Etiqueta: ENGAÑO

Maestros del engaño

Es quizá demasiado tarde para revertir el gran engaño al que hemos sido sometidos en España, pero no por eso vamos a dejar de señalar la mentira. El título de este artículo hace honor a un libro al que nos referiremos más adelante; los paralelismos con la situación actual ponen de manifiesto que poco ha cambiado.

Desde que surgió, el partido político Podemos ha hecho uso de todos los recursos tradicionales de una oposición comunista subversiva. Sus métodos no son nuevos, pero una sociedad cada vez más adoctrinada, infantil, confiada e ignorante es muy vulnerable a ellos. El comunismo es más que una doctrina, es una falsa religión materialista y utiliza el engaño para explotar a sus víctimas manipulando sus sentimientos. No hay límites en el engaño ni moral alguna detrás de el comunismo y el resultado final es siempre el mismo: esclavitud, violencia y miseria, como ha denunciado el expresidente Felipe González.

El ataque del comunismo va dirigido a todo el mundo, siempre tienen algo que venderle a cada persona. Ya sea aprovechando debilidades, calamidades, esperanzas, aspiraciones, prejuicios, miedos o ideales, la función del comunista es agitar a las masas para crear confrontación y tensión. Agitar y dividir: esa es la manera de ablandar una democracia. Esta agitación se lleva a cabo de manera especializada, manipulando a determinados colectivos como pueden ser los jóvenes, las mujeres, pensionistas, inmigrantes, trabajadores de una multinacional, agricultores, sindicatos…  Hay por supuesto una doble cara; siempre hay una consigna pública cuyo objetivo es manipular a las masas y otra que suele ser bien diferente, que es la línea interna del partido, cuyo objetivo es ayudar al avance del comunismo. Los aparentes cambios de opinión -muchas veces radicales y desconcertantes- a lo largo del tiempo son simplemente cambios de táctica, puesto que su objetivo final sigue siendo el mismo: el pleno comunismo.

Siempre disfrazan sus consignas y propuestas con cosas que todo el mundo puede desear y apoyar, como mejores salarios, más educación o mejor vivienda, que son intereses muy legítimos. Pero apoyar estas metas u otras no tiene nada que ver con ser comunista. Los comunistas simplemente manipulan y aprovechan esos intereses para sus propios fines. No son más que el cebo. Cuando hablan de restaurar la libertad de expresión en realidad se trata de controlar todos los medios de comunicación. Devolver el poder a los ciudadanos en realidad se trata de dárselo a un nuevo régimen comunista. Distorsionan la realidad para lograr su meta, como si no tuviésemos ya libertad de expresión o democracia. Por ejemplo, la nueva ley de seguridad ciudadana les hace más difícil la agitación en las calles, por lo que la han tildado de ley mordaza aunque no tenga nada que ver. ¿Quién no va a sentirse indignado por que lo “amordacen” sin motivo? así recaban el apoyo popular. La imagen de propaganda a la derecha del texto pone de manifiesto su miseria moral. En el caso del violento “Alfon”, por ejemplo, intentaron sin éxito recabar apoyo para un delincuente que había llevado un artefacto explosivo a una manifestación, intentando hacer creer que se trataba de una injusticiaen palabras de Pablo Iglesias. Campañas como esa están hechas para dramatizar a los comunistas como campeones de las masas: progresistas, iluminados, humanitarios o defensores de la libertad ante la inacción de la gente. Siembran discordia y canalizan el descontento social para manipular a grandes masas de gente, con el objetivo de que acaben abrazando el marxismo y la lucha de clases.

Cuando detrás de todos los partidos comunistas estaba, invariablemente, la Unión Soviética, muchas de esas consignas estaban destinadas no sólo a subvertir si no además a favorecer a la U.R.S.S. de manera directa, como ocurría con la oposición a las armas nucleares, la apertura al comercio con el bloque del este, el levantamiento de sanciones a países comunistas, etc. ¿Todo en favor de la paz? No, todo a favor del régimen comunista soviético que tenía un férreo control de todos los partidos comunistas a nivel mundial. Hoy en día no existe ya ese vínculo, pero la ideología -la religión comunista- pervive.

Con frecuencia es mucho más efectivo para los comunistas ejercer su acción de agitación a través de organizaciones no reconocidas como procomunistas, ya sean organizaciones en las que se han infiltrado u organizaciones de nuevo cuño creadas por ellos. Cuando apoyan, por ejemplo, reivindicaciones de “asociaciones” o de “colectivos sociales”, frecuentemente ellos mismos controlan esas organizaciones. Crean una reivindicación que dicen que es de toda la ciudadanía y se erigen en adalides de la justicia o la libertad apoyándola. Estas organizaciones suelen atraer a individuos politizados que, sin ser miembros del partido, suelen seguir sus consignas -los llamados “compañeros de viaje”. El origen de esta forma de subversión se remonta muy atrás, al panfleto político “¿Qué hacer?” publicado por Lenin en 1902. Como el partido era ilegal en Rusia necesitaba llegar a las masas a través de un gran número de organizaciones que aceptasen un amplio espectro de miembros. En España en la actualidad se pueden ver ejemplos como “Jueces para la democracia”, a la que pertenece Manuela Carmena y que en realidad es una amenaza a la separación de poderes y por tanto la democracia; el sindicato de técnicos de Hacienda Gestha, que apoya a Podemos siempre que puede; la presuntamente corrupta asociación de consumidores Facua, la plataforma PAH, etc.

COMUNISMO15Desgraciadamente, hoy en día se ha llegado mucho más allá. Desde mediados del siglo pasado y tras décadas de infiltración en universidades y medios de comunicación, la aceptación del comunismo, marxismo e ideas similares es mucho mayor. Lo que antes era más difícil de digerir para simpatizantes o engañados, que se revolvían al conocer que habían sido manipulados, hoy se puede hacer mucho más abiertamente, con una impunidad mucho mayor y ganándose la simpatía de muchos. Una acción clave para ganarse esa simpatía de las masas es utilizar a las minorías. Desde sus orígenes, el comunismo se ha autodenominado la “vanguardia de la clase obrera” y como tal ha buscado asumir el papel de protector y campeón de las minorías. Aunque muchas lo rechazaron por lo que es, un modo de vida descorazonador y totalitario que desprecia por completo la dignidad humana, ellos siempre están a la busca de nuevas víctimas. La aparente defensa de los derechos de los negros que hacía en Estados Unidos a principios del siglo pasado, por ejemplo, era sólo por el interés, muchos de ellos lo notaron bien pronto y su éxito en convencerlos fue muy limitado -se pueden leer numerosos ejemplos en el libro que citamos más adelante. Otros colectivos también objetivo de los comunistas han sido tradicionalmente las mujeres o los separatismos. La defensa hecha -a veces de manera velada, a veces abiertamente- del llamado “derecho de autodeterminación de los pueblos” por Podemos y que los ha llevado a aliarse con independentistas no tiene nada que ver con que quieran la independencia de nadie -en realidad no la quieren- si no que es una tradición comunista desde hace un siglo para manipular masas en países donde aún no han conseguido establecerse. Es más, incluso durante las décadas de dominio soviético en Europa del este, seguían manteniendo que eran una federación de repúblicas unidas voluntariamente y libres de iniciar una secesión cuando quisieran, cuando en realidad estaban sometidas por la fuerza. Otro frente donde los comunistas han estado particularmente activos tradicionalmente son grupos de minorías étnicas, nacionales o culturales, puesto que les proporcionan una base de acción además de fuentes de financiación externas. Bazares, danzas, picnics, eventos multiculturales, todo patrocinio vale para ganarse a nuevos adeptos a la causa. Volviendo a España hoy, no hay más que ver la Navidad multicultural de la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, o los esfuerzos por expropiar y ceder la Giralda y la mezquita-catedral al Islam.

