARES, LAURA y RAMÍREZ, Angeles (2008): «Mujeres, pañuelo e islamofobia en España: un Estado de la Cuestión», Anales de Historia Contemporánea, n º 24, pp 121-135.  ]
  38. CEBERIO, MÓNICA (2010): «El supremo decidirá Sobre el USO Del ‘hiyab’ En el los juicios», El País, 15 de enero.  ]
  39. Ver ZAPATA-BARRERO, RICARD; GONZÁLEZ, ELISABET y SÁNCHEZ MONTIJANO, ELENA (2008): El Discurso Político en Torno a la Inmigración en España y en la Unión Europea, Madrid, Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Observatorio Permanente de la Inmigración; BRAVO LÓPEZ, FERNANDO (2002): Los Partidos Políticos Parlamentarios españoles ante la Inmigración (1999-2002), Tesis DEA, el Departamento de Estudios Árabes e Islámicos, Universidad Autónoma de Madrid; ABELLA, CARLOS MANUEL (2005): Los Discursos mediáticos about de la Inmigración y el multiculturalismo en España: análisis de los Editoriales de ABC, El Mundo y El País, 1994-2002, PhD Tesis del Departamento de Teoría y Métodos de Análisis Social, Universidad de la Coruña, La Coruña.  ]
  40. SARTORI, Giovanni (2001): La sociedad multiétnica. Pluralismo, multiculturalismo y Extranjeros, Madrid, Taurus.  ]
  41. BRAVO LÓPEZ: Los Partidos Politicos Parlamentarios, pp 69-71 [  ]
  42. Ibíd., Pp 72-73.  ]
  43. Vea algunos ejemplos de islamófobos artículos de opinión en los medios de comunicación españoles en NAVARRO, LAURA (2008): Contra el islam. La visión deformada del Mundo Árabe en Occidente, Córdoba, Almuzara; BRAVO LÓPEZ, FERNANDO (2009): Islamofobia y antisemitismo: la construcción discursiva de las Amenazas Islamica y judía, PhD Tesis del Departamento de Estudios Árabes e Islámicos, Universidad Autónoma de Madrid, Madrid. Ver también BRAVO LÓPEZ, FERNANDO (2009): «Islamofobia y antimusulmanismo en España: el Caso de César Vidal», Revista de Estudios Internacionales Mediterráneos, n º 8, pp 47-71.  ]
  44. Ver (2010): «Los alcaldes del PP Exigen Una reforma de la Ley de Extranjería», El País, 25 de enero; (2010): «El PP retoma la Creación de la ONU« Contrato de Integración »párr Inmigrantes», ABC, 23 de enero.  ]
  45. Ver (2008): «Rajoy Promete a Los Inmigrantes de la ONU« Contrato de Integración »SI GANA Las Elecciones», ABC, 06 de febrero.  ]
  46. Ver (2007): «Actitudes ante la Discriminacion Por origen racial Étnico y», 19 de septiembre de http://www.cis.es/cis/opencms/-Archivos/Marginales/2720_2739/2731/e273100.html . Datos similares se pueden encontrar en (2009): «Actitudes Hacia la Inmigración (II)», 20 de septiembre dehttp://www.cis.es/cis/opencms/-Archivos/Marginales/2760_2779/2773/e277300.html , y también en DESRUES, THIERRY y PÉREZ Yruela, MANUEL (eds.) (2007): Opinión de los españoles en materia de Racismo y xenofobia. 2007, Madrid, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.  ]
  47. Ver http://www.cis.es/cis/opencms/-Archivos/Marginales/2400_2419/e240900.html . [ ]
  48. NOYA, JAVIER (2007): «Los españoles y el islam», Real Instituto Elcano. ARI, n º 47, pp 13-17.  ]
  49. Ver FIGUERAS, AMANDA (2008): «El Tribunal Supremo de Justicia de Madrid autoriza Una Manifestación contra Casa Árabe», ElMundo.es, 14 de mayo.  ]
  50. El estudio está aún sin publicar. Estaba basado en grupos de discusión.  ]

FUENTE (ARTÍCULO ORIGINAL EN INGLÉS): Muslim Statistics

 

Por mi parte tengo que añadir que NO estoy de acuerdo con algunos puntos del artículo, sobre todo cuando se habla de «ataques islamófobos.