Pero no acaban aquí los paralelismos de la España actual con Podemos y el mundo occidental del siglo pasado con el comunismo tradicional. Es bien conocido el odio comunista a los judíos y en España hemos visto como cargos públicos de Podemos han manifestado públicamente ese odio, como por ejemplo el concejal Guillermo Zapata con sus tuits que le valieron la reprobación de todos los partidos menos Podemos, que lo ha mantenido en su cargo. Esto no es nada nuevo, ya el propio Marx describía al judaísmo como “antisocial” y expresión del “egoísmo” judío. Marx, más que ningún otro líder comunista, pone de manifiesto la animadversión hacia los judíos. No podía ser leal a ambos así que, no contento con rechazar la tradición judía, buscó destruirla con todo su empeño con sus diatribas como cuando decía “el dinero es el celoso Dios de Israel al lado del cual no hay sitio para ningún otro”. Los emocionales exabruptos desmedidos de Hitler contra el judaísmo tienen también reminiscencias de ese odio anterior de los comunistas. Si bien el comunismo es particularmente hostil a los judíos, no es tolerante tampoco con cualquier religión con mayoría suficiente para poder hacer frente a sus ansias de control de la sociedad. Son sobradamente conocidos los abusos para erradicar la Iglesia ortodoxa en Rusia -o la Iglesia católica en España durante la Guerra Civil. Se lanzaron campañas de terror contra rabinos y sacerdotes apresados con el pretexto de haber cometido “crímenes contra el pueblo” o llevado a cabo actividades contrarrevolucionarias. La destrucción y quema de iglesias justificada como actos espontáneos de exaltados paisanos y trabajadores del pueblo para ocultar los verdaderos instigadores y perpetradores, los oficiales comunistas. No es de una naturaleza distinta la reciente agresión a Rajoy por parte de un joven de extrema izquierda.

Esta violencia contra los opositores o los disidentes es necesaria para instaurar o, al menos, para mantener el comunismo, pues de ninguna otra manera va a una población a tolerar el totalitarismo engendrador de miseria que es el comunismo una vez lo han conocido. Así, los líderes de Podemos -Pablo Iglesias e Íñigo Errejón- han expresado reiteradamente y sin pudor su inclinación por el uso de la violencia, antes de estar sometidos al escrutinio constante de los ciudadanos, como se puede ver en sus tuits que reproducimos a continuación. Tampoco han tenido pudor a la hora de expresar su orgullo por un candidato en sus listas condenado por agresión a un miembro del PSOE. Y ya hace tiempo que demostraron con hechos su disposición al uso de la violencia para acallar a quien se oponga a ellos, como en el “escrache” a Rosa Díez, en el que participaron Iglesias y Errejón o el asalto a la capilla de la Universidad Complutense que protagonizó la ahora concejal del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre.

La violencia ha demostrado ser parte integral y necesaria del proyectopodemos66 comunista totalitario de Podemos también en Venezuela, donde asesoraron al régimen chavista y con toda seguridad aprendieron de él. Tras años de comunismo chavista causando estragos en ese país, donde hoy es difícil encontrar medicinas y muchos productos básicos, el hampa amparada por el régimen está en las calles, la clase media ha sido destruida y se encarcela a los opositores; sólo la violencia puede mantener a los comunistas en el poder, como ha puesto de manifiesto el intento de golpe de Estado que está llevando a cabo Nicolás Maduro.

Nos entristece de sobremanera que se haya llegado a este extremo en la propagación del comunismo. Todos somos responsables, hasta el que no hizo nada, el que calló, el que les baila el agua por miedo o ignorancia, o el que se va de compadreo con los violentos. Es nuestra responsabilidad quitarle la careta al monstruo comunista y que el uso de la razón, el pensamiento crítico y el sentido del deber lo condenen a la irrelevancia que merece.

Masters of deceit: The Story Of Communism In America And How To Fight It fue escrito por John Edgar Hoover, primer director del FBI, en 1958. En él, examina el movimiento comunista en Estados Unidos y los principios del Marxismo-Leninismo. Ofrece además una visión completa de la historia del comunismo en Estados Unidos; las tácticas del espionaje comunista; la vida de los miembros del partido; el atractivo o la repulsa del comunismo por el americano medio; y en última instancia, cómo luchar contra el comunismo.

FUENTE: Pravda.es

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Podemos propone una ‘renta garantizada’ de 600€ y una ‘complementaria’ | Verdadera Izquierda

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RESUMIENDO Y A VER SI LOS CABEZONES SE ENTERAN BIEN ENTERADOS:

Lo que propone PODEMOS en realidad es que TODO el mundo gane casi lo mismo, BASTANTE POCO, así no habrá diferencias entre ricos y pobres ni esa falacia que llaman «lucha de clases» porque TODOS SEREMOS POBRES ¿QUEDA CLARO?.

¡¡Y OJO!!, CON RACIONAMIENTO. Para ellos, eso es «justo y democrático» porque así no habrá «acaparadores».

OLVIDAN EL LEGÍTIMO DERECHO QUE TODOS TENEMOS A IR A UNA TIENDA (por ejemplo) Y COMPRAR LO QUE NOS SALGA DE LOS GENITALES, dentro, claro está, DE LO QUE CADA UNO SE PUEDA GASTAR. PODEMOS lo arregla diciendonos «USTEDES TIENEN TANTO DE PAN A LA SEMANA, TANTO DE LECHE, TANTO DE … y en cuanto a lo mas lúdico, si hay (y la mayor parte de las veces te encontrarás con que no hay o hay para 10 y en la cola están 237) será también RACIONADO, nada de «bueno, pues ahora cojo y me llevo cuatro», no, no, UNA FOR PERSON (osea, para los 10 primeros de la cola)

ESTO ES LO QUE QUIERE METERNOS PODEMOS.

¡NO DEJAROS ENGAÑAR, COÑO!

PODEMOS ES BASURA ESTALINISTA.

ARTÍCULO COMPLETO: PINCHAR ENLACE.

Origen: Podemos propone una ‘renta garantizada’ de 600€ y una ‘complementaria’ | Verdadera Izquierda

Podemos: Es una rebelión, pero no un problema. Pablo Iglesias al descubierto.

Avatar de AldrosPODEMOS ARRUINARTE LA VIDA

En un magnífico artículo Almudena Negro, «Rebelión en Podemos: saquen las palomitas, llegan los piolets«, relata con detalle los vuelos de cuchillo que la rebelión en la granja podemita del pueblo llano (los de abajo, vaya) frente a la casta chavista están produciendo.

Tiene razón Almudena Negro cuando afirma que caerán purgas a granel, como tormenta de lluvia ácida; tal cual. Y tiene razón cuando dice que no habrá referendum, sin duda.

Pero si bien no se equivoca Dña Almudena cuando dice que los círculos están desapareciendo, se equivoca al pensar que esta «rebelión» es un problema para Pablo Iglesias.

Los círculos podemitas no están desapareciendo, los están reordenando; y Pablo Iglesias no se está enfrentando a ningún problema que no tuviese ya previsto en su agenda. Lo que sucede es que estamos asistiendo al necesario proceso de transformación de la iniciativa populista  en el partido totalitario y…

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La penúltima falacia de Podemos: sus cargos no ahorran ni un euro al contribuyente

Los miembros electos de Podemos a nivel municipal podrán cobrar hasta 5 veces el salario mínimo, más dietas aparte, y lo que sobre, al partido.

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«Los cargos electos de Podemos no cobrarán más de tres veces el salario mínimo interprofesional«. Ésta ha sido la proclama que los miembros del partido de Pablo Iglesiashan ido anunciando por los platós de televisión y en sus mítines. Y, aunque parezca que esto puede suponer un ahorro para las arcas públicas, no será así.

Según establece el reglamento interno de Podemos sobre la regulación de sus miembros electos a nivel municipal y provincial, impuesto a sus concejales tras las municipales del pasado 24 de mayo, Podemos exige que todo el sueldo que exceda los límites fijados «deberá ser objeto de donaciones al partido».

Aunque Podemos no se presentaba como tal a las elecciones municipales, aquellos miembros inscritos en el partido que hayan sido elegidos concejales en «candidaturas de confluencia», como Ahora Madrid, Barcelona en Común, Marea Atlántica, o incluso candidaturas ciudadanas no avaladas específicamente por Podemos, tendrán que donar parte de su sueldo a la formación.

Así pues, el supuesto ahorro de Podemos en sueldos políticos no es tal, ya que, al no haber renunciado a ninguna de las subvenciones públicas para financiarse, sus cargos electos no supondrán ni un euro menos al contribuyente. Es decir, el coste de sus cargos electos es idéntico al del resto de formaciones.

Según el citado reglamento, el salario a cobrar se sitúa, en general, en tres veces el salario mínimo interprofesional (SMI), pero, como máximo, el cargo podrá percibir hasta cinco veces el SMI (648,60 euros) en 14 pagas -unos3.800 euros brutos al mes- si tiene hijos, más dietas y desplazamientos aparte. Lo que sobre tendrá que destinarse, obligatoriamente, al partido.

En su artículo 8, sobre salarios, el citado reglamento fija lo siguiente:

1. La retribución neta mensual con la que contarán los cargos públicos y cargos electos de Podemos que participen en candidaturas de unidad popular y ciudadana será, como máximo, 3 veces el salario mínimo interprofesional español (648,60 euros), y 14 pagas al año.

2. A la cuantía anteriormente establecida se añadirá un 0,5 SMIs por cada hijo a cargo hasta un máximo de 2 SMIs adicionales.

Sueldo, por un lado, y dietas, por otro

Pero a este sueldo máximo de 5 salarios mínimos interprofesionales, hay que sumar dietas:

3. Los gastos de alojamiento y manutención, así como los desplazamientos para el ejercicio de sus funciones no se incluyen en ningún caso en dichas cuantías, y se considerarán justificadas conforme lo dispuesto anexo al presente Reglamento.

¿Y qué dice el reglamento a este respecto?

Se entenderán supuestos que dan derecho a indemnización los siguientes:

a) Los desplazamientos siempre que sean realizados con ocasión de la asistencia a las sesiones plenarias o de comisiones, reuniones del grupo municipal u otras que derivasen de la condición de cargo electo.

b) La manutención los días en los que se desempeñen funciones derivadas de la condición de cargo electo.

c) Alojamiento: siempre que se desempeñen funciones derivadas de la condición de cargo electo a más de 100 kms de distancia de la localidad donde se encuentre empadronado el sujeto causante.

En cuanto a las dietas por traslado:

Se entenderán cuantías justificadas, las correspondientes a los importes de los billetes de transporte público utilizado, que será siempre el medio preferente de transporte, en clase turista, segunda clase o equivalente siempre que resulte posible. El tren será el medio de transporte preferente, y sólo se entenderán justificados los billetes de avión cuando no exista una alternativa en ferrocarril o por carretera siendo menor a 5 horas su duración, o bien cuando sea imprescindible por presiones horarias.

En casos en los que no sea conveniente el uso de transporte público o éste sea inexistente se emplearáautomóvil particular, entendiéndose justificado en este caso el importe compensatorio a calcularmultiplicando 0,19 euros por los kilómetros recorridos en el desarrollo de las funciones.

Con carácter general no serán compensables los gastos generados por garajes o superficies de aparcamiento. Siempre que no tengan carácter permanente, se podrán compensar cuando circunstancias de ubicación, tiempo o seguridad así lo requieran, los gastos de aparcamiento, siempre que no se superen 100 euros/mes por este concepto y una vez presentada la justificación de necesidad y el comprobante físico del gasto.

Dietas por alojamiento:

Cuando el desempeño de las funciones derivadas de la actividad de representación traiga como consecuencia la necesidad de pernoctar fuera del lugar donde estuviese empadronado el cargo electo, se generará derecho a percibir dieta por alojamiento en las siguientes condiciones:

Dicha necesidad podrá ser regular, al estar empadronado el cargo electo a más de 100 kms de la sede institucional de representación, o ocasional, al desarrollar funciones puntuales que requieran desplazarse a más de 100 kms de distancia de su vivienda habitual o de cualquier otra residencia. En estos casos, se compensará el gasto abonando al derechohabiente de las siguientes maneras:

– Por el coste del alquiler de vivienda en la ciudad donde resida la sede institucional de representación. Será necesario presentar contrato de alquiler suscrito por el derechohabiente, así como declaración jurada de no contar con vivienda en esa localidad. En estos casos, el coste máximo a indemnizable será el siguiente:

  • Ciudades de menos de 500.000 habitantes: 600 euros/mes
  • Ciudades de entre 500.000-1.000.000: 750 euros/mes
  • Ciudades de más de 1.000.000 de habitantes: 850 euros/mes

Estas cantidades se podrán incrementar un 25% por cada persona a cargo que se desplace a viviren el domicilio de alquiler, siempre que se acredite el empadronamiento en la ciudad correspondiente y siempre que no desarrolle actividad remunerada o perciba ingresos por valor superior a un SMI.

– En aquellos supuestos en los que las tareas impliquen de modo ocasional realizar funciones fuera de los lugares de residencia (habitual o no), se indemnizará al derechohabiente con la cuantía de la factura de alojamiento, una vez presentada la misma, con un máximo de 50 €/noche, siempre que no hubiese sido la actividad sufragada con cargo al presupuesto institucional. Cuando las ciudades a que se refiere el apartado anterior sean ciudades de más de 1.000.000 habitantes, la cuantía máxima indemnizable serán 60 €/noche.

Y dietas por manutención:

Solo se generará derecho a dietas por manutención los días en los que hubiese sesión(bien de pleno o bien de comisión), así como cualquier otra reunión del grupo y se acredite su asistencia. Se devengarán las siguientes cuantías:

– Si las funciones desempeñadas obligasen a realizar una de las dos comidas principales en el lugar de trabajo se generará derecho a media manutención, que se cifrará en 12€. Se entenderá concurre esta circunstancia cuando el desarrollo de las tareas se inicien con anterioridad a las 12:00 horas y concluya con posterioridad a las 16:00 horas.

– Si las funciones desempeñadas obligasen a realizardos comidas principales en el lugar de trabajo, se generará derecho a manutención completa, que se cifrará en 30€. Se entenderá concurre esta circunstancia cuando el desarrollo de las tareas se inicien con anterioridad a las 12:00 horas y concluya a partir de las 21.00 horas.

El resto, para Podemos

Ahora bien, tras las cuantías citadas anteriormente (sueldo más dietas), lo que sobre no supondrá ningún ahorro para el contribuyente, ya que se destinará a financiar al partido. Así, tal y como señala el artículo 8.5:

La parte restante del salario percibido por los cargos electos será objeto de donación en los términos establecidos en el presente Reglamento.

En este sentido, el artículo 9 detalla lo siguiente:

Donaciones de cargos electos

1. El importe de la retribución neta mensual, entendido éste como la suma del salario que supere el límite establecido y las dietas no justificadas, deberá ser objeto de donaciones al partido en un 75% y a causas sociales en un 25%. La parte destinada al partido irá asignada al Consejo Ciudadano correspondiente, en función del tipo de cargo público.

2. El dinero de las donaciones a fines sociales pasará a formar parte del fondo IMPULSA por el que las personas inscritas en Podemos podrán decidir las prioridades y determinarán qué proyectos serán financiados de acuerdo al propio reglamento de IMPULSA aprobado por el Consejo Ciudadano.

3. Únicamente en situaciones donde se apreciase circunstancias de fuerza mayor, especiales o extraordinarias, podrá un cargo electo alterar los porcentajes previstos del apartado 1 del presente artículo o definir el proyecto social al que destina su donación. Estas circunstancias deberán ser en todo caso apreciadas por el Consejo Ciudadano Municipal.

FUENTE: Libre Mercado.

pabloiglesias1

La chacha de Lenin – Hermann Tertsch / ABC 

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EL secretario general de Podemos dirige ya sin pudor toda la política de alianzas de las diversas listas tras las que se escondió su partido para acudir a las elecciones municipales. Ya no es necesario andar por ahí diciendo tonterías de que AhoraMadrid no es Podemos o Manuela Carmena no es de Podemos. Son Podemos con muchos tontos útiles y unos cuantos listos útiles como Carmena. Y por eso es su jefe, Pablo Iglesias, quien decide qué van a hacer en cada momento. Con quién se van a aliar y con quién no. Como ahora ya van las cosas en serio y deprisa y de cara a las generales hay que ir a lo que importa que es coger parcelas de poder, control de instituciones y recursos, ya se han dejado todos de tonterías de simular escrúpulos con la corrupción de los socios necesarios. De ahí que poco importe el…

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DIMISIÓN IRREVOCABLE como Consejero Ciudadano de Podemos Santander

ESTÁ BIEN CLARÍTO, PODEMOS ES, ENTRE OTRAS MUCHAS COSAS (Y NINGUNA DE ELLAS BUENA) UNA SUPERLATIVA ESTAFA.

La misiva, con nombre, apellidos y otros datos, NO TIENE DESPERDICIO.

A la Atención de los Srs.

D. José Ramón Blanco Gutiérrez. Secretario General Podemos Cantabria

D. Juan Manuel Brun Murillo. Secretario General de Podemos Santander

Comisión de garantías de Cantabria

Muy Sr. mío,

Por medio de la presente carta, le hago participe de mi decisión de presentar mi DIMISIÓN IRREVOCABLE como Consejero Ciudadano de Podemos Santander.

Los motivos de esta dimisión son de sobra conocidos, pero no tengo ningún problema por enumerarlos de nuevo.