Si hay islamofóbia es porque ellos se lo han buscado, ni más ni menos. Efectivamente y de esto ya he escrito en otros post, el Islam NO es realmente una religión sino una ideología política, BRUTALMENTE TOTALITARIA (que, además, PERMITE, LEGALIZA Y HASTA ESTIMA RECOMENDABLES prácticas como la PEDERASTÍA (y no solo con niñas, sino también con niños (efebos), aunque luego son completamente intolerantes con la homosexualidad) y la ZOOFILIA. La pederastia con niñas llega hasta la permisión de los matrimonios de adultos, incluyendo ancianos ya en la tercera edad, con menores, con niñas de 9 años incluso, algo que hizo ese aberrante y depravado ser que era su «profeta», el tal Muhammad/Mahoma que, además, era también un auténtico bandolero y que predicaba armado hasta los dientes, llevando guardaespaldas igualmente armados y un tropel de seguidores organizados como un auténtico ejercito y todo esto pretenden imponerlo en las sociedades que les acogen como inmigrantes en el momento en que sean el número suficiente para poder optar incluso a formar parte de nuestros parlamentos e incluso gobiernos.

De cualquier manera, el artículo es muy completo y los datos son, además, datos oficiales por lo que creo que todos aquellos que aun siguen con las «gafas de madera», deberían quitárselas y ver la que nos aguarda pues el crecimiento de esta población es brutal y ya se empiezan a dar casos de musulmanes amenazando a la gente en barrios para que se convierta al Islam y en sus mezquitas se pone a la democracia y a la libertad individual como de herejía a destruir para ser sustituida por su maldita Sharia.

El cartel en el que se habla de un grupo de extrema derecha y efectivamente lo es, dice sin embargo la verdad, así actuó en su momento el Sr. Ruiz-Gallardón, siniestro personaje perteneciente al actual gobierno, supuestamente de derechas (¡ja! ¿ahora hemos inventado la «derecha keynesiana»?) que en su actual cargo de ministro de justicia, ha permitido, contra toda razón, la introducción en la legislación española de  una institución del derecho islámico: la kafala, según la cual, Los menores marroquíes que sean adoptados por españoles deberán ser educados en la fe islámica , algo absolutamente INTOLERABLE puesto que se niega el derecho que los padres, las familias, tienen de educar a sus hijos según ellos crean conveniente, sin intervención de nadie ajeno a ella, ni este, ese o aquel estado o esta o aquella autoridad, sea esta civil, militar, religiosa o de lo que sea y por tanto ¿quien es el estado marroquí para venir aquí con estas o quienes son los islámicos para EXIGIR (porque eso es lo que hacen estos BÁRBAROS DEL MEDIOEVO, EXIGIR) nada a nadie?, si quieren que los niños nacidos en países musulmanes, sea Marruecos o cualquier otro se ¿¿¿eduquen??? en esa bazofia de ideología, que se encarguen sus propios estados de hacerlo y en su territorio (claro que también son GILIPOLLAS todos aquellos que, bajo estas condiciones, adopten niños marroquies o musulmanes).

En fin, lo dicho, este post tiene unos datos y unas cifras perfectamente documentadas y nos avisan claramente de lo que nos espera sino REACCIONAMOS Y EXIGIMOS a esta «Casta impresentable de politicastros» que tenemos, por lo civil o por lo criminal que DEJEN DE BAJARSE LOS GAYUMBOS ante esta auténtica PANDEMIA, ante este CANCER que es el ISLAM.

STOPSHARIASTOPISLAM9

De regreso a la Edad Media.

jihadis

La sumisión de los dhimmíes

 
Increíblemente, estamos vivenciando una insólita realidad mundial donde vastos sectores humanistas, progresistas y de un gran espectro de la izquierda ven con simpatía el avance arrollador del Islam radical.
 
Todos hemos oído hablar del Islam radical, integrismo islámico o yihadismo. Todas estas expresiones son usualmente utilizadas para describir a las diversas manifestaciones ideológicas, políticas y militares ligadas a este Islam radical.

En Indonesia, el gobierno de Aceh, ha aprobado una trascendente ley que exige que todos los ciudadanos, musulmanes y no musulmanes, a obedecer la Shari´a.  

A la comunidad cristiana de la provincia de Raqqa en Siria, capturada por la organización radical Estado Islámico de Irak y el Levante (EIIL), se le ofreció tres opciones:
·        Convertirse al Islam
·        Seguir siendo cristianos pero vivir bajo la autoridad del Islam.
·        Pena de muerte
 
Optaron por la segunda opción, a ser dhimmíes que en la ley islámica, Shari´a que se conoce como Dhimmitud.
 