Esta renuncia, se comenzó a gestar el día 3 de enero de 2.015, en la reunión de constitución del CCS, cuando comprobé que la mayoría de los miembros, además haber mentido en el círculo de Santander y crear una lista plancha, no habían aceptado democráticamente los resultados electorales que promovieron a D. Juan Manuel Brun Murillo como S.G., y mostraron ya, como iba ser su ejecutoria en este consejo, bloqueo, rodillo antidemocrático y todo tipo de trabas legales que convirtieron el CCS en un lugar de conflicto y enfrentamiento en lugar de un grupo de gestión para el desarrollo de política ciudadana.

Capitulo aparte por su gravedad, merecen las agresiones tanto físicas, afortunadamente en grado de tentativa, como verbales en todas sus formas que han sufrido los miembros del consejo que este grupo no entendía afín a sus ideas.

En segundo lugar, este deseo de renuncia, se agravó en la campaña al CC Cantabria, en la que no participé, con la gestión de campaña del grupo denominado Claro que Podemos, y la participación en actos contra otros compañeros de Podemos de miembros de la cúpula estatal del partido. Considere especialmente grave el hecho que el propio equipo de dirección del partido crease “familias enfrentadas” algo que se supone odiábamos de los partidos tradicionales, esos que ellos denominaban “casta”. Ahora si se lo que es CASTA.

Otra mención quiero dedicar a la iniciativa municipalista ahora denostada, casi odiada por su vileza, solo en Santander por cierto, y la trayectoria del proceso. Desde la Asamblea Ciudadana de Vista Alegre, se apostó porque Podemos no acudiese con sus propias siglas a las elecciones municipales del 24 de mayo, pero se insto a que los CC municipales promovieran la participación de la ciudadanía en las plataformas existentes, donde las hubiese, o provocasen su creación en los demás lugares. Este reto fue asumido por el CCS creando un área al efecto bajo mi responsabilidad. Después de muchas reuniones y tentativas diversas se llego a comprobar la enorme dificultad que en una capital tenía la Agrupación de Electores y comenzamos a fijarnos que hacia Podemos en otros lugares, entendimos que como compañeros de proyecto la experiencia de unos podría ayudar a todos.

El propio Sr. D Jesús Montero Delgado, como es conocido SG de Podemos Madrid y miembro del CCEstatal, nos indujo la idea del partido instrumental, sus palabras textuales fueron “no os compliquéis, la agrupación es imposible, la solución es el partido instrumental que es lo que hemos hecho en Madrid y se está haciendo por ahí”. Desconozco a día de hoy como se hallara el proceso de expulsión del Sr. Montero Delgado tras recibir la última circular del CCE con fecha 9/4/2015.

Esto es exclusivamente lo que se ha llevado a cabo en Santander, por miembros de Podemos, que estaban trabajando en el área de iniciativa ciudadana, un numeroso grupo de personas de toda condición así como asociaciones y colectivos vecinales que han querido mantener discreta su relación.

Creo que el CCS o la mayoría de miembros del mismo, no recuerdan que su tarea es ejecutar las líneas decididas en asambleas y no posee las competencias para cambiar las mismas, y personalmente no recuerdo ninguna asamblea que haya decidido en contra de la iniciativa ciudadana en Santander.

Por último, la lamentable actuación de Claro que podemos a nivel Cantabria y Estatal durante el último proceso de primarias, acompañada por el vergonzoso seguidismo del las Comisiones de Garantías, que nunca pueden ser imparciales cuando son parte, son la gota que colma el vaso de mi decepción.

Confieso que CREÍ en el proyecto de Podemos, un discurso de honradez, no somos como la casta, somos ciudadanos empoderados, el poder por el pueblo desde el pueblo… Yo que llevo luchando durante más años de los que algunos de ustedes tienen ahora por la utopía, me deje convencer por ese canto de sirenas, me gustó creer que por fin alguien tenía el carisma de convocar y desarrollar esta idea, pero todos los sueños tiene su despertar y llego el mío.

Una cosa es cierta, a mi modo de ver el aparato de Podemos no es como los demás, es enormemente peor, porque ha traicionado como nunca ningún partido la esperanza de millones de personas. En lo positivo esta que ha encendido una mecha que el desencanto no va a poder apagar y en cualquier otro lugar seguiré trabajando por la justicia social.

Fdo. José Gabriel Lastra Rodríguez

VISTO EN: http://demandamostransparencia.es/dimision-irrevocable-como-consejero-ciudadano-de-podemos-santander/

No se tíos, YO DESCONFIARIA (de haber sido tan «primavera» de haber llegado a simpatizar, algún nanosegundo, con PODEMOS, cosa que NO HA OCURRIDO EN NINGÚN MOMENTO. Mas bien TODO LO CONTRARIO DESDE EL PRIMER IDEM.

PODEMOSVOTAR

La declaración de los Derechos Humanos en el Islam.

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EL SIGUIENTE ARTÍCULO NOS DEMUESTRA CON LA MÁS ABSOLUTA CLARIDAD COMO LOS MUSULMANES, REPRESENTANDO SOLO A UN AJUSTADO 24 % DE LA POBLACIÓN MUNDIAL, PRETENDEN IMPONERNOS AL 76 % RESTANTE SU «ESPECIAL» FORMA DE ENTENDER LOS DERECHOS HUMANOS. NO TIENE DESPERDICIO:

La declaración de los Derechos Humanos en el Islam

‘Todos los hombres son de un solo cuerpo;

si un miembro del cuerpo de la humanidad causa daño a otro miembro,

no es digno de pertenecer a la raza humana’

(del poeta persa Hafez, inscrito en el frontispicio del edificio de la ONU en Nueva York)
por Pedro Buendía, 01 de Diciembre de 2004
En agosto de 1990, la 19ª Conferencia Islámica promulgó la Declaración de los Derechos Humanos en el Islam. Dicho texto nació con la pretensión de erigirse en alternativa a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU, proclamada en 1948.
 
La Declaración de los Derechos Humanos en el Islam coronó una larga serie de desacuerdos y discrepancias que los poderes islámicos habían mantenido durante años contra la Declaración Universal de los derechos Humanos de la ONU. Tales discrepancias podrían resumirse brevemente en las tempranas declaraciones de 1948 del ulema pakistaní al-Maududi:
 
‘No es competencia humana el decidir el alcance y propósito de nuestra existencia, o establecer siquiera los límites de nuestra autoridad secular. Nadie tiene el derecho de tomar estas decisiones por nosotros. Este derecho pertenece exclusivamente a Dios. El principio de la Unicidad de Dios priva de todo sentido al concepto de la soberanía legal y política de los seres humanos. Ningún individuo, familia, clase o raza puede ponerse por encima de Dios. Sólo Dios es el legislador y sus mandamientos constituyen la ley del Islam’[1].
En el fondo, lo que más irritaba a los poderes islámicos acerca de la Declaración de la ONU es que ésta reconoce abierta y esencialmente la posibilidad de cambiarse de religión, o de ser ateo, pecados ambos castigados con la muerte dentro del Islam.
 
Aunque este hecho lamentable es constantemente obviado por la balumba mediática de los ‘defensores de los derechos humanos en el Islam’ —empeñados en no ver nunca nada que sea molesto o contrario a sus discursos filantrópicos—, no había pasado en absoluto desapercibido a los poderes islámicos.
 
Estos sabían y saben que la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU es un obstáculo insalvable para el Islam-gobierno que ellos quieren implantar, a menudo con una despótica mano de hierro, instalados en la rentable pretensión de hablar ‘en nombre de Dios’[2].
A continuación damos la traducción del original árabe de la Declaración, según figura en el sitio web de la Organización de la Conferencia Islámica[3].
CONFERENCIA ISLÁMICA

Organización de la Conferencia Islámica

 

19ª Conferencia Islámica de Ministros de Asuntos Exteriores

 

 

Resolución nº 49/19-P.

DECLARACIÓN DE EL CAIRO SOBRE DERECHOS HUMANOS EN EL ISLAM

La 19ª Conferencia Islámica de Ministros de Asuntos Exteriores (sesión de Paz, Desarrollo y Solidaridad) celebrada en el Cairo, República Árabe de Egipto, del 9 al 14 de muharram de 1411 (31 de julio – 5 agosto 1990), consciente de la dignidad del ser humano en el Islam, en tanto que representante de Allah en la tierra; reconociendo la importancia de promulgar un documento sobre Derechos Humanos en el Islam, que sirva de guía a los Estados miembros en los diferentes aspectos de la vida; tras haber examinado las diferentes etapas del proyecto de dicho documento, así como el informe de la Secretaría General al respecto; y tras estudiar el informe de la Comisión de expertos legales celebrada en Teherán del 26 al 28 de diciembre de 1989, acuerda promulgar la Declaración de El Cairo de los Derechos Humanos en el Islam, la cual proveerá las pertinentes orientaciones generales para los Estados miembros en el ámbito de los derechos humanos.