En estas dos trágicas experiencias se les impuso restricciones a los cristianos, como la de no construir conventos, iglesias y monasterios en las localidades donde viven ni tampoco rehabilitar los que estén destruidos; no podrán rezar fuera de sus templos ni exhibir cruces o libros santos.
 
Se les prohíbe que las iglesias toquen las campanas o usen altavoces ya que los musulmanes no pueden oír desde la calle los cánticos de los cristianos dentro de sus templos,  a cambio de la protección a los cristianos, sus familias y propiedades si cumplen con la Shari´a.
 
Por su condición de dhimmíes deberán pagar la “yizya” para que se les proteja y se les permita y tolere vivir bajo el Islam, se les cobraría a los cristianos una especie de impuesto a cambio de su protección: los más ricos deberán abonar el equivalente a 4,25 gramos de oro, mientras que a los sectores medios tendrán que pagar la cantidad correspondiente a 2,125 gramos y los más pobres a 1,625 gramos.
Los fieles cristianos no podrán poseer armas ni vender carne de cerdo o alcohol a los musulmanes, vestir de «forma modesta» pero eso sí, se les permite convertirse al Islam si así lo desean.
 
«El fundamentalismo es una ideología que incorpora una visión exclusiva de la verdad, es un fanatismo que hace ver el mundo, fuera de un pequeño círculo, como enemigos. El fundamentalismo se manifiesta como una intolerancia frente a la opinión, estilo de vida o cultura de los demás. El fundamentalista no razona, no evalúa, no dialoga». (Küng).

La Shari´a es la ley islámica, que entre muchas otras cosas, prohíbe beber alcohol, comer cerdo, la venta de tabaco, obliga a las mujeres a cubrirse el cabello yal uso del niqab o velo que cubre toda la cara menos los ojos y castiga con la pena de muerte el adulterio y la homosexualidad.
 
Quien haya bebido alcohol o transgredido los códigos islámicos serán castigados con entre seis y nueve azotes con vara. Tres violaciones del código de vestimenta como las mujeres que no se cubran la cabeza, recibirán nueve latigazos.
 
Esta severamente condenada la apostasía, la conversión al cristianismo, lucir cruces, estrellas de David o símbolos cristianos y judíos, la posesión de literatura cristiana, judía, agnóstica, etc. Una ley sexista donde el testimonio de un hombre vale más que el de dos mujeres en un juicio.
 
La Shari´a también obliga a pagar un impuesto: la “yizya”  a los dhimmíes (judíos y cristianos) para que se les proteja de la Espada del Islam y se les permita y tolere vivir en la región.
 

Un estado islámico discrimina a los musulmanes de los no-musulmanes pero garantiza a los no-musulmanes los derechos de dhimmíes (los del pacto), los súbditos no-musulmanes que viven en estos países y aceptan pagar la jizya (tributo) a cambio de protección y sumisión a la ley islámica. Esta condición se les a ofrecido primero a los cristianos y a los judíos pero está en discusión si pueden firmar este pacto con los comunistas y los ateos.

La jizya (tributo) es un impuesto de protección exigido a los no-musulmánes que viven en estos regímenes islámicos, es un símbolo de humillación y sumisión porque los dhimmíes no son considerados ciudadanos (“hasta que paguen el tributo forzosamente con humillación.” (Corán 9:29). La exención de la jizya se ha convertido en un estímulo para que los dhimmíes abandonen su fe y conviertan al Islam.

 
Los dhimmíes no pueden construir nuevas iglesias, ni templos ni sinagogas; a rezar ni a leer sus libros sagrados en voz alta en sus hogares e iglesias para que los musulmanes no oigan sus rezos; no pueden imprimir sus libros religiosos ni a venderlos en lugares públicos; tienen prohibido instalar una cruz o símbolos religiosos en sus casas, iglesias y sinagogas.
 
El desarrollo impetuoso de este peculiar Guerra Santa esta motivada en fundamentos celestiales y no terrenales, supuestamente deseada y ejecutada por santos guerreros y conduce inexorablemente a una importante recompensa: la paradisíaca salvación en un idílico paraíso de aquellos que combaten en su nombre
 
El Islam radical de  hoy y de siempre ya se ha lanzado a sangrientas e irracionales guerras religiosas, políticas y militares, su guerra santa ya esta en marcha y van en dirección de la conquista del mundo. A esto le denominan yihad y ellos mismos se autoproclaman yihadistas
 
Las reglas no son ni justas ni parejas pues en occidente se puede adherir a cualquier creencia o religión que se desee sin que lo castiguen, mientras que una persona que decide convertirse a otra religión bajo el Islam radical es considerada un paria y un criminal.
 
Los musulmanes en Occidente construyen con total libertad mezquitas, escuelas y centros educativos, difunden sus actividades libremente, mientras que cristianos, judíos, agnósticos, ateos y librepensadores no lo pueden hacer bajo el dominio del Islam radical.
 
Pero, lamentablemente en el mundo occidental numerosos movimientos y expresiones que aparentemente no tienen nada que ver con la yihad se han dedicado a reforzar decididamente a este fundamentalismo islámico, en una forma consciente o inconsciente.
 
Increíblemente estamos vivenciando una insólita realidad mundial donde vastos sectores humanistas, progresistas y de un gran espectro de la izquierda ven con simpatía el avance arrollador del Islam radical.
 
Dentro de pocos años ¿Seremos dhimmíes?
 

Dr. Guido Maisuls
Buenos Aires, Argentina.

FUENTE: «Cartas desde Israel»

Consejo de Ideología Islámica está en contra de la prohibición del matrimonio de menores de edad, lo considera no islámico

muslim-child-bride[Pak Tribune]  ISLAMABAD: El Consejo de Ideología Islámica (CII) decidió el martes que las leyes paquistaníes que prohíben el matrimonio de menores de edad son no islámicas.

Al final de su reunión de dos días el martes, la CII dijo que de acuerdo con el Islam no existe una edad mínima para contraer matrimonio. El Islam no prohíbe el matrimonio de los niños pequeños, dijo el consejo. Sin embargo, se permite que el rukhsati (consumación del matrimonio), sólo en el caso de que ambos cónyuges hayan llegado a la pubertad.

El fallo de la CII se produce un día después de que su presidente, Maulana Muhammad Khan Sheerani dijo que las leyes en relación con el segundo matrimonio de un hombre en presencia de la primera esposa estaban en contra de los principios religiosos.

«La Sharia permite a los hombres tener más de una esposa y exigimos que el gobierno debe enmendar la ley», dijo a los reporteros después de una reunión CII.

Las leyes requieren que un hombre haya escrito la aprobación de su esposa o esposas existentes para otro matrimonio.Sheerani instó al gobierno a formular las leyes de la sharia compatible relacionadas con nikah, el divorcio, la edad adulta y la «voluntad». De acuerdo con la constitución, la CII es una entidad de recomendación que aconseja el Parlamento en el proceso legislativo, pero no puede promulgar leyes propias.

El lunes, una reunión de la CII celebrada bajo la presidencia del Maulana Sheerani discutió exhaustivamente las familiares leyes islámicas 1961. La CII declaró anti islámica  una sección de la ley en la que un hombre está obligado a solicitar la aprobación explícita de su primera esposa para el segundo matrimonio. «En virtud de la sharia  un hombre no está obligado a solicitar la aprobación para el segundo matrimonio de la primera esposa», declaró Maulana Sherani.

FUENTE (ARTÍCULO ORIGINAL EN INGLÉS): Most Intolerant Religion

Esto evidencia una vez más lo que es el Islam, UNA ABERRACIÓN ABSOLUTAMENTE ATRASADA Y BÁRBARA. Deja de nuevo bien claro que el Islam ENTIENDE LEGAL LA PEDOFILIA Y LA PEDERASTIA sin el menor género de dudas, algo absolutamente INTOLERABLE en pleno siglo XXI.

Aquí no vale esa ESTUPIDEZ (que tanto le gusta a personajes siniestros como el ínclito Esteban Ibarra, ex-terrorista y hoy en día auténtico parásito social, pues vive de las subvenciones estatales sin haber dado un palo al agua en su vida) de que «son sus costumbres y hay que respetarlas». No, no es así, las costumbres BÁRBARAS no solo no merecen el más mínimo respeto si no que DEBEN SER ERRADICADAS TOTALMENTE. No vale eso de que «usted lo ve bajo el punto de vista occidental», eso es una mamarrachada, lo bárbaro es bárbaro aquí, en el norte de Europa, en Asia y en Groenlandia, igual que lo son costumbres occidentales como la caza del zorro en Gran Bretaña (creo que afortunadamente abolida) o las corridas de toros en España.