DECLARACIÓN DE EL CAIRO SOBRE DERECHOS HUMANOS

Afirmando el papel civilizador e histórico de la Comunidad de creyentes Islámica, instituida por Allah como la mejor comunidad, que legó a la humanidad una civilización ecuánime y universal, que pone en relación esta vida con la otra y armoniza la ciencia con la fe;
 
y por cuanto hoy se espera que esta Comunidad de Creyentes sirva de recta guía a la humanidad, confundida por creencias y corrientes contradictorias; y que asimismo provea soluciones para los problemas crónicos de la sociedad materialista;
 
contribuyendo a los esfuerzos de la humanidad en el terreno de los derechos del hombre, cuyo objetivo es proteger al ser humano de la explotación y la opresión, así como afirmar su libertad y su derecho a una vida digna en consonancia con la Sharía Islámica;
 
y confiando con la Sharía Islámica en que la humanidad, aun habiendo alcanzado altas cotas materiales en la ciencia, sigue y seguirá en la necesidad palpable del sustento de la fe para su civilización, así como de un estímulo esencial para la salvaguarda de sus derechos;
 
en la fe de que los derechos fundamentales y las libertades generales en el Islam son una parte de la religión de los musulmanes. Nadie, categóricamente, puede abolirlos total ni parcialmente, ni tampoco violarlos o ignorarlos en tanto que decretos divinos revelados por Allah en sus Libros, enviados y restablecidos por medio del Sello de sus Profetas, culminando así cuanto habían legado las sagradas escrituras. Observarlos es signo de devoción, así como descuidarlos o transgredirlos es una abominación de la religión. Todo ser humano es responsable de ellos individualmente, y la Comunidad de los Creyentes es responsable de ellos colectivamente.
 
Por consiguiente, los estados miembros de la Organización de la Conferencia Islámica, basándose en todo lo antedicho, promulgan lo siguiente:

1- ARTÍCULO PRIMERO

a) La humanidad entera forma una sola familia unida por su adoración a Allah y su desdendencia común de Adán. Todos los seres humanos son iguales en el principio de la dignidad humana, así como en el de las obligaciones [para con Allah] y las responsabilidades sin distinción de raza, color, lengua, sexo, creencia religiosa, filiación política, nivel social o cualquier otra consideración. Sólo la verdadera religión garantiza el desarrollo de esa dignidad por medio de la integridad humana.
 
b) Todas las criaturas son siervos de Allah. El más caro a sus ojos es aquel que más provechoso es para Sus hijos, y ninguno tiene supremacía sobre otro sino en la piedad mostrada hacia Allah y en las buenas obras.

2- ARTÍCULO SEGUNDO

a) La vida es un don de Allah. La vida de todo ser humano está garantizada. Los individuos, las sociedades y los estados protegerán este derecho contra toda agresión. No es posible suprimir una vida si no es a exigencias de la Sharía.
 
b) Se prohíbe recurrir a medios que impliquen la aniquilación del origen de la vida humana.
 
c) La preservación de la vida humana dentro de los límites provistos por Allah es un deber impuesto por la Sharía.
 
d) La integridad del cuerpo humano será preservada, sin que sea posible violentarla, ni revocar este derecho sin mediar justificación en la Sharía. El estado garantizará su defensa.

3 – ARTÍCULO TERCERO

a) En caso de uso de la fuerza o conflicto armado, no se matará a quien no partícipe en la lucha, tal como ancianos, mujeres y niños. Los heridos y enfermos tendrán derecho a recibir tratamiento médico; y los prisioneros a ser alimentados, refugiados y vestidos. Se prohíbe la mutilación de los cadáveres. Asimismo, se deberá proceder al intercambio de prisioneros y a la reagrupación de las familias que hubieren resultado separadas por circunstancias de la guerra.
 
b) No se cortarán los árboles, ni se destruirán los sembrados, ni el ganado, ni las casas o instalaciones civiles del enemigo por medio de bombardeos, voladuras, demoliciones u otros medios semejantes.

4 – ARTÍCULO CUARTO

Todo ser humano es acreedor de una inviolabilidad sagrada. Proteger su buena fama en vida y tras la muerte, así como su cadáver y su tumba, será una obligación de la sociedad y los respectivos estados.

5- ARTÍCULO QUINTO

a) La familia es el fundamento de la sociedad, y el matrimonio es el fundamento de la familia. Los hombres y las mujeres tienen el derecho de casarse, y sin su consentimiento no es posible restricción alguna basada en la raza, el color o la nacionalidad.
 
b) La sociedad y el estado eliminarán los obstáculos para el matrimonio y lo facilitarán, protegiendo y salvaguardando a la familia.

6 – ARTÍCULO SEXTO

a) La mujer es igual al hombre en dignidad humana, y tiene tantos derechos como obligaciones; goza de personalidad civil así como de ulteriores garantías patrimoniales, y tiene el derecho de mantener su nombre y apellidos.
 
b) Sobre el varón recaerá el gasto familiar, así como la responsabilidad de la tutela de la familia.

7 – ARTÍCULO SÉPTIMO

a) Todo niño, desde su nacimiento, tiene derecho a [sus] dos progenitores. La sociedad y el estado proveerán cuidado, educación y asistencia material, sanitaria y educativa; asimismo se protegerá al feto y a su madre, proporcionándoles cuidado especial.
 
b) Los padres, y todo aquel que ocupe su lugar, tienen derecho a elegir el tipo de educación que deseen para sus hijos, siempre que se tengan en cuenta sus intereses y su futuro a la luz de los valores morales y de las prescripciones de la Sharía.
 
c) Los progenitores tienen derechos sobre sus hijos, así como los parientes tienen derechos sobre los suyos, de acuerdo con los preceptos de la Sharía.

8 – ARTÍCULO OCTAVO

Todo ser humano gozará capacidad legal con respecto a obligaciones y necesidades, conforme a lo estipulado por la Sharía. Si dicha capacidad se ve mermada o se extingue, el walî correspondiente ocupará su lugar.

9 – ARTÍCULO NOVENO

a) La búsqueda del conocimiento es una obligación; la instrucción, un deber que recae sobre la sociedad y el estado, el cual asegurará los procedimientos y medios para lograrlo, y garantizará su diversidad, en tanto que hace posible el interés de la sociedad y brinda al ser humano el conocimiento de la religión del Islam, los secretos del universo y su explotación para el bien de la humanidad.
 
b) Es un derecho del hombre el recibir de las instituciones educativas y de instrucción tales cuales la familia, la escuela, la universidad, los medios de comunicación, etc., una educación humana tanto religiosa como secular, completa y equilibrada, que desarrolle su personalidad y fortalezca su fe en Allah, así como el respeto y la defensa de los derechos y los deberes.

10 – ARTÍCULO DÉCIMO

El Islam es la religión indiscutible. No es lícito ejercer ningún tipo de coerción  sobre el ser humano, ni aprovecharse de su pobreza o ignorancia, para llevarle a cambiar su religión por otra distinta, o al ateísmo.

11 – ARTÍCULO UNDÉCIMO

a) El ser humano nace libre. Nadie tiene el derecho de esclavizarlo, someterlo, sojuzgarlo o explotarlo. No hay sumisión sino hacia Allah el Altísimo.
 
b) El colonialismo, en cualquiera de sus modalidades, y por tratarse de una de las peores formas de esclavitud, está terminantemente prohibido. Los pueblos que lo sufran tendrán el derecho íntegro de liberación y de autodeterminación. Es un deber de todos los pueblos y estados cooperar en la lucha para la eliminación de toda clase de colonialismo y ocupación. Todos los pueblos tienen el derecho de conservar su idiosincrasia, así como el control sobre sus riquezas y recursos naturales.

12 – ARTÍCULO DUODÉCIMO

Todo ser humano tiene derecho, dentro del marco de la Sharía, a desplazarse libremente, así como a elegir lugar de residencia dentro de su país o fuera de él. En caso de ser perseguido, tendrá derecho al asilo en otro país. El país de refugio deberá concederle asilo hasta que su seguridad quede garantizada, siempre y cuando la causa de su asilo no haya sido la comisión de un crimen contemplado por la Sharía.

13 – ARTÍCULO DECIMOTERCERO

El trabajo es un derecho que el estado y la sociedad garantizarán a todo sujeto capaz de ejercerlo. El ser humano tiene la libertad de elegir el trabajo que le sea conveniente, en tanto asegure sus intereses y los intereses de la sociedad. El trabajador tendrá derecho a seguridad, bienestar, y a todas las demás garantías sociales. No se le encomendarán tareas que no sea capaz de realizar, ni será sometido a coerción, explotación o daño. Es su derecho —sin distinción entre hombre y mujer— recibir un salario justo a cambio de su trabajo, sin retrasos; y obtendrá las vacaciones, promociones y estipendios que merezca. A cambio, se le reclamará fidelidad y competencia. En caso de discrepancias entre el trabajador y el dueño del trabajo, el estado deberá intervenir para arreglar litigios, enmendar la injusticia, sentar derecho y hacer justicia con imparcialidad.

14- ARTÍCULO DECIMOCUARTO

El ser humano tiene derecho a unas ganancias legítimas [según lo estipulado por la Sharía], libres de especulación, o fraude, o perjuicio para sí o para otros. La usura está terminantemente prohibida.

15 – ARTÍCULO DECIMOQUINTO

a) Todo ser humano tiene derecho a la propiedad, adquirida por medios legalizados en la Sharía, así como a toda propiedad que no resulte dañosa, ni a sí ni a otros, individuos o sociedad. La expropiación no será lícita sino por exigencias del interés público, y ello a cambio de una indemnización justa e inmediata.
 
b) Se prohíbe la confiscación o incautación de bienes, excepto a requerimiento de la Sharía.

16 – ARTÍCULO DECIMOSEXTO

Todo ser humano tiene el derecho de beneficiarse de los frutos de su producción científica, literaria, artística o técnica. Se protegerán los intereses intelectuales y materiales generados por su labor, siempre que ésta no contradiga los preceptos de la Sharía.

17- ARTÍCULO DECIMOSÉPTIMO

a) Toda persona tiene derecho a vivir en un ambiente limpio de corrupción y vicios morales, que le permita desarrollar su personalidad moralmente. La sociedad y el estado garantizarán ese derecho.
 
b) Todo individuo tendrá derecho a recibir de su estado y su sociedad atención médica y social, disponiendo de cuantos medios y servicios públicos sean necesarios, según las posibilidades.
 
c) El estado garantizará a todo ser humano el derecho a una vida digna que le permita atender a sus necesidades y las de las personas a su cargo, incluyendo alimentación, vestido, alojamiento, instrucción, atención médica y el resto de necesidades básicas.

18 – ARTÍCULO DECIMOCTAVO

a) Todo ser humano tiene derecho a vivir seguro en lo que respecta a su persona, su religión, su familia, honor y bienes.
 
b) El Ser humano tiene derecho a la independencia en los asuntos de su vida privada, en su casa, su familia, sus bienes y relaciones. No será lícito espiarlo, someterlo a vigilancia o dañar su reputación. Se le deberá proteger contra toda intromisión arbitraria.
 
c) La residencia privada es inviolable bajo cualquier circunstancia. No será lícito penetrar en ella sin la autorización de sus habitantes, o de otro modo que contravenga la Sharía. No podrá ser demolida, ni confiscada, ni desahuciados sus moradores.

19 – ARTÍCULO DECIMONOVENO

a) Todos los hombres son iguales ante la Sharía, sin distinción entre gobernantes y gobernados.
 
b) Acudir a los tribunales es un derecho garantizado para todos.
 
c) La responsabilidad es esencialmente personal.
 
d) No hay crimen ni castigo sino según los preceptos de la Sharía.
 
e) Todo acusado es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad en un juicio justo con todas las garantías necesarias para su defensa.

20 – ARTÍCULO VIGÉSIMO

No se podrá arrestar a un individuo, o restringir su libertad, o exiliarlo, o castigarlo, sin mandato de la Sharía; ni se le podrán infligir torturas físicas ni psíquicas, ni cualquier otro tipo de maltrato, crueldad o indignidad humana. Tampoco será lícito someter a ningún individuo a experimentación médica o científica sin su consentimiento, y ello a condición de no exponer su salud ni su vida a peligro alguno. No está permitido promulgar leyes excepcionales que faculten a las autoridades ejecutivas para lo antedicho.

21 – ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO

La toma de rehenes está prohibida en toda circunstancia y con cualquier motivo o pretexto.

22 –  ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO

a) Todo ser humano tiene derecho a la libertad de expresión, siempre y cuando no contradiga los principios de la Sharía.
 
b) Todo ser humano tiene derecho a prescribir el bien, y a imponer lo correcto y prohibir lo censurable, tal y como dispone la Sharía Islámica.
 
c) La información es una necesidad vital de la sociedad. Se prohíbe hacer un uso tendencioso de ella o manipularla, o que ésta se oponga a los valores sagrados [del Islam] o a la dignidad de los Profetas. Tampoco podrá practicarse nada cuyo objeto sea la trasgresión de los valores, la disolución de las costumbres, la corrupción, el mal o la convulsión de la fe.
 
d) No está permitido incitar al odio nacionalista o sectario, o cualquier otra cosa que conduzca a la discriminación racial en cualquiera de sus formas.

23 –  ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO

a ) La autoridad es confianza. Se prohíbe terminantemente el despotismo y el abuso, como garantía de los derechos fundamentales del hombre.
 
 b) Todo ser humano tiene derecho a participar, directa o indirectamente, en los asuntos públicos de su país, así como el derecho de asumir funciones públicas, según estipulen los preceptos de la sharía.

24 –  ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO

Todos los derechos y los deberes estipulados en esta declaración están sujetos a los preceptos de la Sharía islámica.

25 –  ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO

La Sharía Islámica es la única fuente de referencia para la aclaración o interpretación de cualquiera de los artículos del presente documento.
 
El Cairo, 14 muharram 1411 / 5 agosto 1990

Comentario. Una Declaración de obligaciones, no de derechos

Salta a la vista que esta Declaración imita formalmente la estructura de la de la ONU, a cuya medida y réplica está hecha, aunque las diferencias son esenciales: si la declaración de la ONU reconoce ‘la dignidad intrínseca y los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana’, la presente Declaración establece que ‘La humanidad entera forma una sola familia unida por su adoración a Allah y su descendencia común de Adán’. Esta afirmación significa, entre otras cosas, que se quiera o no todos los seres humanos tienen la obligación de creer en Dios. Ninguno podrá reclamarse agnóstico, ateo o animista.
 
Un hecho que concuerda plenamente con la política en uso en la mayoría de los países oficialmente musulmanes, donde declararse ateo o apostatar son pecados gravísimos que se castigan con la pena de muerte. Como es bien sabido (pero muy poco recordado por nuestros arabistas ‘bienpensantes’) la apostasía y el descreimiento son en el derecho islámico los pecados más graves en que puede incurrir un ser humano. Son atentados contra el ‘derecho de Dios’ (haqq Allâh) y contra ellos la sentencia de muerte es unánime. En palabras del imam al-Baydawi (s. XIV): ‘A cualquiera que reniegue de su creencia, abierta o secretamente, matadlo dondequiera que lo encontréis’. Nada que ver, pues, con el artículo 18 de la declaración de la ONU, que afirma: ‘Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia’.
 
Por otra parte, ya desde el mismo preámbulo se afirma que la Comunidad Islámica de Creyentes (la Umma) fue ‘instituida por Allah como la mejor comunidad’. ¿Quiere esto decir que los musulmanes son mejores que otros seres humanos? La Declaración no lo dice, pero sí apunta claramente que, al menos, se espera de la Comunidad Islámica que ‘sirva de recta guía a la humanidad’. ¿Cómo? Señalándole al resto el camino de la verdadera fe. La humanidad estaría ‘confundida por creencias y corrientes contradictorias’, que hacen más que nunca recomendable al Islam. Con esta pretensión, la Declaración pretende estatuir al Islam como la religión por antonomasia, la ‘religión indiscutible’ (art. 10), en tanto que todas las demás opciones religiosas, políticas y morales, no serían sino ‘creencias y corrientes contradictorias’. La pregunta evidente es: ¿acaso no es el Islam también una creencia?
 
En ningúno de sus artículos reconoce la Declaración la posibilidad de elegir, adoptar o cambiar el credo personal. Y sin embargo, el preámbulo de la declaración declara que pretende ‘afirmar la libertad y el derecho a una vida digna’ del ser humano. Es ciertamente un mal comienzo, plagado de incongruencias e interesadas contradicciones, para una Declaración que aspira a erigirse como referente universal.
 