Lo bárbaro es bárbaro y punto y el Islam es todo barbarie.

Y basta ya también de hablar de «racismo» cuando se trata este tema, aquí de racismo nada, la palabra «racismo» es derivada de la palabra «raza» que tiene un significado bien claro y la raza la dan los genes, se nace de tal o cual raza y eso es impepinable y además no lo puedes abandonar, es para siempre. Por contra, las costumbres y/o ideologías se adquieren o (en el caso de las religiones la inmensa mayoría de las veces) te las hacen adquirir pero, SALVO EN EL ISLAM, al llegar a la mayoría de edad las puedes abandonar sin más.

Queda claro pues que el Islam es totalmente incompatible con la libertad, la democracia y los derechos humanos, así de claro y por tanto se debe ilegalizar y erradicar.

Y es que las pruebas mandan, como final de este post, dejo aquí esta otra noticia (y ya ha sucedido muchas más veces) que demuestra a que nos enfrentamos tolerando esta ideología disfrazada de religión, ideada por un resentido psicópata violento y depravado sexual, el tal Muhammad/Mahoma; el único profeta que yo sepa que predicaba armado, con guardaespaldas también armados y seguido por un ejercito también fuertemente armado. Menudo sujeto.

Esta es la noticia:

Un grupo de magrebíes da una paliza a un joven español en un parque de Tarrasa por pasear a su perro y hieren a dos policías que acudieron en su ayuda (leer artículo completo)

Y aquí tenemos este otro testimonio, con este tipo de gente tratamos. Vienen, adquieren todos los derechos, pillan todo tipo de subvenciones y así lo agradecen:

22738_105186312836638_100000358088697_127880_6026559_n

sharia3

La violación de la Sharia: ¿El «profeta» del Islam durmió con su esclava?

mahomapedofiloEn el «Santo» Corán hay una ley indulgente para Mohammed y otra mucho más estricta para todos los demás. El «Profeta» Mahoma rompió libremente todas las leyes islámicas que todo el mundo tenía que seguir o  serían severamente castigados. Se comportó similar a la realeza saudí de hoy.

Por ejemplo, forzó a  Aiysha a  casarse con él durante el sumun  de sus días de pedofilia. El padre de Aiysha se  opuso a casar a  con su pequeña de 6 años de edad Aiysha con  Mohammed, de 53 años de edad. Mohammed exigió al padre de Aiysha que cambiara de opinión costara lo que costara, el padre estuvo de acuerdo , y voilà , la ley había sido seguida. Este tipo de engaño y la mentira es común entre los musulmanes hoy en día, emulando a su profeta.

El sexo fuera del matrimonio era común entre los musulmanes árabes durante la vida de Mahoma. Los historiadores han encontrado evidencia de que constantemente tenían hijos fuera del matrimonio y participaban en relaciones sexuales con todo, desde los hermanos, hermanas, tíos, a veces incluso los padres y los cónyuges de los otros fuera del matrimonio, tanto para hombres como para mujeres. De hecho, eran tan notorios que rara vez sabían quiénes eran sus propios padres. Y el más notorio mujeriego promiscuo, bien descrito en el Hadith, que violó la sharia una y otra vez es propio profeta Mahoma. Lo habrían matado si hubiera vivido en un país de mayoría musulmana en la actualidad.

El Profeta del Islam, el ser humano perfecto (Insan-e-Kamil), envió a su esposa Hafsa a casa de su padre para poder dormir con su esclava María, una belleza egipcia. Hafsa volvió y cogió el santo profeta en el acto con María en la cama. Las esposas del Profeta se unieron para negarle el sexo sobre el engaño del profeta. Allah vino en rescate del profeta revelando el verso 66.5, que amenaza con divorciarse de todas ellas para que Allah le diera  mejores esposas, sumisas y más devotos, y el versículo 66:10-11, las amenaza con enviarlas al infierno por su desobediencia al profeta.

(VIDEO EN INGLÉS, NO TIENE ACTIVADA LA FUNCIÓN DE SUBTÍTULOS O AL MENOS A MI NO ME FUNCIONA)

ARTÍCULO ORIGINAL EN INGLÉS : THE MUSLIM ISSUE.

 

Mahoma-El-Gran-Violador-de-los-Niños-1-1024x745