Estamos, en resumidas cuentas, ante una declaración de preceptos, no de derechos, cuyo objetivo esencial es imponer el hecho religioso como un requisito previo a los derechos fundamentales. La Declaración de la ONU ni conculca ni impone el hecho religioso. En sus artículos 2 y 18 afirma tajantemente la libertad de creencias, ‘incluida la libertad de cambiar de religión’. En cambio, de la Declaración de los Derechos Humanos en el Islam se desprende que los Derechos Fundamentales no son inalienables de la persona, sino inalienables de Dios. ‘Todas las criaturas son siervos de Allah’, reza el artículo segundo. No cabe duda de que la aplicación práctica de esta Declaración dejaría la puerta abierta a la más cruda represión: quien abandone la religión no será acreedor a estos derechos; no tendrá derechos fundamentales.

Una Declaración con no declaradas pretensiones universales

Una de las primeras dudas que nos asaltan al leer esta Declaración es saber si tan solo está dirigida a los musulmanes, como reza su título, o si en realidad tiene pretensiones universalistas, al igual que la Declaración de la ONU, a cuyas hechuras —repetimos— está redactada.
 
En efecto, en el preámbulo se afirma que la declaración ‘proveerá las pertinentes orientaciones generales para los estados miembros’. Sin embargo, en varias ocasiones da la impresión de estar dirigida a un público más amplio que el meramente musulmán: ‘El Islam es la religión indiscutible’, reza el artículo décimo[4]. Ya desde el preámbulo, la Declaración afirma su confianza en que ‘la humanidad, aun habiendo alcanzado altas cotas materiales en la ciencia, sigue y seguirá en la necesidad palpable del sustento de la fe para su civilización’. Asimismo, tras estipular que ‘los derechos fundamentales son una parte de la religión de los musulmanes’ en el preámbulo se añade que ‘todo ser humano es responsable de ellos individualmente’. Parece que la Conferencia Islámica no encuentra embarazo ninguno en dirigirse indistintamente a musulmanes y humanidad como si de una sola entidad se tratara.
 
A mayor abundamiento, si la declaración interesase sólo a musulmanes, podría argüirse que ciertos artículos como el 22-c (‘No podrá practicarse nada cuyo objeto sea la transgresión de los valores, la disolución de las costumbres, la corrupción, el mal o la disolución de la fe’) sólo obligarían a los musulmanes, puesto que valores como el decoro o las costumbres cambian un tanto de una sociedad a otra y, por consiguiente, no sería censurable que ciudadanos de otras confesiones o credos los incumplieran, siendo la Declaración vinculante sólo para los musulmanes. Estas simples reducciones al absurdo invalidarían el alcance que una declaración como esta aspira a tener.
 
El quid de la cuestión está en que proponer una declaración de los derechos humanos alternativa a la de la ONU no tendría mucho sentido si la pretensión de fondo no fuera dotarla de un sentido generalista y universal. Ya existen en el mundo islámico multitud de ‘aqidas, compendios teológicos o ‘catecismos’ que explican adecuadamente los principios políticos esenciales de la religión musulmana, las líneas maestras de la Sharía tanto en lo público como en lo privado, etc. Una declaración como la que nos ocupa no aporta gran cosa a lo ya sabido. Lo que importa de ella es que confiere a una ley emanada de una religión determinada, esto es, de un uso privado y no general, un rango público y elevado a categoría de derecho internacional. Vistiendo de algún modo a la Sharía islámica con puntillas de la ONU se pretende dejar sentado definitivamente que que el Islam es política y la política es el Islam.

Adán vs. Darwin

Como la declaración establece que todos los seres humanos están unidos por la ‘descendencia común de Adán’, la teoría darwinista de la evolución quedará desacreditada. El Islam ortodoxo actual niega con todas sus fuerzas la posibilidad de que el hombre provenga del mono. Son legión las páginas web islámicas que pretenden refutar los profundos errores de la teoría de la evolución y censurar la gran ignorancia de Charles Darwin. No en vano el Alcorán —que para los musulmanes es la palabra de Dios eterna e increada— afirma explícitamente la existencia de Adán y su esposa (2: 31-39, etc.). De este modo la Declaración pretende obligar a todos a reclamar nuestra progenie adámica, siempre con la excusa de estar formulando un derecho inalienable. Huelga decir que el axioma universal de que todos provenimos de Adán sería inmediatamente confirmado con el artículo 9-a ‘La búsqueda del conocimiento es una obligación’. ¿Y por qué es una obligación? La misma Declaración contesta: porque ‘hace posible el interés de la sociedad y brinda al ser humano el conocimiento de la religión del Islam’. De este modo, el círculo se cierra, los interrogantes quedan todos resueltos y la posibilidad de discrepar (ese arte que tanto incomoda a los poderes islámicos), eliminada.

‘A requerimiento de la Sharía’

He aquí una expresión que se repite a lo largo de la Declaración y que ‘excluye’ una serie de hechos como la pena de muerte, destruir la integridad del cuerpo humano, limitar la libertad de movimientos, negar el derecho al asilo… a menos que haya un requerimiento de la Sharía. Lo cual pone de relieve: a) que la Declaración invade constantemente, mezclándolos, varios ámbitos del derecho, como lo penal, lo civil, lo mercantil y lo político, cuyo alcance sobrepasa el ámbito inmediato de los derechos fundamentales; y b) que la Declaración afirma, en realidad, todo lo que aparentemente está negando, como la posibilidad de infligir castigos físicos o ejecutar a ciudadanos.  La Sharía y el derecho islámico, en efecto, prescriben duros castigos físicos y también la pena de muerte para delitos graves como el adulterio, la falsa acusación de adulterio, la apostasía, el consumo de vino, el robo, el salteamiento de caminos o las ofensas a la dignidad de los profetas.

Lo público privado

La preocupación recurrente de la declaración por preservar los derechos islámicos se entromete continuamente en el ámbito de la esfera privada y personal: no al aborto y a ciertos métodos anticonceptivos (art. 2-b: ‘Se prohíbe recurrir a medios que impliquen la aniquilación de la vida humana’); no a la eutanasia y al suicidio (art. 2-c ‘ preservación de la vida humana dentro de los límites provistos por Allah‘); no a la educación no musulmana (art. 7-b: ‘Los padres tienen derecho a elegir el tipo de educación que deseen para sus hijos, siempre que se tengan en cuenta sus intereses [¿cuáles?, ¿de quiénes?] a la luz de las prescripciones de la Sharía’), etc. Sin embargo, en el artículo 18-b se afirma expresamente que el ser humano tendrá derecho ‘a la independencia en los asuntos de su vida privada, en su casa, su familia, sus bienes y relaciones’. Es un botón de muestra más del peculiar estilo de ‘negar afirmando’ de la Declaración.
Por otra parte, ciertos derechos generales se afirman de un modo vago e inconcreto, con un lenguaje deliberadamente poco preciso y con la alusión vaga a unos ‘intereses’ nada explícitos, que son fácilmente rellenables de contenidos restrictivos o, en el peor de los casos, represivos. Véase por ejemplo el artículo 13: ‘El ser humano tiene la libertad de elegir el trabajo que le sea conveniente, en tanto asegure sus intereses y los intereses de la sociedad’. Podemos recordar aquí que, basándose en verbosidades como estas, los talibanes prohibieron en Afganistán el teatro, la mayoría de las actuaciones musicales, el cine, la danza y otros muchos oficios y trabajos.

Raza, color, nacionalidad… ¿y la religión?

La alusión constante a la religión como principio rector de la sociedad y las relaciones humanas es otra característica de la Declaración:  ‘Todos los seres humanos son iguales en el principio de la dignidad humana […] sin distinción de raza, color, lengua, sexo o creencia religiosa’ (art. 1-a). Sin embargo, cuando se trata de reconocer los derechos de la mujer, y especialmente el derecho de la mujer musulmana a casarse con quien quiera, la religión desaparece del elenco de distinciones: ‘Los hombres y las mujeres tienen el derecho de casarse, y sin su consentimiento no es posible restricción alguna basada en la raza, el color o la nacionalidad‘. ¿Y la religión? La Declaración se ha olvidado aquí oportunamente de ella, por una razón es bien sabida: la mujer musulmana no tiene el derecho de casarse con un no musulmán. Este quiebro argumentatorio deja patente otra característica esencial del texto: la falta de reciprocidad entre lo exigido y lo ofrecido. Por otra parte, la inclusión de un artículo específico para la mujer, en donde se declara que ésta ‘tiene tantos derechos como obligaciones’ y que ‘sobre el hombre recaerá el gasto familiar, así como la tutela de la familia’, muestran claramente que, por más que la Declaración se esfuerce en disimularlo con floridos verbos, los derechos del hombre y los de la mujer no son los mismos.

‘Imponer lo correcto y prohibir lo censurable’

Con todo, la parte más grave de la Declaración es aquella que afirma ‘Todo ser humano tiene derecho a prescribir el bien, y a imponer lo correcto y prohibir lo censurable’. Bajo esta filantrópica expresión alcoránica (al-amr bi-l-ma’ruf wa-n-nahi ‘ani-l-munkar, 3:104), la Declaración oculta un concepto islámico de la moral pública que, en teoría, facultaría a todo musulmán para exigir el cumplimiento de los preceptos religiosos en cualquier circunstancia en la que se encuentre ausente la autoridad legal. En el plano público o práctico, equivaldría a autorizar a todo el mundo a fiscalizar la vida de su vecino y, en última instancia, a emprender particularmente la acción política represiva. ‘Imponer lo correcto y prohibir lo censurable’ es, en efecto, una parte esencial del programa político del yihadismo internacional, y desde luego es una conducta que han aplicado los regímenes musulmanes más represivos, como el sudanés, el talibán, el iraní o el de Arabia Saudí, donde incluso hay departamentos de policía moral con ese nombre ‘Al-amr bi-l-ma’ruf wa-n-nahi ‘ani-l-munkar[5]. Actitudes como esta animaron a integristas egipcios a asesinar al liberal egipcio Farag Foda, a apuñalar a Naguib Mahfouz, a desterrar al profesor Nasr Abu Zaid por presunta apostasía o a tratar de hacer lo mismo con la líder feminista Nawal al-Saadawi. En lo colectivo, la mayoría de los grupos radicales del mundo musulmán se inspira en esta actitud, la destaca en su ideario político y la practica abiertamente. Nada de lo cual ha sido suficientemente divulgado por estos pagos de España, ocupados como están nuestros correctísimos arabistas en las glorias de la exquisita convivencia y otras altas empresas.

La vinculación de los países firmantes

El excelente estudio de Nathan J. Brown, Constituciones en un mundo no constitucional, ilustra a las mil maravillas la tendencia de muchos países musulmanes a elaborar códigos legales inoperantes o meramente decorativos[6]. Así sucede, en efecto, con las propias constituciones árabes, que en su mayoría fijan la Sharía como fuente primordial de derecho, en tanto sus ordenamientos jurídicos suelen estar basados en ligeras adaptaciones de códigos legales europeos. El caso de esta declaración no parece una excepción, habida cuenta de que los países que la firmaron pertenecen asimismo a la ONU y por lo tanto estarían vinculados, al menos teóricamente, a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Cincuenta y siete estados componen en este momento la Organización para la Conferencia Islámica[7](incluyendo el ‘Estado de Palestina’ y, por supuesto, todos los países árabes). También Turquía. No es ocioso preguntarnos a qué estaba jugando la república laica turca cuando suscribió la Declaración de los derechos Humanos en el Islam, al tiempo que reclamaba y reclama su derecho al ingreso en la UE. Tampoco es ocioso recordar cómo en los medios de comunicación occidentales se recuerda constantemente que países tales como Marruecos, Túnez, Turquía o Egipto son países musulmanes ‘moderados’. Si ello es así, ¿cómo es que firmaron esta declaración? ¿Es ‘moderada’ la Declaración de los derechos Humanos en el Islam? ¿Es esta Declaración el espejo o reflejo de esa moderación? Ante estas preguntas no podemos dejar de recordar las penetrantes observaciones del profesor egipcio Nasr Abu Zaid, según el cual la única diferencia entre el islamismo moderado y el radical no se encuentra en la esencia de sus discursos, sino en su intensidad, que fluctúa de lo grave a lo melifluo según la conveniencia política de cada momento. Ambos tratan de anteponer el hecho religioso a toda otra consideración; ambos tratan de vincular todos los fenómenos a un principio único divino; ambos son intelectualmente intolerantes; ambos pretenden hablar, en resumidas cuentas, ‘en nombre de Dios’[8]. Por lo tanto, es absolutamente necesario preguntarse si será a la luz de un documento como este como debamos enfocar y juzgar la aproximación entre los países islámicos y las democracias occidentales, y no digamos la indispensable y filantrópica convivencia de las culturas.

[1] Abul A’la Maududi, ‘The political framework in Islam’, recogido en Human Rights in Islam, The Islamic Foundation, 1981, pág. 9.
[2] Véase al este respecto Nasr Abou Zeid, Critique du discours religieux, Sindbad, París, 1999, pág. 140.
[3] www.oic-oci.org/index_arabic.asp El sitio web dispone de sendas traducciones al inglés y francés.
[4] La expresión original árabe, dîn al-fitra, expresa que el Islam es la religión que une lo natural y lo más lógico, lo evidente.
[5] Para los arabófonos, véase la imperdible página web http://www.hesbah.gov.sa
[6] Nathan J. Brown, Constitutions in a nonconstitutional world. Arab basic laws and the prospects for accountable government, Suny Press, Nueva York, 2002
[8] Nasr Abou Zeid, Critique du discours religieux, págs. 127-160.

FUENTE: GEES – Grupo de Estudios Estratégicos.

 

El socialismo es una HIDRA.

HIDRA

Una buena amiga del Face me pasa esto. Ha dado totalmente en el clavo. De forma geométricamente exacta:

Comunismo, Fascismo, Socialdemocracia, Bolchevismo, Peronismo, Nazismo, Maoísmo, Chavismo, Islamismo, etc. Tú los ves combatirse encarnizadamente entre ellos, como los orcos de Sauron a los orcos isengardos. Y crees ingenuamente que si tanto se detestan, es que han de mantener grandes diferencias. «Izquierda y derecha», te dices. «Alguno debe ser peor, y otro mejor», razonas. Y no te das cuenta de que todos ellos son las distintas cabezas de un mismo monstruo.

Y tú: ¿a qué cabeza de la Hidra votaste?

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No se tío… a mi, esa foca del Ártico que te han vendido los gitanos no termina de convencerme.

TIMO

Clérigo musulmán enseña a engañar y a amenazar, para Imponer el Islam.

Y si a alguien le hace gracia muy bien pero que piense que AUNQUE ES GROTESCO Y BUFONESCO (Y EL SUJETO EN CUESTIÓN AUN MAS, SU SUBNORMALIDAD PROFUNDA SE VE EN SU PORCINESCA -quizás por eso lo prohiben, PORQUE DESCIENDEN DE EL Y SE AVERGÜENZAN- Y SUBDESARROLLADA CARA), resulta que ES CIERTO.

Haciendo uso de la «Taqyya» e incluso sin ella porque los musulmanes son EMBUSTEROS, TRAICIONEROS Y MANIPULADORES CASI POR NATURALEZA, realizan todo tipo de engaños para salirse con la suya, INCLUYENDO EL TRATAR DE HACERNOS CREER (y desgraciadamente los «progres» y los izquierdistas se lo han tragado casi todos) QUE NO TODOS SON «MALOS» QUE HAY UN ISLAM MODERADO Y DEMOCRÁTICO (esa es una de las mayores mentiras, EL ISLAM ES TOTALMENTE CONTRARIO A LA DEMOCRACIA Y A LA LIBERTAD).

Y sin mas, veamos como este MASTUERZO PSICOPÁTICO predica CON TOTAL DESCARO como ENGAÑAR A LA GENTE para que se convierta al Islam Y COMO DESPUÉS AMENAZA DE MUERTE SI UNO INTENTA RECTIFICAR Y DAR MARCHA ATRÁS.

Es una demostración mas de que EL ISLAM ES EXTORSIÓN, ES VIOLENCIA, ES EMBUSTE, ES MANIPULACIÓN, ES DESPOTISMO, ES, POR TANTO, DELICTIVO. Engaña, manipula y amenaza, rechaza la Declaración Universal de los Derechos Humanos que sin embargo y para conseguir estar en la PUTREFACTA Y CORRUPTA ONU teniendo VOZ Y VOTO, FIRMARON (es decir, OTRA DEMOSTRACIÓN DE LO EMBUSTEROS Y POCO, MEJOR DICHO, NADA DE FIAR QUE SON).

NO MAS ISLAM EN OCCIDENTE.

ILEGALIZACIÓN DEL ISLAM ¡YA!

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